Juicio de resolución exclusiva de fondo

AutorLuis Vázquez - Pedro Miranda
Páginas25-33
Artículos La Barra 25
“Si bien la prueba pericial (en materia contable)
suele ser la prueba idónea y más común (que no
es documental) en materia fiscal, es criticable
que la regulación del juicio de fondo no prevea
reglas especiales para el desahogo ágil de
pruebas como la testimonial que requieren
de un desahogo particular por su naturaleza”
Juicio de resolución
exclusiva de fondo
Por: Luis Vázquez y Pedro Miranda
Artículos
El 27 de enero de 2017, fue publicado en el Diario Ocial de
la Federación el Decreto por el que se reforman diversas
disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo (“LFPCA”) y el Código Fiscal de la Federación (“CFF”).
Con ello, se introduce una nueva modalidad en el proceso contencioso
administrativo a efecto de ejercer la acción de nulidad a través del juicio
de resolución exclusiva de fondo (en lo sucesivo “juicio de fondo”) ante
el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (“TFJA”).
Lo anterior forma parte del resultado de una ambiciosa labor encomendada
por el Ejecutivo Federal al Centro de Investigación y Docencia
Económicas en conjunto con juristas, académicos y representantes de la
sociedad civil a efecto de elaborar propuestas y recomendaciones para
hacer más amplio, ecaz y equitativo el acceso a la justicia en México
(“Diálogos por la Justicia Cotidiana”)1.
Como parte de dicha labor, entre otras cosas, el 28 de abril de 2016
se presentó una iniciativa de reforma de los artículos 16 y 17 de la
1 El 27 de noviembre de 2014, el Presidente Enrique Peña encomendó al CIDE que organizara foros de consulta
con juristas, académicos y representantes de la sociedad civil para elaborar un conjunto de propuestas y
recomendaciones en la materia. Lo anterior dio como resultado un documento cuya versión integral puede ser
consultado en la página www.justiciacotidiana.mx.

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