Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 31 de Marzo de 2015 (Tesis num. 2a./J. 13/2015 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 13-03-2015 (Contradicción de Tesis))

Número de registro2008654
Número de resolución2a./J. 13/2015 (10a.)
Fecha31 Marzo 2015
Fecha de publicación31 Marzo 2015
Localizador [J] ; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 16, Marzo de 2015; Tomo II ; Pág. 1293. 2a./J. 13/2015 (10a.).
MateriaComún, Administrativa
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis

Conforme al artículo 38 del Código Fiscal de la Federación, los actos que deben notificarse deben contener, entre otros, la firma del funcionario competente, lo cual es acorde con los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con lo sostenido por esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido de que ello otorga certeza del acto de molestia. Sin embargo, la ley no prevé tales exigencias respecto de las actas levantadas con motivo de la diligencia de notificación de dichos actos, en razón de que en éstos se contiene el poder decisorio ejercido por la autoridad, cuya naturaleza y efectos jurídicos son distintos al de aquellas que se levantan para circunstanciar la diligencia de comunicación, cuya finalidad consiste en poner de manifiesto la forma en que se da noticia del acto administrativo al interesado; de ahí que no les resultan aplicables las exigencias que el referido numeral dispone para los actos que han de notificarse. Por tanto, la manifestación de la parte actora en el contencioso administrativo, de que las constancias relativas a la notificación del acto impugnado no contienen la firma autógrafa del personal actuante, no puede tener los mismos efectos que la hecha en tal sentido respecto de la del funcionario competente en el acto impugnado, de suerte que no es dable exigir a la autoridad demandada en el juicio de nulidad que acredite que las constancias de la actuación ostentan firma autógrafa.

Contradicción de tesis 286/2014. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito y Primero en Materia Administrativa del Tercer Circuito. 21 de enero de 2015. Cuatro votos de los Ministros J.N.S.M., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.. Ponente: A.P.D.. Secretaria: M.d.C.A.H.J..


Criterios contendientes:


El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito, al resolver el amparo directo 36/2014, y el diverso sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 515/2012.


Tesis de jurisprudencia 13/2015 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del once de febrero de dos mil quince.

Esta tesis se publicó el viernes 13 de marzo de 2015 a las 09:00 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del martes 17 de marzo de 2015, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.
13 sentencias
5 artículos doctrinales
  • Código Fiscal de la Federación
    • México
    • Compendio Fiscal Profesional 2022. Tomo II Tesis y Jurisprudencias
    • 4 Mayo 2022
    ...de nulidad que acredite que las constancias de la actua ción ostentan firma autógrafa. SJF. Con tradicción de tesis 286/2014. Tesis: 2a./J. 13/2015 (10a.). X época, marzo 2015, pág. 1293. 823 CFF Tesis y Jurisprudencias JTCC (1) (Ap. art. 38 III CFF) ORDEN DE VISITA. EN TODA ORDEN DE VISITA......
  • Código Fiscal de la Federación. VIII-P-SS-274
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. VIII-28, Noviembre 2018
    • 1 Noviembre 2018
    ...resulte improcedente al no existir disposición alguna que así lo prevea. Es aplicable en lo conducente, lo señalado en la jurisprudencia 2a./J. 13/2015 (10a.), consultable en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 16, Marzo de 2015, Tomo II, página 1293, que ......
  • Pleno. VIII-RyVP-SS-3
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. VIII-55, Junio 2021
    • 1 Junio 2021
    ...de modo, tiempo y lugar, entonces, el argumento A) es infundado , ello en aplicación, por analogía, de la jurisprudencia 2a./J. 13/2015 (10a.) emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: 32 “ CONSTANCIAS DE NOTIFICACIÓN EN MATERIA FISCAL. NO LES SON APLICABLES ......
  • Jurisprudencia
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. V-48, Julio 2015
    • 1 Julio 2015
    ...1201 CONSTANCIAS DE NOTIFICACIÓN EN MATERIA FISCAL. NO LES SON APLICABLES LAS EXIGENCIAS PREVISTAS PARA LOS ACTOS QUE DEBEN NOTIFICARSE. (2a./J. 13/2015 (10a.)) S.J.F. X Época. Libro 16. T. II. 2a. Sala, marzo 2015, p. 1293 EMBARGO PRECAUTORIO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 144, FRACCIÓN XXX, DE L......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR