Del Juicio Ejecutivo Mercantil Oral

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas181-187

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(1) Nota del Editor: De conformidad con el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de Juicios Orales Mercantiles, publicado en el DOF el 25 de enero de 2017, segundo transitorio, el Título Especial-Bis, denominado "Del Juicio Ejecutivo Mercantil Oral", entrará en vigor doce meses después de su publicación en el DOF, es decir, el 26 de enero de 2018.

CAPÍTULO I Disposiciones Generales

(2) Nota del Editor: De conformidad con el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de Juicios Orales Mercantiles, publicado en el DOF el 25 de enero de 2017, segundo transitorio, el Capítulo I entrará en vigor doce meses después de su publicación en el DOF, es decir, el 26 de enero de 2018.

ARTÍCULO 1390 Ter. Procedencia del Juicio Ejecutivo Mercantil

El procedimiento ejecutivo a que se refiere este Título tiene lugar cuando la demanda se funda en uno de los documentos que traigan aparejada ejecución previstos en el artículo 1391.&

(3) Nota del Editor: De conformidad con el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de Juicios Orales Mercantiles, publicado en el DOF el 25 de enero de 2017, segundo transitorio, el artículo 1390-Ter entrará en vigor doce meses después de su publicación en el DOF, es decir, el 26 de enero de 2018.

ARTÍCULO 1390 Ter-1. Cuantía para la procedencia del Juicio Ejecutivo Mercantil Oral

La vía indicada en el artículo que antecede procede siempre y cuando el valor de la suerte principal sea igual o superior a la cantidad a la que establece el artículo 1339 para que un juicio sea apelable y hasta cuatro millones de pesos 00/100 moneda nacional, sin que sean de tomarse en consideración intereses y demás accesorios reclamados a la fecha de interposición de la demanda, debiendo actualizarse dichas cantidades anualmente.

Corresponderá a la Secretaría de Economía actualizar cada año por inflación los montos expresados en pesos en el párrafo anterior y publicarlos en el Diario Oficial de la Federación, a más tardarei 30 de diciembre de cada año.

Para estos efectos, se basará en la variación observada en el valor del índice Nacional de Precios al Consumidor, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía entre la última actualización de dichos montos y el mes de noviembre del año en cuestión, w

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(4) Nota del Editor: De conformidad con el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de Juicios Orales Mercantiles, publicado en el DOF el 25 de enero de 2017, segundo transitorio, el artículo 1390-Ter-1 entrará en vigor doce meses después de su publicación en el DOF, es decir, el 26 de enero de 2018.

ARTÍCULO 1390 Ter-2. No procedencia de recursos ordinarios contra las resoluciones pronunciadas en el juicio

Contra las resoluciones pronunciadas en este juicio no se dará recurso ordinario alguno.

No obstante, las partes podrán solicitara! juez, de manera verbal en las audiencias, que subsane las omisiones o irregularidades que se llegasen a presentar en la substanciación del juicio oral, para el sólo efecto de regularizar el procedimiento.

Asimismo, el juez podrá ordenar que se subsane toda omisión que notare, para el sólo efecto de regularizar el procedimiento.

Silas partes estimaren que la sentencia definitiva contiene omisiones, cláusulas o palabras contradictorias, ambiguas u oscuras, podrán solicitar de manera verbal dentro de la audiencia en que se dicte, la aclaración o adición a la resolución, sin que con ello se pueda variarla substancia de la resolución. 5)

(5) Nota del Editor: De conformidad con el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de Juicios Orales Mercantiles, publicado en el DOF el 25 de enero de 2017, segundo transitorio, el artículo 1390-Ter-2...

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