Jóvenes abogados

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JÓVENES ABOGADOS
FECHA DE SESIÓN: 31 de enero de 2017.
ORADOR INVITADO: Juan Jesús Garza
Onofre.
CONTENIDO DE LA SESIÓN:
“Aproximaciones a las teorías contemporáneas
de la argumentación jurídica”.
SEGUIMIENTO:
6 meses para comunicar la (no) admisibilidad.
A la pregunta del Presidente del Capítulo
Miguel Zarate, el Lic. Cantú contestó que
por el momento ve difícil una ley estatal de
colegiación obligatoria, sin embargo, invitó
el Colegio de someter una propuesta para
analizarla.
Asistencia.
DERECHO ENERGÉTICO
FECHA DE SESIÓN: 28 de febrero de 2017.
ORADOR INVITADO: Jorge A. Arrambide
Montemayor
CONTENIDO DE LA SESIÓN: “Nuevos
instrumentos regulatorios aplicables a la
Generación Distribuida y Renovable”.
SEGUIMIENTO:
El Lic. Arr ambide pre sentó est e t ema de
importancia debido a las nuevas reglas que
abrirán aún más el mercado y las oportunidades
en generación distribuida.
Informó que de acuerdo a la Ley de Transición
Energética (LTE), la generación limpia de
electricidad debe tener la siguiente: 25% para
2018, 30% para 2021 y 35% para 2024 para
2024. Asimism o, El obje tivo del gobierno
federal es que el 5% de la generación eléctrica
en México sea a través de la Generación
Distribuida (GD).
Hizo un comparativo de cómo funciona
actualmente la generación distribuida donde
se cuenta con el benecio del banqueo de
electricidad, mismo que está fundamentado en
la cláusula novena del contrato de interconexión
para fuente de energía renovable, o sistema de
cogeneración en pequeña escala aprobado
mediante RESOLUCION de la CRE Número
RES/054/2010.
En cuanto a la nueva legislación eléctrica
sobre generación distribuida se cuenta con la
Ley de la Industria Eléctrica, el Reglamento
de dicha Ley, la Ley de Transición Energética,
las Bases del Mercado y las siguientes
disposiciones.
1. Manual de Interconexión de Centrales de
Generación con Capacidad Menor a 0.5
MW (publicado el 15 diciembre 2016).
2. Disposiciones administrativas de carácter
general, los modelos de contrato, la
metodología de cálculo de contraprestación
y las especicaciones técnicas generales,
aplicables a las centrales eléctricas de
generación distribuida y generación limpia
Andrés Cantú Ramírez y James Graham.
La plática comenzó con una crítica al sistema
de enseñanza del Derecho debido a la ausencia
de alicientes desde el punto de vista intelectual.
Posteriormente habló sobre el conceptualismo,
neutralidad, formalismo y ritualismo como
factores que inciden de forma negativa en la
realidad jurídica actual.
Continúo con los enfoques que conceptualizan
al Derecho.
El primer enfoque, el estructural, cuyo máximo
exponente se puede señalar en la gura de
Hans Kelsen, quien señala que el Derecho
está formado por normas coactivas ordenadas
(sistematizadas) jerárquicamente.
El segundo enfoque, el funcional, de Karl Marx
quien enfatiza en el hecho que el Derecho es un
instrumento de dominación social.
Y el ultimo enfoque, el ideal, de Santo Tomas,
quien propuso de lo que habría que entender
por Derecho racional, modeladas a partir de la
idealidad (divinidad).
Sin embargo, el expositor señaló un “nuevo”
enfoque, el enfoque argumentativo, dado que
el Derecho no es solo argumentación, pero
cabe destacar este aspecto para dar cuenta
de los fenómenos jurídicos en las sociedades
democráticas y para suministrar a los juristas
prácticos de instrumentos que permitan
guiar y dar sentido a su actividad. Hay un
énfasis principal entre la interrelación entre la
argumentación y la losofía del derecho.
Kame Gerardo González Granados y Juan Jesús Garza Onofre.

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