La investigación jurídica ante los nuevos paradigmas de la enseñanza del derecho

AutorDr. Fernando J. López Juárez
CargoPresidente del Colegio Jurídico Nacional A.C. Académico de Licenciatura y Posgrado en Derecho de la FES ARAGÓN, UNAM

La formación del abogado, desde sus estudios de licenciatura, y no se diga, hasta los de posgrado, está íntimamente vinculada e inmersa con la investigación jurídica. Ésta, podemos definir, es la actividad intelectual humana de constante búsqueda, orientada a descubrir las soluciones jurídicas adecuadas para los problemas actuales que plantea una vida social cada vez más dinámica y activa; por lo que resulta necesario profundizar el análisis de dichas dificultades para adecuar las normas a las transformaciones sociales.

La investigación jurídica debe ser plural dada la necesidad de usar distintos estilos de indagación hacia los objetos de estudio con carácter humano y social; y es interdisciplinaria desde la necesidad de ser un encuentro de labores que posibilitan la investigación de diversas perspectivas del conocimiento humano. Fundamentalmente, el estudioso del Derecho inquiere para dar respuesta a las grandes interrogantes de la vida social mediante las aplicaciones del método a la realidad; proceso que llega a una solución armoniosa y razonable en beneficio de la calidad de vida y bienestar de la comunidad. También es necesario aprender a observar detenidamente la realidad para tener un acervo de ideas o criterios y comparar hechos actuales con los del pasado. El hombre de leyes profundiza para conocer los temas actuales del Derecho y los quehaceres del abogado, a fin de aplicar certeramente la teoría y la práctica a la realidad. Además, el investigador debe poseer conciencia nacional, respetar los derechos humanos y tener vocación de servicio, interesándose por la transformación social, económica y política del país.

En la actualidad existen dos grandes direcciones o tendencias en la investigación jurídica:

1) Exegética o dogmática jurídica: Tiene como objeto de estudio a la realidad normativa, regulada por el Derecho Positivo; comprende el análisis de las fuentes formales, las instituciones y categorías del Derecho, así como el examen de las corrientes doctrinarias y utiliza el método hermenéutico.

2) Fáctica, empírica o socio-jurídica: Tiene como objeto de estudio a la realidad empírica y comprende el análisis de la interrelación que se da entre la realidad social y la normativa. Tiene como sustento el estudio de la funcionalidad del Derecho en la realidad social.

Desde luego, también destacan otras directrices como la criminológica penitenciaria, la histórico-legal, la axiológica-filosófica, entre otras. En sentido general todas las tendencias modernas reclaman un trabajo en equipo con espíritu, dinámica grupal y una clara visión multidimensional. Héctor, Fix Zamudio, en su libro Metodología, Docencia e Investigación Jurídica, señala: “La investigación del derecho constituye la base indispensable del conocimiento jurídico, ya que para llegar a la construcción dogmática, previamente resulta indispensable un examen directo del ordenamiento jurídico...”

La forma en que el jurista intenta descubrir esa esencia del Derecho es mediante la investigación y con la epistemología jurídica, en donde especula, interpreta y explica los diversos paradigmas del conocimiento jurídico. Por supuesto que no es tarea fácil descubrir su cientificidad propiamente, para eso necesitamos de un método y un paradigma acorde a nuestra materia. La investigación jurídica enfrenta varios problemas de carácter epistemológico. El más grave de ellos es, como diría Norberto Bobbio, “El complejo de inferioridad que tiene el jurista frente a los demás científicos”; a esto agregamos la falta de aportaciones jurídicas de gran trascendencia en la historia de la humanidad, pues no tienen el impacto como aquellas realizadas por la Física, la Química, la Biología o la Psicología. Otra de las dificultades que enfrenta es el relativismo y el escepticismo que tienen los investigadores del derecho respecto a su objeto de conocimiento y la forma de transmitir los conocimientos.

El escepticismo cognoscitivo del Derecho ha sido contundente contra la dogmática jurídica. Las verdades absolutas de ésta como los estudios de la sustancia jurídica en los ámbitos civil, penal...

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