Los jueces federales en México: antes y después de la carrera judicial

AutorJulio Bustillos
CargoDoctor en derecho. Investigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam e investigador nacional, nivel I (Conacyt), y asesor en la SCJN
Páginas23-48
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Los jueces federales en México: antes y después
de la carrera judicial*
Sumario: I. Introducción y plantamiento. II. Desarrollo. III. Conclusión.
IV. Fuentes de información.
Julio Bustillos**
I. Introducción y planteamiento
A principios del siglo XX no existía una formal carrera judicial en el Poder Judicial
federal. En 1917, por disposición constitucional y legal,1 se estableció únicamente
que los magistrados de circuito y jueces de distrito serían nombrados y adscritos por
el Pleno de la Suprema Corte. En 1934 se restauró la inamovilidad judicial, regla-
mentándose por primera vez una carrera judicial informal a través de un sistema
escalafonario para cubrir las vacantes de jueces y magistrados, el cual tomaba en cuen-
ta, entre otras cosas, la capacidad y aptitud del candidato, así como el desempeño de
éste en distintos ámbitos. Sin embargo, dicho sistema de escalafón no funcionó en la
práctica, ya que en general los jueces de distrito eran designados de entre los secreta-
rios de la Corte y los magistrados de circuito, de entre estos jueces. De igual manera,
para llegar a ocupar el cargo de secretario en la Corte, normalmente había que fungir
* Artículo derivado de la ponencia presentada en el III Seminario Información, Estadística y Políticas
Públicas Judiciales, organizado por la Dirección General de Planeación de lo Jurídico de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación, el día 6 de octubre de 2010.
** Doctor en derecho. Investigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam e investi-
gador nacional, nivel I (Conacyt), y asesor en la scjn.
1 La Ley Orgánica del 2 de noviembre de 1917, primer reglamento promulgado bajo la vigencia
de la Constitución de este año, así como la Ley del 6 de abril de 1923, segunda en el ramo, no señalaron
disposición alguna sobre la carrera judicial.
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con anterioridad en los cargos de oficial judicial, actuario, secretario de juzgado y
secretario de tribunal o, al menos, alguno de estos dos últimos, pues los ministros
llevaban a cabo su selección de entre ellos (Cossío Díaz, 1996, 46, 48, 52 y 53).
Posteriormente, otras disposiciones normativas o reformas a las disposicio-
nes ya existentes se refirieron a los mismos temas aludidos, sin ninguna variante de
consideración. No fue sino hasta las reformas de 1994-1995 cuando se establece
por primera vez un auténtico sistema formal de carrera judicial en el Poder Judicial.
En este sentido, de acuerdo con la normativa sobre la carrera judicial federal, al-
gunos de los elementos que se consideran para su ingreso, nombramiento, adscripción
y ratificación son la acreditación de estudios de posgrado, las actividades académicas
realizadas, la experiencia profesional y el desempeño en el Poder Judicial. A continua-
ción expondremos un breve panorama actual sobre estos elementos, agregándole un
elemento más, la remuneración, que en realidad más que elemento constituye prác-
ticamente un aliciente importante de la carrera judicial para el juzgador federal, pues
ciertamente contribuye a generar estabilidad económica y, por ende, independencia y
autonomía judicial. En esta exposición, además, vincularemos este factor remunera-
torio con el desempeño o productividad jurisdiccional realizados por cada juzgador,
con el objetivo de observar en lo posible algunos de los costos que implica la función
jurisdiccional ejercida por los integrantes de la carrera judicial federal.
Partiendo de la anterior brevísima referencia histórica y metodológica, creemos
que actualmente se cuenta con elementos que permiten elaborar un pequeño “diag-
nóstico”, a través de una sólida investigación y análisis empíricos, sobre la situación
de los juzgadores federales (y órganos en que se desenvuelven) antes y después de
instrumentada la carrera judicial por parte del Consejo de la Judicatura Federal; con
el objetivo de observar, de manera general, los cambios en los distintos rubros y los
factores “estáticos” o poco “coherentes” en torno a ésta, en rubros específicos como
equidad de género, adscripción, creación de órganos y costos.
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julio bustillos
II. Desarrollo
1. Perfil personal
A. Lugar de nacimiento
De acuerdo con el gráfico, en 1984 los jueces y magistrados eran oriundos de 20 de
las 32 entidades federativas, aunque alrededor de la mitad de éstos habían nacido en
sólo cinco entidades (Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Michoacán y Veracruz). Llama
fuertemente la atención que eran relativamente pocos los originarios del Distrito Fe-
deral, tomando en cuenta la histórica centralización que ha existido en esta entidad.
La situación en el 2002 mostró algunas variantes, especialmente en cuanto a una
mayor diversidad geográfica de los lugares de nacimiento de jueces y magistrados, así
como en cuanto a un aumento de los juzgadores oriundos del Distrito Federal (López-
Ayllón/Fix-Fierro, 2003, 475 y ss; 2006, 43 y ss).
En el 2010, por último, con respecto a los dos años anteriores analizados, obser-
vamos que la centralización judicial se ha vuelto más marcada, pues más de la tercera
parte de los jueces de distrito actualmente en funciones nacieron en el Distrito Federal.
26 revista del instituto de la judicatura federal
La cifra relativa a los magistrados de circuito es muy cercana a la anterior, en el sentido
de que un cuarto de ellos son originarios también de la capital del país.2
Asimismo, cabe advertir que, en comparación con los años 1984 y 2002, en
el 2010 el número de las entidades federativas de las que provienen los juzgadores
federales se incrementó aún más, hasta llegar, en general, a las 32 entidades que con-
forman el país.3
B. Género
Este gráfico revela que una década antes del establecimiento de la carrera judicial
el número de mujeres con cargos de juezas y magistradas apenas llegaba al 7% de la
totalidad de juzgadores federales. Casi una década después de configurada la carrera
judicial las mujeres juzgadoras representaban casi la cuarta parte, proporción que, en
2 El resto de las entidades federativas de origen de los jueces osciló entre el 1% y 6%, mientras que
el número de las entidades restantes de procedencia de los magistrados de circuito también no sobrepasó
el 6%, con la mínima excepción de las entidades de Jalisco y Michoacán, que entre ambas en promedio
representaron el 6.2%.
3 La excepción la configuran los magistrados adscritos a tribunales unitarios de circuito, los cuales son
originarios de 20 de las 32 entidades.
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julio bustillos
términos generales, se ha mantenido hasta el 2010. Es decir, en esta última década
la tasa en el número de mujeres juzgadoras se detuvo, lo cual nos puede indicar que
difícilmente se incrementará en el futuro inmediato.4
Lo anterior pone en entredicho lo que en el ámbito de una intensa rotación
interna y constante incremento de órganos jurisdiccionales federales, el sistema es-
calafonario formal del Poder Judicial, que valora de manera considerable la aptitud
y desarrollo profesional, no haya podido atraer en mayor medida al sexo femenino.
Quizás esto se deba a la movilidad geográfica que en muchas ocasiones se deben de
sujetar los juzgadores, lo cual para las mujeres se convierte en un obstáculo mayor que
para el sexo masculino (López-Ayllón/Fix-Fierro, 2003, 581 y 582).
C. Edad al ocupar el cargo y antigüedad en el mismo
4 Cabe mencionar que a partir del último lustro el Poder Judicial federal ha manifestado interés por
fomentar una mayor equidad en el acceso a la justicia. Para tal propósito, a través de un acuerdo general del
Consejo de la Judicatura Federal, el 1o. de octubre de 2008 se creó la Coordinación General del Programa
de Equidad de Género del Poder Judicial de la Federación. Entre sus compromisos principales destacan los
relativos a la defensa de los derechos de igualdad y no discriminación, protegidos en los artículos 1o. y 4o.
28 revista del instituto de la judicatura federal
De conformidad con el presente gráfico, la edad promedio de los jueces de distrito
y magistrados de circuito al momento de ser designados al cargo es muy semejante una
década antes y otra después de implementada la carrera judicial. Sin embargo, actual-
mente la edad al nombramiento de juzgador federal empieza a reducirse un poco.
El gráfico muestra que hay un descenso significativo en el número de años que
han permanecido en sus cargos los jueces de distrito en funciones, así como de los
que lo fueron y actualmente son magistrados de circuito. Lo cual se entiende, debido
a que, como se observará infra, el número de plazas de magistrados se ha disparado
estrepitosamente con respecto al de jueces, provocando con ello una mayor rotación
interna. Los jueces de distrito cumplen, en promedio, cuatro años en su cargo (y no
seis como debiera ser su periodo normal, según la legislación) cuando son ascendidos
al de magistrado de circuito. Cargo al que se incentiva desempeñarlo durante el sexe-
nio ordinario no sólo por su observancia a la norma, sino porque constituye la puerta
a la inamovilidad judicial. Lo anterior puede indicar, también, que es relativamente
más sencillo lograr la inamovilidad siendo magistrado que juez.
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2. Escolaridad profesional y actividades académicas
A. Licenciatura
La situación en torno a los estudios profesionales realizados por los jueces y magis-
trados en los años 1984, 2002 y 2010, muestra interesantes similitudes y diferencias,
según lo refleja el gráfico. En casi tres décadas el número de escuelas de derecho de
las que son egresados los juzgadores federales ha aumentado considerablemente. Este
incremento notable se ha visto especialmente en lo que concierne a las escuelas de
derecho privadas. Sin embargo, desde casi treinta años hasta la fecha actual la tasa
porcentual promedio de juzgadores egresados de escuelas privadas ha aumentado
mínimamente, esto es, no más del 10%. Es decir, casi todos los jueces de distrito y
magistrados de circuito continúan titulándose de escuelas y facultades de derecho de
carácter público, entre las que se encuentra, en primer término, la unam, según lo
indica el siguiente gráfico.
30 revista del instituto de la judicatura federal
En casi tres décadas la unam ha sido la institución de educación superior de la
que ha egresado un mayor número de juzgadores federales. En los años de 1984, 2002
y 2010, en términos generales, la tercera parte de los jueces y magistrados obtuvieron
su título profesional de esta institución. Cabe también señalar que otra tercera parte
de juzgadores federales egresó de escuelas de derecho públicas de cinco universidades
de reconocido prestigio, como son la Universidad de Guadalajara, la Michoacana
de San Nicolás de Hidalgo, la Autónoma de Guanajuato, la Autónoma de San Luis
Potosí y la Autónoma de Puebla.5 Con esto se observa una ligera pero constante des-
centralización de escuelas de derecho de calidad de donde egresan un alto número de
jueces y magistrados y, por ende, se muestra también una mayor apertura del Poder
Judicial federal al permitir el ingreso de abogados egresados de universidades públicas
diversas a las existentes en la capital del país.
5 Llama la atención que un buen porcentaje de juzgadores federales egresados de dichas universidades
públicas en diversos estados de la provincia, no nacieron en éstos, sino en el Distrito Federal.
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B. Posgrado, docencia y/o investigación
GRÁFICO 7
Porcentaje de juzgadores federales con estudios de
posgrado (maestría y/o doctorado) (1984 y 2010)
8.70%
16.60%
9.00%
18.40%
0.00%
5.00%
10.00%
15.00%
20.00%
1984 2010
Año
Porcentaje
J-JD
M-TC
GRÁFICO 8
Porcentaje de juzgadores federales con experiencia
académica (docencia y/o investigación) (1984 y 2010)
57.20%
51.00%
74.50%
58.60%
0.00%
10.00%
20.00%
30.00%
40.00%
50.00%
60.00%
70.00%
80.00%
1984 2010
Año
Porcentaje
J-JD
M-TC
32 revista del instituto de la judicatura federal
En cuanto al aspecto docente y de investigación, según lo demuestra el gráfico
anterior, en 1984, una década antes de formalizar la carrera judicial federal la mitad
de los jueces de distrito y magistrados de circuito habían impartido al menos una clase
o publicado al menos un escrito, mientras que 15 años después de establecido dicho
sistema escalafonario, en el 2010, la gran mayoría de dichos juzgadores manifestaron
haber realizado dichas actividades.
En contraste con lo anterior, el aliciente de la carrera judicial sobre la realización
de estudios de posgrado (maestría y/o doctorado) ha repercutido mínimamente en
los juzgadores federales, pues la tasa de egresados de un posgrado una década y media
después de formalizarse dicho sistema escalafonario, en el 2010, se redujo estrepito-
samente a la mitad con respecto de los juzgadores federales que en 1984, antes de
institucionalizarse dicha carrera, informaron poseer una grado universitario.
Lo anterior puede deberse a que para la impartición de una clase o para la elabo-
ración de un escrito de publicación, regularmente no se requiere dejar mucho tiempo
de lado las labores jurisdiccionales cotidianas, mientras que para la realización de un
estudio de posgrado normalmente se necesita acudir de manera constante a una insti-
tución educativa y elaborar una tesis, lo cual resulta complicado por las altas cargas de
trabajo que enfrentan algunos tribunales y no tanto a causa de la movilidad geográfica
a la que son objeto, generalmente cada seis años, tiempo suficiente para concluir un
posgrado. Ante esto, muchos jueces y magistrados prefieren acudir a la escuela judi-
cial federal a tomar cursos, por la relativa facilidad y flexibilidad con que se ofrecen e
imparten, además de que son indispensables para calificar al juzgador que pretenda
obtener, por ejemplo, un nuevo nombramiento o adscripción. De estas figuras se
hablará a continuación.
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3. Órganos jurisdiccionales, nombramiento y adscripción
A. Órganos jurisdiccionales
De acuerdo con los dos gráficos siguientes (ver gráficas 9 y 10), en apenas un periodo
de casi dos décadas (1984-2002) se crearon y estuvieron en funciones más órganos
jurisdiccionales federales que en toda la historia del Poder Judicial (1825-1983: 143
= 100 JD y 43 TC), los cuales sumados a los órganos establecidos hasta el primer
trimestre del 2010 dan como resultado 634.
34 revista del instituto de la judicatura federal
Esta explosión orgánica del Poder Judicial federal, según se ha comprobado (CI-
DAC, 1994, cap. 2: citado en López-Ayllón/Fix-Fierro, 2003, 539; Bustillos, 2008,
cap. 7), ha obedecido a la pretensión de controlar las ascendentes cargas de trabajo
y, por ende, el rezago de asuntos provocado por éstas. Una posible razón de esta si-
tuación gira en torno a la implementación de una política judicial que garantice al
ciudadano un mayor acceso a la justicia federal, a través del establecimiento de más
tribunales en todo el país. Otra posible causa de este incremento estrepitoso de ór-
ganos jurisdiccionales son las reformas constitucionales aprobadas en los años 1987,
1994 y 1999, de las cuales nos referiremos muy brevemente.
En la del 87 se propuso descongestionar radicalmente a la Suprema Corte de los
amparos sobre cuestiones de legalidad, y transferir la facultad para conocer de este
tipo de asuntos a los tribunales federales de inferior jerarquía. Con la reforma del 94
se le atribuyeron a la Corte mayores facultades de órgano de control constitucional,
desprendiéndole, por ende, del conocimiento de negocios que no fueran estrictamen-
te constitucionales o de relevante trascendencia, para dárselos para su resolución a los
juzgados de distrito o tribunales de circuito. Por último, la reforma de 1999 aumentó
particularmente la carga de trabajo a los TCC, pues estableció que la Corte les remiti-
ría a éstos los asuntos en los que ya haya sentado jurisprudencia o los que estime que
no requieran su participación, por no ser lo suficientemente trascendentes.
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Ahora bien, ante el incremento orgánico de la jurisdicción federal, de igual ma-
nera aumentó la necesidad de ocupar un mayor número de plazas de jueces y magis-
trados, según lo expresa el siguiente gráfico.
B. Nombra miento
Según nos informa el presente gráfico, en las últimas casi tres décadas previas al
2010 se ha designado a cerca de 1,700 juzgadores federales, cifra que sobrepasa el
número de los que han estado en funciones desde el comienzo de la historia del Poder
Judicial, en 1825, hasta el año de 1983. Pero si sólo nos enfocamos a la carrera judicial
actual, desglosando el primer periodo que ofrece este gráfico (84-2002), observamos
que en la década previa a la existencia de la carrera, es decir del 84 al 94, se había nom-
brado arriba del medio millar de juzgadores (513), mientras que en la década y media
posterior a la puesta en marcha de este sistema escalafonario, o sea del 95 al 2010, se
disparó más arriba del triple el número de designaciones.
36 revista del instituto de la judicatura federal
Ahora bien, siguiendo esta tendencia de crecimiento mayor al triple en el número
de juzgadores nombrados durante el periodo general 1984-2010, podemos observar
que, de conformidad con el gráfico anterior, la proporción coincide con el índice de
crecimiento de los juzgados de distrito y tribunales unitarios de circuito en funciones
también en el 84, año inicial de dicho periodo, y en el 2010, al final del mismo.6
La excepción de dicha tendencia la configuran los tribunales colegiados de cir-
cuito, pues tanto el número de estos órganos en funciones como el de los magistrados
que fueron designados para integrarlos se disparó estrepitosamente hasta siete veces
más entre 1984 y el 2010.7 Esto es de singular importancia porque los tribunales co-
legiados, como órganos revisores que son de las resoluciones de los órganos de inferior
jerarquía, y en atención a la pirámide jerárquica jurisdiccional, deberían crecer en
menor cantidad que el número de tribunales que revisa. Crecimiento que, según co-
menta Héctor Fix-Zamudio, “resulta inconveniente, porque significa en realidad una
duplicidad de funciones, y porque ha provocado que la estructura del Poder Judicial
federal se invierta, es decir, que haya un número mayor de magistrados de circuito que
de jueces de distrito”.8
6 En el caso de los juzgados de distrito y tribunales unitarios, el comparativo del crecimiento con res-
pecto a sus integrantes es más fácil de observar, ya que cada uno de estos órganos es ocupado también por
un solo juzgador. No ocurriendo así con los colegiados, por ser su integración tripartita.
7 En 1984 estaban funcionando 27 colegiados, mientras que en marzo del 2010, 209. En este periodo
1984-2010 se designaron a 186 magistrados de tribunales colegiados, los cuales integraron 62 de estos órga-
nos, mientras que los 147 restantes tribunales colegiados los ocuparon jueces de distrito o, en mucha menor
medida, candidatos externos al Poder Judicial, a través de exámenes derivados de convocatorias “abiertas”.
8 Prólogo a la obra de Bustillos (2008, XXI).
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julio bustillos
C. Adscripción
El gráfico revela que antes de la instrumentación de la carrera judicial alrededor
de la quinta parte de los jueces de distrito y magistrados de circuito fueron adscritos
en su lugar de origen. Esta proporción aumentó poco a partir del desarrollo de dicho
sistema escalafonario, pues desde su comienzo hasta principios del 2010 sólo un tercio
de los juzgadores federales gozaron del privilegio de haber sido designados para ejercer
su labor jurisdiccional en su entidad federativa natal. Lo cual evidencia la movilidad
geográfica de los integrantes del Poder Judicial.
38 revista del instituto de la judicatura federal
4. Experiencia y desempeño jurisdiccionales, remuneración y costos
A. Experiencia jurisdiccional
a) Fuera del Poder Judicial federal
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De acuerdo con estos dos gráficos, una década previa y una después a la intro-
ducción de la carrera judicial, la mitad de los juzgadores federales manifestaron haber
adquirido experiencia jurisdiccional fuera del Poder Judicial federal. Esta proporción
se disparó arriba del 80% en el 2010. Lo cual nos indica que conforme se desarrolla
temporalmente la carrera judicial, va aumentando el índice de los que ingresan al Po-
der Judicial federal con una formación jurisdiccional previa, fuera de éste. Asimismo,
nos señala que de esa proporción, en el 84, casi la mitad de los juzgadores federales
desempeñaron cargos jurisdiccionales en los poderes judiciales locales previos a su
ingreso al Poder Judicial federal,9 proporción que paulatinamente se fue reduciendo
hasta conformar sólo la cuarta parte de los jueces de distrito y magistrados de circuito
en funciones en el 2010.
Esto nos revela también, como lo confirma el siguiente gráfico, que casi todos los
juzgadores federales son designados de las filas de la carrera judicial.
b) Dentro del Poder Judicial federal
9 El resto de los juzgadores federales que adujeron haber desempeñado cargos jurisdiccionales fuera
del PJF y en órganos diversos a los del PJL, lo hicieron en tribunales pertenecientes a los PEF o PEL o en
ambos.
40 revista del instituto de la judicatura federal
La proporción de juzgadores federales procedentes de las filas del Poder Judicial
ha sido prácticamente la misma antes y después de introducida la carrera judicial. De
acuerdo con el gráfico, en casi tres décadas la tasa de juzgadores que se han formado
jurisdiccionalmente en el Poder Judicial ha oscilado, en promedio, en el 90%. Sin em-
bargo, encontramos que a partir de la carrera judicial formal no llegan ni al 10% los
jueces de distrito y magistrados de circuito que han transitado sistemáticamente por
todos sus peldaños. Pero si es pertinente destacar que la tercera parte de los juzgadores
federales han recorrido al menos tres de los peldaños de este sistema escalafonario,
inclusive desde el cargo de oficial judicial, el cual, aunque formalmente no pertenece
a las categorías de la carrera judicial, lo han desempeñado casi la tercera parte de los
juzgadores. A continuación se ofrece la referencia a una categoría que históricamente
había sido el último de estos peldaños previo para alcanzar el puesto de juzgador, cate-
goría que, como se verá, cambió drásticamente su carácter prevaleciente.
GRÁFICO 16
Porcentaje de J-JD que desempeñaron el cargo de S-JD y/o
S-TC y/o S-SCJN (1984, 2002 y 2010)
79.20%
64.60%
50.50%
81.50%
87.50%
59.80%
21.70%
24.50%
80.40%
0.00%
20.00%
40.00%
60.00%
80.00%
100.00%
1984 2002 2010
Año
Porcentaje
S-JD
S-TC
S-SCJN
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julio bustillos
Según indican los gráficos, llama fuertemente la atención que la mayor parte de
las plazas de jueces de distrito (alrededor del 80%) ya no son ocupadas directamente
por secretarios de la Suprema Corte, sino por secretarios de tribunales de circuito o
secretarios de juzgados de distrito. En el caso de los magistrados de circuito, se ob-
serva también que un porcentaje cada vez menor de ellos fue previamente secretario
de estudio y cuenta en la Corte, incluso por debajo del porcentaje que se desempeñó
como secretario de tribunal. En consecuencia, casi todos los magistrados obtuvieron
este nombramiento después de haber sido jueces de distrito.
Lo anterior puede deberse al crecimiento acelerado de los órganos jurisdiccionales
federales, que dificulta el acceso directo a los mismos por parte de secretarios de la
Corte, además de que en ésta día a día se desarrollan funciones más especializadas, las
cuales difieren de las propiamente ejercidas en los juzgados de distrito y tribunales de
circuito. Por tanto, esto pudiera indicar una mayor independencia de la carrera judi-
cial con respecto a la Corte y, por ende, una mayor autonomía en las actitudes y opi-
niones en el desempeño de los jueces y magistrados (López-Ayllón/Fix-Fierro, 2006,
46 y 47). Desempeño que ciertamente se refleja en la productividad jurisdiccional que
realizan los juzgadores, como son en gran medida los asuntos que resuelven, según lo
expone el siguiente gráfico.
GRÁFICO 17
Porcentaje de M-TC que desempeñaron el cargo de S-TC
y/o S-SCJN y/o J-JD (1984, 2002 y 2010)
92.00%
84.10%
80.70%
49.40% 53.20%
67.50%
75.90%
93.00%
98.10%
0.00%
20.00%
40.00%
60.00%
80.00%
100.00%
120.00%
1984 2002 2010
Año
Porcentaje
S-TC
S-SCJN
J-JD
42 revista del instituto de la judicatura federal
B. Desempeño jurisdiccional (asuntos resueltos)
El gráfico evidencia la productividad jurisdiccional, reflejada en los asuntos re-
sueltos, por parte de los jueces de distrito y magistrados de circuito desde una década
previa al funcionamiento de la carrera judicial federal hasta la actualidad. Asuntos
cuyas características, de acuerdo con la competencia otorgada a los órganos que perte-
necen, se precisan a continuación.
Los jueces de distrito conocen y resuelven tanto amparos como asuntos federa-
les ordinarios. En los amparos (concretamente amparos indirectos) se ventilan, por
ejemplo, aquellos actos y resoluciones de las autoridades administrativas, incluyendo
órdenes de aprehensión y resoluciones judiciales no definitivas. Los asuntos federales
ordinarios no son del todo claro definirlos, pues si bien en materia penal está precisa-
do (o sea, juzgar en materia de delitos federales, que están determinados en la ley), en
materia civil-mercantil no resulta fácil dilucidarlo, ya que, de acuerdo con el artículo
104 de la Constitución federal, se tratan de controversias que se suscitan sobre el
cumplimiento y aplicación de leyes federales o tratados internacionales. Sin embar-
go, cuando las mismas sólo afecten intereses particulares, podrán conocer de ellas, a
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julio bustillos
elección del actor, los tribunales federales o estatales, y se ventilarán normalmente
en estos últimos, particularmente en materia mercantil, pues aunque es federal, lo
común es que los asuntos en esa materia sean resueltos por los tribunales locales.
Respecto a los magistrados de circuito, se tiene que los adscritos a tribunales
unitarios substancian y deciden sobre la apelación de asuntos federales ordinarios,
en materias civil, administrativa y penal, siendo ésta última la más concurrida. Por
otro lado, a los magistrados de tribunales colegiados les corresponde solucionar úni-
camente asuntos en amparo, de los cuales la Suprema Corte ha dejado de conocer, ya
sea por considerarlos de poca relevancia y trascendencia, por tratarse de cuestiones de
estricta legalidad o porque en dichos asuntos la propia Corte ya sentó jurisprudencia.
Estos criterios han sido establecidos a través de reformas constitucionales, como las
del 1988, 1994 y 1999 —de las cuales ya nos referimos arriba—, así como a través de
su propia facultad interpretativa y de acuerdos.
Ahora bien, ya explicados brevemente los diversos tipos de asuntos que resuelven
los juzgadores federales, a continuación ofrecemos una somera descripción cuantitati-
va general de los mismos, observando nuevamente el gráfico anterior.
El comportamiento promedio de los asuntos resueltos por los jueces de distrito
una década antes de implementada la carrera judicial muestra un alza que perdu-
ra hasta el siguiente lustro (1990). A partir de ese momento hasta el 95 se observa
una caída estrepitosa en el número de asuntos resueltos, debido seguramente a la
crisis económica impactada ese año. En el periodo 1995-1999 se aprecia un índice de
despacho estable y casi semejante por parte de los jueces; sin embargo, en el 2000 y
2001 vuelve a presentarse un declive estruendoso en el número de casos resueltos.
Llama fuertemente la atención que este descenso no se debió a un decremento de
asuntos interpuestos ante los JD, sino todo lo contrario, ya que en ese bienio, con
respecto al año anterior inmediato, aumentó hasta casi un cuarto de millón el número
de negocios ingresados. La razón principal de esta “extraña” situación se debe a que al
igual como se incrementó considerablemente la carga de trabajo, hubo una explosión
en el aumento del número de JD. En sólo cuatro años, del 2000 al 2003, el número
de JD se disparó de 217 hasta 317 (25 tribunales por año, en promedio), lo cual ya
señalamos arriba.
Respecto a los magistrados de circuito, en estas tres décadas el comportamiento
en el despacho de sus asuntos no varió mucho. Los magistrados de tribunales unitarios
resolvieron, en promedio, 600 asuntos al año, de los cuales casi en su totalidad fueron
en materia penal. Los de índole civil no llegaron a configurar ni el 10% con respecto
a los penales.
44 revista del instituto de la judicatura federal
En lo que toca a los magistrados de tribunales colegiados, se observa que en el
mismo periodo cada uno de ellos resolvió, en promedio, alrededor de 500 asuntos, de
los cuales una considerable parte corresponden a los llamados “amparos de legalidad”,
en los que en la gran mayoría se impugnaron resoluciones de los jueces locales. Tam-
bién es pertinente indicar que a partir de 1997 hasta la actualidad la carga de trabajo
en dichos tribunales aumentó explosivamente (desde alrededor de 168,000 asuntos
hasta cerca de 400,000) y, por ende, la cantidad de resoluciones. Sin embargo, este
cambio abrupto no se ve reflejado en el anterior gráfico, debido a que al igual que
aumentó así el número de asuntos, también en dicho periodo se presentó, como ya
lo anotamos con antelación, un incremento sin precedentes del número de tribunales
colegiados (99 en 1998 y 207 en el 2009).
La aquí expuesta productividad jurisdiccional de los impartidores de justicia ha
sido uno de los elementos más importantes a través del cual se puede evaluar su des-
empeño judicial. Sin embargo, para efectuar éste, con base en principios que establece
la carrera judicial, los juzgadores federales gozan del factor remuneratorio, del cual se
habla a continuación.
C. Remuneración
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Según lo revela el gráfico, actualmente los magistrados de circuito perciben, en
promedio, 185,000 pesos, mientras que los jueces de distrito, el 12% menos, es decir,
162,000 pesos. Se observa también que el incremento salarial del 11% que los juzga-
dores habían gozado hasta el 2009 se vio interrumpido y menoscabado con la reduc-
ción del 13% al mismo en el 2010, debido a la política nacional de austeridad, pese a
lo establecido en la normativa que prohíbe la disminución del sueldo de los funciona-
rios judiciales durante su encargo.10 Por otro lado, el factor económico remuneratorio
de los juzgadores, relacionado con su productividad jurisdiccional (asuntos resueltos),
según creemos, nos puede permitirá calcular, como a continuación se expone, el costo
económico de éstos.
D. Costos (asuntos resueltos)
10 La excepción se efectuó como consecuencia de la política de austeridad promovida por el Ejecutivo
federal, con el objetivo principal de que cada uno de los poderes de la Unión, de acuerdo con sus facultades
y posibilidades, disminuyeran su presupuesto de egresos asignado, poniendo particular énfasis en el rubro
del gasto corriente, el cual se configura básicamente con el sueldo de los servidores públicos. En el caso del
PJF, la scjn emitió un acuerdo general para poder modificar el tabulador.
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De conformidad con el desempeño jurisdiccional y remuneración mensuales de
los juzgadores federales, mostrado arriba, el costo promedio mensual de los asuntos
resueltos actualmente por los jueces de distrito oscila alrededor de 125 pesos, mientras
que por los resueltos por los magistrados de circuito, 375 pesos, es decir, tres veces más
de lo resueltos por los jueces. Esto nos puede indicar que la justicia federal en segunda
instancia (apelación, revisión…) es triplemente onerosa que la primera instancia.
III. Conclusión
Según nos indican los datos expuestos, a modo de conclusión y con cierto matiz de
recapitulación, podemos señalar que la situación actual de la carrera judicial formal
con respecto a la carrera informal del pasado en general se ha transformado, aunque
aún existen elementos que se resisten al cambio.
En primer término, los factores de cambio que se pueden observar principalmen-
te giran en torno a la selección y nombramiento de los juzgadores, ya que la mayor
parte estas plazas ya no recaen en los secretarios de la Suprema Corte sino en los
secretarios de tribunales de circuito o, en menor medida, de juzgados de distrito. Lo
cual implica una desvinculación de éstos con la Corte, tanto de aptitudes como de
opiniones. Algo similar está ocurriendo con la adscripción de los juzgadores, rubro en
el cual se aprecia que un reducido número de ellos ha sido ubicado en sus lugares de
origen, lo cual demuestra una mayor movilidad geográfica de los mismos, evitando
con esto algún tipo de “presión”, dentro de su entidad de nacimiento, al resolver un
asunto. En el mismo sentido, se muestra una mayor apertura para ocupar los cargos
de juzgador federal a personas externas al Poder Judicial, a través de convocatorias
abiertas, incluso la posibilidad para los internos o los propios externos de obtener una
plaza de magistrado sin haber sido previamente juez de distrito.
También en cuestión geográfica, pero en relación a la universidad de origen de los
juzgadores, se ha evidenciado otra situación con respecto a la existente en el pasado.
La centralización en la formación universitaria jurídica de los impartidores de justicia,
configurada principalmente por la unam, ha estado en constante disolución, es decir,
la mayor parte de los juzgadores ya no son egresados únicamente de la unam, sino
también de al menos otras cinco universidades públicas de provincia.
Otro factor de transformación ha sido el control de las cargas de trabajo por
parte de los juzgadores. Sin embargo, colocando esto en su contexto real, se aprecia
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que tal situación no se ha dado porque los impartidores de justicia sean algo más
que eficientes, sino que el incremento constante de las cargas de trabajo se ha visto
compensado por el aumento explosivo en el número de órganos jurisdiccionales y,
por ende, de juzgadores.
Asimismo, se ha mostrado un cambio en lo que respecta a la experiencia de los
juzgadores en actividades complementarias a las jurisdiccionales, como es la docencia,
pues la mayoría de los ellos ha tenido al menos una experiencia en este ramo.
Un elemento más de evolución ha sido el de la remuneración, el cual, en general,
se ha visto en constante ascenso, incluso por encima del percibido por la mayoría de
los juzgadores del país. Lo cual ciertamente ha configurado un sólido factor de estabi-
lidad económica y, en consecuencia, un desalentador de corrupción.
Por el otro lado, algunos de los elementos que aún continúan inertes son la cen-
tralización en la integración de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial, debido
a que la proporción más alta de juzgadores en funciones son oriundos de la capital
del país. De igual manera, se observa una situación estática en el rubro de equidad de
género, pues sólo una mínima parte del total de juzgadores son mujeres.
Un referente inmóvil más es el relativo al carácter socioeconómico de las escuelas
de derecho de procedencia de los juzgadores, pues todavía las de carácter público con-
tinúan siendo de donde ellos mayormente egresan, mientras que las escuelas privadas
aún representan una mínima parte de éstas. Dentro de este mismo ámbito, otros
aspectos que se han resistido al cambio o mejora por parte de los juzgadores, son
los respectivos a la continuación en su formación jurídica universitaria a través de
estudios de posgrado, pues conforme transcurre el tiempo un número menor de ellos
poseen un grado académico. La misma reducción proporcional se visualiza sobre la
experiencia en la investigación, ya que es muy reducida la cantidad de juzgadores que
manifiesta tener al menos una publicación de su autoría.
Por último, un par de referentes que involucran tanto un cambio de mejora como
un elemento inmóvil o incluso de retroceso, tiene que ver, en primer término, con
el crecimiento explosivo del número (duplicado) de tribunales de circuito (concreta-
mente los colegiados) con respecto a los juzgados de distrito, lo cual implica invertir la
pirámide jerárquica jurisdiccional y, por ende, duplicar funciones. El segundo aspecto
puede ser el del costo económico que conlleva resolver los asuntos pues, de acuerdo
con la remuneración de los juzgadores, la cual se incrementa paulatinamente, y su
relación con las cargas de trabajo, mismas que se reducen día a día en razón del ya in-
dicado aumento masivo de tribunales, el costo promedio por asunto resuelto también
se está incrementando en demasía.
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En suma, con la formalización y desarrollo de la carrera judicial federal se observa
una concentración de inercias y transformaciones, es decir, una transición cuyos efec-
tos ya empiezan a dilucidarse principalmente en materia de transparencia, objetividad
y efectividad, tanto sobre el propio sistema escalafonario como sobre los juzgadores
que lo integran.
IV. Fuentes de información
1. Bibliohemerográficas
Bustillos, Julio, El amparo directo en México. Evolución y realidad actual, present.
Héctor Fix-Fierro, pról. Héctor Fix-Zamudio, México, Porrúa-unam, 2008.
Cossío Díaz, José Ramón, Jurisdicción federal y carrera judicial en México, México,
unam, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 1996. (Cuadernos para la reforma
de la justica, 4)
López-Ayllón, Sergio y Fix-Fierro, Héctor, “’¡Tan cerca, tan lejos!’ Estado de
derecho y cambio jurídico en México (1970-2000)”, en Fix-Fierro, Héctor,
Friedman, Lawrence M. y Pérez Perdomo, Rogelio (eds.), Culturas jurídicas latinas
de Europa y América en tiempos de globalización, México, unam, Instituto de
Investigaciones Jurídicas, 2003.
__________, “¿Muchos abogados, pero poca profesión? Derecho y profesión jurídica
en el México contemporáneo”, en Fix-Fierro, Héctor (ed.), Del gobierno de los
abogados al imperio de las leyes. Estudios sociojurídicos sobre educación y profesión
jurídicas en el México contemporáneo, México, unam, Instituto de Investigaciones
Jurídicas, 2006.
Poder Judicial de la Federación, Informes de labores, México, 1984-2010.
2. Electrónicas
http: //www.cjf.gob.mx/
http: //www.equidad.scjn.gob.mx/
http: //www.scjn.gob.mx/

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