Introducción

AutorFernado Gómez de Lara
Páginas7-13

Page 7

Para la satisfacción de necesidades de carácter colectivo y para el cumplimiento de los fines que persigue el Gobierno Mexicano, se requiere administrar recursos humanos, materiales y financieros que, en su conjunto, constituyen el ejercicio del poder de compra del Estado. De esta manera, y bajo el concepto de la rectoría económica de la Nación1, se permite la coexistencia de los sectores público, privado y social para que, en igualdad de condiciones, puedan concurrir a suministrarle los bienes y servicios de los que ha menester, bajo las mejores condiciones de contratación, en términos de la garantía consagrada en el doctrinariamente conocido como Capítulo Económico de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos2 prevista en el numeral 134.

Ha sido un esfuerzo continuo del Ejecutivo Federal en períodos gubernamentales sucesivos, promover la política de transparencia y combate a la corrupción en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal3. Como estrategia de esta política, se encuentra la modernización de los procedimientos de contratación pública, en mérito de la incorporación de principios que garanticen la imparcialidad, la transparencia , la honestidad, la eficacia y la eficiencia en el manejo de los recursos públicos federales.

Actualmente, como parte de las políticas y acciones de gobierno, con un enfoque transversal, se instruyó a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que los programas respectivos debieran estar enmarcados en un gobierno cercano y moderno, orientado a resultados, que optimice el uso de recursos públicos, utilice las nuevas tecnologías de la información y comunicación e impulse la transparencia y la rendición de cuentas con base en un principio básico plasmado en el artículo 134 de la Constitución: "Los recursos económicos de que disponga la Federación, los estados y municipios, el Distrito Federal y los órganos político-

Page 8

administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados4."

A modo de antecedente, se comenta que los Capítulos de Compras del Sector Público previstos en los Tratados de Libre Comercio de los que México forma parte, la expedición de las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas (LOPSRM) del 4 enero de 2000 y sus respectivos Reglamentos del 20 de agosto de 2001, constituían el marco jurídico de los procedimientos de compras gubernamentales y se consideraban completos. Sin embargo, se había dejado de lado la incorporación de las mejores prácticas comerciales exigidas por el mercado internacional.

Por ese motivo, en el año 2002, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de la Función Pública, promovió una iniciativa de reformas a los ordenamientos mencionados que, tras un largo proceso legislativo de tres años, no carente de factores de orden político y económico, favoreció que finalmente el día 7 de julio de 2005 se publicaran en el Diario Oficial de la Federación las hasta entonces más importantes reformas en la materia.

No obstante, dichas modificaciones, en rigor incompletas, desarticuladas y en no pocos casos hasta contradictorias, permitieron que durante prácticamente cuatro años la materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios gubernamentales tratara de resolver el día a día de los cada vez más numerosos y complejos requerimientos de las instituciones públicas, en un ambiente en el que la sobrerregulación normativa, el exceso de formalismo y un ejercicio implacable y discrecional de control, propiciaron índices de opacidad alarmantes y, sobre todo, un fenómeno de inmovilismo y desencanto entre los servidores públicos que hicieron fértil el campo para el cultivo de prácticas muy poco favorables para un ejercicio eficaz y eficiente de los recursos públicos.

A pesar de los nada deleznables esfuerzos que realizaron las distintas instancias de fiscalización de la Federación, tanto en su ámbito interno, a través de la participación de la Secretaría de la Función Pública, como del externo a la dependencia o entidad , mediante la intervención de la Auditoría Superior de la Federación, el marco normativo existente hacía de las compras gubernamentales una actividad compleja, costosa y poco atractiva para proveedores y prestadores de servicios serios que, en lugar de participar en forma directa en los eventos de contratación convocados por el Estado Mexicano, preferían recurrir a terceros, fuere en calidad de representantes, distribuidores, intermediarios o meros promotores de negocios, a fin de evitar tener un trato directo con el Gobierno y trasladarles a ellos todo el riesgo de las operaciones gubernamentales, con el consecuente costo en perjuicio de las finanzas públicas.

Pero aun así, México se estaba quedando a la zaga del concierto internacional de naciones, ya que al formar parte de los grandes grupos económicos, como la Organización Mundial del

Page 9

Comercio5 (OMC) o la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico6 (OCDE), la disparidad de normas jurídicas en la materia de contrataciones públicas con respecto a las de sus socios con los que tenía suscritos compromisos de libre comercio, o las brechas existentes entre la legislación interna y los documentos estándar de instituciones financieras como el Banco Mundial7 (Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento) o el Banco Interamericano de Desarrollo8 (BID), hacían inaplazable una nueva reforma que no sólo incorporare esas tan mencionadas mejores prácticas9 , sino que auténticamente promovieran cambios de fondo que alentaran nuevos esquemas de contratación, bajo premisas de mayor seguridad y certeza jurídicas, al tiempo que fueran baluartes de la transparencia en la actuación de los funcionarios gubernamentales10.

Aunque a la reforma de 2005 le siguieron otras cuantas meramente formales, en las postrimerías del 2008 se puso de manifiesto la crisis económica mundial, protagonizada por la gran depresión estadounidense que afectó sin precedentes a todos los países sin excepción y, en el caso de México, se reflejó de inmediato en una baja sensible en los ingresos públicos, motivada por el desequilibrio en su balanza comercial. Sin embargo, la inercia positiva de ese año ocasionó que no se sintieran los efectos tan violentamente, pero no bien inició el 2009, con suma urgencia el

Page 10

Ejecutivo Federal se abocó a solucionar el problema que tenía ante sí: una baja en los ingresos petroleros generada tanto por el desplome de los precios internacionales de los hidrocarburos, como por el agotamiento gradual de la producción de los yacimientos sobreexplotados; una disminución grave en la captación de recursos fiscales, motivada por la falta de liquidez de los contribuyentes; y, una inminente recesión que se avecinaba, prometiendo agravar la ya de por sí precaria situación de los mexicanos, por las aceleradas tasas de desempleo y la falta de oportunidades de negocio para las micro, pequeñas y medianas empresas.

Así, bajo la premisa keynesiana de que el ejercicio del gasto público tendría que ser el elemento catalizador de la economía nacional, se volvió la mirada al tema de la contratación pública, como una forma de acelerar inmediatamente la generación de empleos y el rescate de la industria doméstica de bienes y servicios. De este modo, pasó de ser una actividad meramente operativa reservada a las áreas de oficialía mayor o administración de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para convertirse en una verdadera política de Estado.

A estos fines respondió una Iniciativa de Reformas a la LAASSP, a la LOPSRM, a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y al Código Penal Federal, de fecha 24 de marzo de 2009, elaborada en el seno de la Secretaría...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR