Introducción

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas17-20

Page 17

Los encargados del cumplimiento de las obligaciones fiscales de las sociedades y asociaciones civiles dedicadas a la enseñanza (instituciones educativas), se enfrentan a un gran número de interrogantes, respecto del correcto cumplimiento de las obligaciones formales de dichas instituciones, principalmente en cuanto a las contribuciones federales; ya que por ejemplo, para efectos de la LISR, tales instituciones podrán ser contribuyentes o no de dicho impuesto, dependiendo de si cuentan o no, con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, en los términos de la LGE. Además, a partir del 1o. de enero de 2014, para que las instituciones educativas no sean contribuyentes del ISR, deberán ser consideradas como instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la LISR.

Por ello, en este libro se analiza el tratamiento fiscal de las instituciones educativas para efectos de las Leyes de los Impuestos sobre la Renta y al Valor Agregado, así como del Código Fiscal de la Federación, de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y de decretos diversos. Uno de los aspectos más relevantes dentro de este apartado se encuentra en el análisis que se ha realizado de las obligaciones fiscales que deberán cumplir las instituciones educativas, contribuyentes del ISR, además de las que no son contribuyentes de dicho impuesto; la importancia de este análisis se debe a que, en caso de que estas últimas no cumplan adecuadamente con el objeto social por el cual se constituyeron, pudiera darse el caso de que se convirtieran también en contribuyentes del ISR, lo que las llevaría a tributar en dos títulos distintos de la LISR y, en consecuencia, a cumplir con las obligaciones fiscales respectivas.

El 26 de diciembre de 2013, la SHCP dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, el cual entró en vigor el 1 o. de enero de 2014 y continúa vigente para el ejercicio de 2016. El Decreto tiene por objeto agrupar varias medidas y beneficios fiscales, a efecto de que queden establecidos de manera clara y sencilla en un solo instrumento jurídico, y que permita identificarlos fácilmente y mejorar la certidumbre jurídica de los contribuyentes; en este sentido, incluye diversos beneficios y estímulos fiscales vigentes que se han otorgado en años anteriores, organizados por materias, a saber: ISR, IVA y CFF, entre otras. También, otorga nuevos beneficios.

En esta obra se indican los aspectos relevantes de dicho Decreto.

Por otra parte, el 18 de noviembre de 2015 se publicó en el referido diario el Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, el cual, en términos generales, entró en vigor el 1 o. de enero de 2016. En la citada Ley se incluyeron algunos estímulos fiscales que ya estaban contemplados en el mencionado Decreto, publicado en el Diario Oficial de la...

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