Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Febrero de 2014 (Tesis num. 2a./J. 8/2014 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 14-02-2014 (Reiteración))

Número de registro2005544
Número de resolución2a./J. 8/2014 (10a.)
Fecha01 Febrero 2014
Fecha de publicación01 Febrero 2014
Localizador [J]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 3, Febrero de 2014; Tomo II; Pág. 908. 2a./J. 8/2014 (10a.).
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún

Tratándose de sentencias definitivas o resoluciones que ponen fin al juicio contencioso administrativo federal, la competencia de los Tribunales Colegiados de Circuito para conocer del juicio de amparo directo promovido en su contra, debe fijarse atendiendo a la regla general prevista por el artículo 34, párrafo segundo, de la Ley de Amparo, esto es, de acuerdo al domicilio donde reside la Sala del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que dictó la sentencia o resolución reclamada, como se prevé para el caso del recurso de revisión en materia contencioso administrativa, no así al lugar donde se trate de ejecutar, se esté ejecutando o se haya ejecutado, pues, además de que la regla especial de competencia prevista en el último párrafo del citado numeral no es acorde con la naturaleza del juicio de amparo directo, la citada regla general permite agilizar su trámite y resolución, evitando sentencias contradictorias y eventualmente conflictos competenciales por razón de territorio, cuando el juicio de amparo directo y el recurso de revisión deba resolverlos el mismo Tribunal Colegiado de Circuito, al derivar del propio juicio contencioso administrativo federal, o bien, por interponerse contra la misma resolución.

Conflicto competencial 138/2013. Suscitado entre los Tribunales Colegiados Quinto en Materia Administrativa del Primer Circuito y Segundo en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito. 26 de junio de 2013. Cinco votos de los Ministros L.M.A.M., A.P.D., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y S.A.V.H.. Ponente: A.P.D.. Secretaria: G.L. de la Vega Romero.


Conflicto competencial 140/2013. Suscitado entre los Tribunales Colegiados Quinto en Materia Administrativa del Primer Circuito y Primero en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito. 26 de junio de 2013. Cinco votos de los Ministros L.M.A.M., A.P.D., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y S.A.V.H.. Ponente: A.P.D.. Secretaria: G.L. de la Vega Romero.


Conflicto competencial 144/2013. Suscitado entre los Tribunales Colegiados Quinto en Materia Administrativa del Primer Circuito y en Materias Civil y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito. 26 de junio de 2013. Cinco votos de los Ministros L.M.A.M., A.P.D., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y S.A.V.H.. Ponente: A.P.D.. Secretaria: G.L. de la Vega Romero.


Conflicto competencial 155/2013. Suscitado entre los Tribunales Colegiados Primero en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito y en Materias de Trabajo y Administrativa del Cuarto Circuito. 26 de junio de 2013. Cinco votos de los Ministros L.M.A.M., A.P.D., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y S.A.V.H.. Ponente: A.P.D.. Secretaria: G.L. de la Vega Romero.


Conflicto competencial 277/2013. Suscitado entre el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito y el Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito. 21 de noviembre de 2013. Cinco votos de los Ministros L.M.A.M., A.P.D., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y S.A.V.H.. Ponente: A.P.D.. Secretaria: L.M.G.G..


Tesis de jurisprudencia 8/2014 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintidós de enero de dos mil catorce.

Esta tesis se publicó el viernes 14 de febrero de 2014 a las 11:05 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 17 de febrero de 2014, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.
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