Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para moldear, 'ceras para odontología' y preparaciones para odontología a base de yeso fraguable

AutorLic. Jesús Bernardo Gutiérrez Delgado
Páginas455-464

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Notas.
1. Este Capítulo no comprende:
a) las mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o de aceites, animales o vegetales, de los tipos utilizados como preparaciones de desmoldeo (partida 15.17);

  1. los compuestos aislados de constitución química definida;
    c) los champúes, dentífricos, cremas y espumas de afeitar y las preparaciones para el baño, que contengan jabón u otros agentes de superficie orgánicos (partidas 33.05, 33.06 o 33.07).

    1. En la partida 34.01, el término jabón sólo se aplica al soluble en agua. El jabón y demás productos de esta partida pueden llevar añadidas otras sustancias (por ejemplo: desinfectantes, polvos abrasivos, cargas, productos medicamentosos). Sin embargo, los que contengan abrasivos sólo se clasifican en esta partida si se presentan en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas. Si se presentan en otras formas, se clasifican en la partida 34.05 como pastas y polvos para fregar y preparaciones similares.

    2. En la partida 34.02, los agentes de superficie orgánicos son productos que, al mezclarlos con agua a una concentración del
      0.5% a 20 °C y dejarlos en reposo durante una hora a la misma temperatura:
      a) producen un líquido transparente o traslúcido o una emulsión estable sin separación de la materia insoluble; y

  2. reducen la tensión superficial del agua a un valor inferior o igual a 4.5 x 10-2 N/m (45 dinas/cm).
    4. La expresión aceites de petróleo o de mineral bituminoso empleada en el texto de la partida 34.03 se refiere a los productos definidos en la Nota 2 del Capítulo 27.

    1. Salvo las exclusiones indicadas más adelante, la expresión ceras artificiales y ceras preparadas empleada en la partida
      34.04 sólo se aplica:
      a) a los productos que presenten las características de ceras obtenidos por procedimiento químico, incluso los solubles en agua;

  3. a los productos obtenidos mezclando diferentes ceras entre sí;
    c) a los productos a base de ceras o parafinas que presenten las características de ceras y contengan, además, grasas, resinas, minerales u otras materias.

    Por el contrario, la partida 34.04, no comprende:

  4. los productos de las partidas 15.16, 34.02 o 38.23, incluso si presentan las características de ceras;
    b) las ceras animales sin mezclar y las ceras vegetales sin mezclar, incluso refinadas o coloreadas, de la partida 15.21;
    c) las ceras minerales y productos similares de la partida 27.12, incluso mezclados entre sí o simplemente coloreados;
    d) las ceras mezcladas, dispersas o disueltas en un medio líquido (partidas 34.05, 38.09, etc.).

Consideraciones generales

Este Capítulo, que comprende productos obtenidos esencialmente por tratamiento industrial de grasas o de ceras, agrupa los productos de jabonería, determinadas preparaciones lubricantes, las ceras preparadas, algunos productos de limpieza, las velas, etc., así como algunos productos artificiales, tales como los agentes de superficie, las preparaciones tensoactivas y las ceras artificiales.

Este Capítulo no comprende los productos de constitución química definida presentados aisladamente ni los productos naturales que no hayan sido mezclados o preparados.

34.01 JABON; PRODUCTOS Y PREPARACIONES ORGANICOS TENSOACTIVOS USADOS COMO JABON, EN BARRAS, PANES, TROZOS O PIEZAS TROQUELADAS O MOLDEADAS, AUNQUE CONTENGAN JABON; PRODUCTOS Y PREPARACIONES ORGANICOS TENSOACTIVOS PARA EL LAVADO DE LA PIEL, LIQUIDOS O EN CREMA, ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR, AUNQUE CONTENGAN JABON; PAPEL, GUATA, FIELTRO Y TELA SIN TEJER, IMPREGNADOS, RECUBIERTOS O REVESTIDOS DE JABON O DE DETERGENTES.

- Jabón, productos y preparaciones orgánicos tensoactivos, en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas, y papel, guata, fieltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes:
3401.11 - - De tocador (incluso los medicinales).

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3401.19 - - Los demás.
3401.20 - Jabón en otras formas.
3401.30 - Productos y preparaciones orgánicos tensoactivos para el lavado de la piel, líquidos o en crema, acondicionados para la venta al por menor, aunque contengan jabón.

I - Jabón

El jabón es una sal alcalina (inorgánica u orgánica) de un ácido graso o de una mezcla de ácidos grasos que contengan por lo menos ocho átomos de carbono. En la práctica, una parte de los ácidos grasos se sustituye a veces por ácidos resínicos.

Esta partida sólo comprende los jabones solubles en agua, es decir, los jabones propiamente dichos. Constituyen un tipo de agentes de superficie aniónicos con reacción alcalina que, en disolución acuosa, producen abundante espuma.

Existen tres categorías de jabón:

El jabón duro, que se fabrica casi siempre con sosa (hidróxido o carbonato de sodio) y que constituye la mayor parte del jabón común. Puede ser blanco, coloreado o jaspeado.

El jabón blando, que se fabrica, por el contrario con potasa (hidróxido o carbonato de potasio). El jabón de este tipo es viscoso y generalmente de color verde, pardo o amarillo claro. Puede contener pequeñas cantidades de productos orgánicos tensoactivos de síntesis que no exceden generalmente del 5%.

El jabón líquido, que consiste en una disolución acuosa de jabón que a veces contiene pequeñas cantidades de alcohol o de glicerol añadidos (que no exceden generalmente del 5%), pero que no contiene productos orgánicos tensoactivos de síntesis.

Este apartado comprende en particular:
1) El jabón de tocador, que suele estar coloreado o perfumado y que comprende: el jabón ligero o flotante para el baño y el jabón desodorante, así como el de glicerina, el de afeitar, el medicinal y algunos jabones desinfectantes o abrasivos mencionados más adelante.

  1. El jabón ligero o flotante para el baño y el jabón desodorante.
    b) El jabón de glicerol, jabón translúcido procedente del tratamiento del jabón blanco con alcohol, glicerol o azúcar.
    c) El jabón de afeitar (las cremas de afeitar se clasifican en la partida 33.07).
    d) El jabón medicinal, que contiene sustancias medicamentosas tales como ácido bórico, ácido salicílico, azufre o sulfonamidas.

  2. El jabón desinfectante, que contiene pequeñas cantidades de fenol, cresol, naftol, formaldehído u otras sustancias bactericidas o bacteriostáticas. Este jabón no debe confundirse con algunas preparaciones desinfectantes de la partida
    38.08 formadas por los mismos componentes. La diferencia entre estas dos clases de productos reside en las proporciones respectivas de los componentes (jabón, por un lado, y fenol, cresol, etc., por otro). Las preparaciones desinfectantes de la partida 38.08 contienen proporciones importantes de fenol, cresol, etc. Son líquidas, mientras que el jabón es generalmente sólido.
    f) El jabón abrasivo, consiste en jabón con arena, sílice, piedra pómez pulverizada, polvo de pizarra, serrín de madera o cualquier producto similar. Sin embargo, sólo está comprendido aquí el jabón que se presenta en barras, en piezas troqueladas o moldeadas o en panes. La pasta y el polvo abrasivos para fregar, aunque contengan jabón, se clasifican en la partida 34.05.

2) El jabón doméstico, que puede estar coloreado o perfumado o tener abrasivos o desinfectantes.
3) El jabón de resina, de “tall oil” o de naftenatos, que contiene no sólo sales alcalinas de ácidos grasos, sino también resinatos alcalinos de la partida 38.06 o naftenatos alcalinos de la partida 34.02.

4) El jabón industrial, preparado para usos especiales, tales como el trefilado, la polimerización del caucho sintético o para lavanderías.

Salvo la excepción prevista en el apartado 1) f) precedente, los jabones de esta partida se presentan generalmente en las formas siguientes: en barras, en piezas troqueladas o moldeadas, en panes, escamas, en polvo, pasta o en disoluciones en agua.

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II - Productos y preparaciones organicos tensoactivos usados como jabón, en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas, aunque contengan jabón

Esta partida comprende, siempre que se presenten en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas, es decir, en las formas más comúnmente utilizadas para los jabones destinados a los mismos usos, los productos y preparaciones de tocador o para lavar en los que el elemento activo esté constituido, en todo o en parte, por agentes de superficie de síntesis, que pueden estar mezclados con jabón en cualquier proporción.

Esta partida comprende también, siempre que se presenten en las formas indicadas anteriormente, los productos y preparaciones de este tipo a los que se le han dado propiedades abrasivas añadiéndoles arena, sílice, piedra pómez pulverizada, etc.

III - Productos y preparaciones organicos tensoactivos parael lavado de la piel, liquidos o en crema, acondicionados para la venta al por menor, aunque contengan jabón

Este apartado comprende las preparaciones para el lavado de la piel en las que el componente activo está constituido total o parcialmente por agentes orgánicos tensoactivos sintéticos (con jabón en cualquier proporción), con la condición de que se presenten líquidos o en crema y acondicionados para la venta al por menor. Cuando no están acondicionados para la venta al por menor, estas preparaciones se clasifican en la partida 34.02.

IV - Papel, guata, fieltro y tela sin tejer,...

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