Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Febrero de 2014 (Tesis num. 1a./J. 11/2014 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 28-02-2014 (Reiteración))

Número de registro2005716
Número de resolución1a./J. 11/2014 (10a.)
Fecha01 Febrero 2014
Fecha de publicación01 Febrero 2014
Localizador [J]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 3, Febrero de 2014; Tomo I; Pág. 396. 1a./J. 11/2014 (10a.).
EmisorPrimera Sala
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

Dentro de las garantías del debido proceso existe un "núcleo duro", que debe observarse inexcusablemente en todo procedimiento jurisdiccional, y otro de garantías que son aplicables en los procesos que impliquen un ejercicio de la potestad punitiva del Estado. Así, en cuanto al "núcleo duro", las garantías del debido proceso que aplican a cualquier procedimiento de naturaleza jurisdiccional son las que esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ha identificado como formalidades esenciales del procedimiento, cuyo conjunto integra la "garantía de audiencia", las cuales permiten que los gobernados ejerzan sus defensas antes de que las autoridades modifiquen su esfera jurídica definitivamente. Al respecto, el Tribunal en Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia P./J. 47/95, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, diciembre de 1995, página 133, de rubro: "FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO. SON LAS QUE GARANTIZAN UNA ADECUADA Y OPORTUNA DEFENSA PREVIA AL ACTO PRIVATIVO.", sostuvo que las formalidades esenciales del procedimiento son: (i) la notificación del inicio del procedimiento; (ii) la oportunidad de ofrecer y desahogar las pruebas en que se finque la defensa; (iii) la oportunidad de alegar; y, (iv) una resolución que dirima las cuestiones debatidas y cuya impugnación ha sido considerada por esta Primera Sala como parte de esta formalidad. Ahora bien, el otro núcleo es identificado comúnmente con el elenco de garantías mínimo que debe tener toda persona cuya esfera jurídica pretenda modificarse mediante la actividad punitiva del Estado, como ocurre, por ejemplo, con el derecho penal, migratorio, fiscal o administrativo, en donde se exigirá que se hagan compatibles las garantías con la materia específica del asunto. Por tanto, dentro de esta categoría de garantías del debido proceso, se identifican dos especies: la primera, que corresponde a todas las personas independientemente de su condición, nacionalidad, género, edad, etcétera, dentro de las que están, por ejemplo, el derecho a contar con un abogado, a no declarar contra sí mismo o a conocer la causa del procedimiento sancionatorio; y la segunda, que es la combinación del elenco mínimo de garantías con el derecho de igualdad ante la ley, y que protege a aquellas personas que pueden encontrarse en una situación de desventaja frente al ordenamiento jurídico, por pertenecer a algún grupo vulnerable, por ejemplo, el derecho a la notificación y asistencia consular, el derecho a contar con un traductor o intérprete, el derecho de las niñas y los niños a que su detención sea notificada a quienes ejerzan su patria potestad y tutela, entre otras de igual naturaleza.

Amparo en revisión 352/2012. 10 de octubre de 2012. Cinco votos de los M.A.Z.L. de L., J.R.C.D., G.I.O.M., O.S.C. de G.V. y J.M.P.R.. Ponente: A.Z.L. de L.. Secretario: M.G.A.J..


Amparo directo en revisión 3758/2012. Maple Commercial Finance Corp. 29 de mayo de 2013. Cinco votos de los M.A.Z.L. de L., J.R.C.D., A.G.O.M., O.S.C. de G.V. y J.M.P.R.. Ponente: A.G.O.M.. Secretario: D.G.S..


Amparo en revisión 121/2013. 12 de junio de 2013. Cinco votos de los M.A.Z.L. de L., J.R.C.D., A.G.O.M., O.S.C. de G.V. y J.M.P.R.. Ponente: A.G.O.M.. Secretaria: C.A.A..


Amparo en revisión 150/2013. 10 de julio de 2013. Cinco votos de los M.A.Z.L. de L., J.R.C.D., A.G.O.M., O.S.C. de G.V. y J.M.P.R.. Ponente: J.M.P.R.. Secretaria: M.V.S.M..


Amparo directo en revisión 1009/2013. 16 de octubre de 2013. Cinco votos de los M.A.Z.L. de L., J.R.C.D., A.G.O.M., O.S.C. de G.V. y J.M.P.R., quien reservó su derecho a formular voto concurrente. Ponente: J.R.C.D.. Secretario: J.V.S.V..


Tesis de jurisprudencia 11/2014 (10a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha siete de febrero de dos mil catorce.


Esta tesis se publicó el viernes 28 de febrero de 2014 a las 11:02 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 03 de marzo de 2014, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.
1089 sentencias
  • Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala
    • México
    • Primera Sala
    • 31 Agosto 2020
    ...QUE TRASCIENDE A SU DEFENSA Y AMERITA LA REPOSICIÓN DE ÉSTE." 14. Lo anterior conforme a la parte correspondiente de la jurisprudencia 1a./J. 11/2014 (10a.), registro digital: 2005716, Primera Sala, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 3, Tomo I, febrero de 20......
  • Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito
    • México
    • 30 Septiembre 2015
    ...caso, que el procedimiento se llevó acorde con lo ordenado por el artículo 14 de la Constitución Federal. Es aplicable la jurisprudencia 1a./J. 11/2014 (10a.), de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Dé......
  • Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito
    • México
    • 28 Febrero 2019
    ...entre otras garantías mínimas, la notificación del inicio del procedimiento. En apoyo a lo anterior, se invoca la jurisprudencia 1a./J. 11/2014 (10a.), de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página 396, Libro 3, Tomo I, febrero de 2014, Décima Época......
  • Sentencia nº SUP-JDC-948-2015 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 6 de Mayo de 2015
    • México
    • 6 Mayo 2015
    ...en la Gaceta el Semanario de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo rubro y texto son los siguientes: Jurisprudencia número 1a./J. 11/2014 (10a.), de la Primera Sala de la SCJN, publicada en la Décima Época, de la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 3, Febrero de ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
24 artículos doctrinales
  • El principio de definitividad ¿Es válido su examen en el auto inicial del juicio de amparo indirecto?
    • México
    • Revista del Instituto de la Judicatura Federal Núm. 43, Enero 2017
    • 1 Enero 2017
    ...garantía se materialice, es necesario que en los poderes judiciales se respeten los principios de permanencia, esta-12Cfr. Jurisprudencia 1a./J. 11/2014 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, t. I, libro 3, febrero de 2014, p. 396. 13Cfr. Tesis 2a. LXXXVII/201......
  • Código Fiscal de la Federación. VIII-P-2aS-581
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. VIII-43, Febrero 2020
    • 1 Febrero 2020
    ...dictado de una resolución que dirima las cuestiones debatidas. Al respecto son ilustrativas las siguientes jurisprudencias P./J. 47/956y 1a./J. 11/2014 (10a.),7emitidas por el Pleno y la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación respectivamente, cuyo contenido “FORMALIDADES ......
  • La tutela judicial efectiva: las formalidades esenciales del procedimiento y los formalismos
    • México
    • Revista del Instituto de la Judicatura Federal Núm. 45, Enero 2018
    • 1 Enero 2018
    ...h), de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Ya para el año 2014 de la mano de la Primera Sala de la SCJN, la jurisprudencia 1a./J. 11/2014 de rubro: derecho Al debido proceso. su trasladó y matizó en lo conducente las formalidades esenciales del procedimiento a los procesos penal......
  • Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VIII-P-SS-449
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. VIII-47, Octubre 2020
    • 1 Octubre 2020
    ...se le dejó en estado de indefensión ni se le restringió el derecho de acceso a la justicia; resulta apli-cable la tesis de jurisprudencia 1a./J. 11/2014 (10a.), emiti-da por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo rubro y texto se citan a “DERECHO AL DEBIDO PROCES......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR