Jorge Alcocer V. / Nueva ley

AutorJorge Alcocer V.

El jueves pasado concluyó el trámite de aprobación de la Ley para la reforma del Estado, llamada en la prensa ley Beltrones, por al autor de la iniciativa original.

Singular por casi todos los conceptos, el ordenamiento aprobado -casi por unanimidad- en ambas Cámaras dista de reunir las características que la doctrina exige de las leyes; se trata más bien de un pacto político entre grupos parlamentarios, avalado implícitamente por los partidos y por el titular del Poder Ejecutivo.

La nueva ley obliga a los presidentes de las mesas directivas y los coordinadores parlamentarios en ambas Cámaras a constituir una "comisión ejecutiva para la negociación y construcción de acuerdos" (CENCA), a la que podrán sumarse representantes designados por el presidente de la República; los presidentes de los ocho partidos políticos nacionales y un representante del Poder Judicial federal, este último sólo para el tema de la reforma de dicho poder.

Grupos parlamentarios y partidos quedan obligados a pronunciarse sobre cinco temas: régimen de Estado y gobierno; democracia y sistema electoral; federalismo; reforma del Poder Judicial y garantías sociales. El proceso que la ley pretende impulsar constará a su vez de cinco etapas: presentación de propuestas; consulta pública; negociación y construcción de acuerdos; redacción de los proyectos, y aprobación, firma y presentación de iniciativas.

Para auxiliarse en sus tareas, la CENCA contará con dos subcomisiones. Una de consulta pública, integrada por seis diputados y seis senadores, integrantes de las comisiones ordinarias relacionadas con los temas de la reforma del Estado. La otra subcomisión será redactora, integrada por los presidentes de las mencionadas comisiones ordinarias y por hasta ocho especialistas de derecho constitucional o ciencias políticas y sociales, que formularán los documentos de trabajo y las propuestas de iniciativas de ley que deriven de los acuerdos a que se llegue en la CENCA.

La ley tendrá una vigencia de un año calendario a partir de su promulgación; será presidida, durante los primeros seis meses, por el presidente del Senado, y los seis siguientes por el de la Cámara de Diputados.

Se ha dicho que la singularidad del ordenamiento estriba en que el Congreso emite una ley que lo obliga a "hacer leyes". Se trata de una apreciación sesgada. En realidad a lo que el Congreso está obligando a una parte de sus integrantes -presidentes de las mesas directivas y coordinadores parlamentarios- es...

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