Reglamento Interno para el funcionamiento de los Comités Técnicos Estatales

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.- Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades.- Comité Técnico de la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades.

REGLAMENTO INTERNO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES TECNICOS ESTATALES.

El Comité Técnico de la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, con fundamento en los artículos: 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 36 y 42 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; 27 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008; numeral 5.1 de las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2007, 3 y 9 del Decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea la Coordinación Nacional del Programa de Educación, Salud y Alimentación como órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado el 8 de agosto de 1997, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de marzo de 2002 y, Acuerdo 432/26-02-08 adoptado en la Cuadragésima primera sesión ordinaria del Comité Técnico de la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades de fecha 26 de febrero de 2008, aprobó por unanimidad el Reglamento Interno para el Funcionamiento de los Comités Técnicos Estatales de Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, y

CONSIDERANDO

Que los Comités Técnicos Estatales son instancias de coordinación interinstitucional, en donde participan las autoridades federales, estatales y municipales, cuando el caso lo requiera, de los componentes de salud, educación y desarrollo social, así como organismos e instituciones de los sectores social y privado o miembros de la comunidad académica, que por los objetivos y alcances de sus actividades se considere conveniente invitar.

Que los Comités Técnicos Estatales permiten avanzar en la estrategia de consolidación de la operación del Programa, dando un sentido único a la operación de sus componentes, al evaluar y dar seguimiento a su funcionamiento y atención a la problemática que se registra a nivel regional y estatal.

Que facilita el diálogo permanente entre las instancias federales y estatales y, de esta manera, el desarrollo de tareas compartidas y articuladas en un enfoque integral, promoviendo acuerdos para la mejora continua de la operación del Programa.

Que es de interés de la presente administración Federal posicionar a este cuerpo colegiado como un órgano deliberativo y decisorio, orientado a elevar la calidad y propiciar la mejora continua del Programa en los Estados y a la adecuada instrumentación de estrategias orientadas al logro de los objetivos del Programa.

Que para ello, se requiere fortalecer sus facultades y hacer más eficaz su operación, promoviendo una representación institucional de alto nivel y estrechando la comunicación entre esta instancia y la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades.

Que el marco normativo establecido en las Reglas de Operación del Programa ha sido modificado, por lo que se emite un Nuevo Reglamento Interno para el funcionamiento de este órgano colegiado.

Que para un eficiente y eficaz desempeño de las funciones de los Comités Técnicos Estatales, el Comité Técnico de la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades tiene a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO INTERNO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES TECNICOS ESTATALES

  1. DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1 Las disposiciones del presente reglamento tienen por objeto regular la integración, organización y funcionamiento de los Comités Técnicos Estatales del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades.
ARTÍCULO 2 Los Comités Técnicos Estatales, operan con base a este Reglamento Interno y se integran con el fin de establecer la concertación y compromiso de los actores estatales, que participan en el Programa.
ARTÍCULO 3 Los Comités Técnicos Estatales orientan su funcionamiento a la mejora de la calidad en la operación del Programa en cada entidad federativa, promoviendo la mejora continua de los servicios que se prestan a la población beneficiaria del Programa.
ARTÍCULO 4 Los Comités Técnicos Estatales son instancias de coordinación interinstitucional, en donde participan...

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