Las relaciones fiscales intergubernamentales Una aproximación al contexto jurídico de la tributación local en México

AutorGloria María Plascencia de la Torre - Eduardo Méndez Aguilar
CargoDoctorado en Ciencias de la Administración. Maestría en Impuestos. Licenciatura en Contaduría Pública. Universidad de Guadalajara - Maestría en Impuestos. Contador Público. Licenciatura en Administración de Empresas. Universidad de Guadalajara
Páginas107-126
Ciencia Jurídica
Universidad de Guanajuato
División de Derecho, Política y Gobierno
Departamento de Derecho
Año , núm. 
Pp. -
Fecha de recepción: 8 de septiembre 2012
Fecha de aprobación: 9 de noviembre de 2012
LAS RELACIONES FISCALES INTERGUBERNAMENTALES
Una aproximación al contexto jurídico de la tributación local en México
Intergovernmental scal relations
An approach to the legal context of local taxation in Mexico
Gloria María Plascencia de la Torre*
Eduardo Méndez Aguilar**
Sumario:
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Conclusiones. 12. Bibliografía.
Resumen. El estudio p arte de dos premisas: a) la Const itución es la Ley Suprema , que da
origen a la organización d e un Estado, por ser la ex presión más completa de l a soberanía
popular, al denir los órganos y competencia s de que estará dotado en sus diferentes órdenes de
gobierno; y b) en modelos de Estado Fed eral como el mexicano, es indispensabl e que sus órdenes
de gobierno, hagan uso de la p otestad recaudatoria qu e les corresponde , evitando que su
actuación nanciera sólo se limite a l a aplicación del gasto. El artículo, es par te de un proyecto
de investigación sobre haciend a pública municipal, en el que se pond era la importancia de
la corresponsabili dad recaudatoria . Es una investigación documenta l y para su desarrollo se
utiliza el método hipotético- deductivo.
Palabras clave: Constituc ión, Estado Federal, Hac ienda Municipal, Coordinación Fi scal y
Finanzas Públicas .
Abstract. e stu dy is based on two premises: to) the Constit ution is the Supreme Law, which
gives rise to the Organizat ion of a State, for being the most complete e xpression of popular
sovereignty, to identify the bodies and c ompetencies that will be equipped with dierent orders
of Government; and b) in the Mexican Federal State mode ls, it is essential orders of Gove rnment,
to make use of the Mexico powers th eirs and avoiding that its nancial per formance only
be limited to the implementation of expe nditure. e article is par t of a research project on
municipal public nances, which ponde rs the importance of tax coll ection co-respons ibility. A
documentary and devel opment research, the hypothetical-deductive method i s used.
Key words: Constitution, Federal State , Local Finance, Public Finance and Taxation
Coordination.
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* Doctorado en Ciencias de la Ad ministración. Maestr ía en Impuestos. Licenciatura en Contadur ía Pública.
Universidad de Guadalajara.
** Maestría en Impuesto s. Contador Público. Licenci atura en Admin istración de Empresa s. Universidad de
Guadalajara.
CIENCIA JURÍDICA. Departamento de Derecho. División de Derecho Política y Gobierno, Universidad de Guanajuato - Año 1, No. 2, 2012
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Gloria María Plascencia de la Torre y Eduardo Méndez Aguilar
.  
La Constitución es la Ley Suprema, que da origen a la organización de un Estado, es la ex-
presión más completa de la soberanía popular, al denir los órganos y competencias de que
estará dotado en sus diferentes órdenes de gobierno, estableciendo obligaciones y recono-
ciendo los derechos fundamentales de las personas. En ese sentido se expresa, Pacheco al
señalar: “la supremacía constitucional la encontramos a mi criterio en los artículos , ,
, y  de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).” Artículos
que durante el desarrollo del artículo serán comentados recurrentemente.
Es bajo esta premisa, que la investigación inicia con el análisis —en lo conducente— de la
CPEUM, como Ley Suprema y origen de las competencias de gobiernos locales, entre otras
las relacionadas con las nanzas públicas. Para Flores “las nanzas públicas tienen por obje-
to investigar las diversas maneras por cuyo medio el Estado o cualquier otro poder público
se procura las riquezas materiales necesarias para su vida y su funcionamiento y también la
forma en que estas riquezas serán utilizadas.
La exploración de competencias recaudatorias de recursos scales estatal y municipal, y
su necesaria corresponsabilidad con la federación, se presentan como una de las asignaturas
pendientes para la consolidación del sistema scal mexicano, para efecto de la exploración
del modelo, se tomará como ejemplo la legislación scal del Estado de Jalisco, con el n de
ilustrar la regulación que los congresos locales realizan en materia hacendaria. Doctrinal-
mente por materia scal se entiende “todo lo relativo a los ingresos del Estado provenientes
de las contribuciones y a las relaciones entre el propio Estado y los particulares, considera-
dos en su calidad de contribuyentes.
Margáin por su parte señala: “materia scal es el conjunto de disposiciones legales y de
principios de derecho público que regulan la actividad jurídica del sco. En n, son muchas
y muy variadas las deniciones que la doctrina en México genera sobre el tema sin que
exista total coincidencia en ellas. En la reexión sobre la legislación de los tres órdenes de
gobierno, se considerarán los cuatro elementos de la hacienda pública -ingreso, gasto, deuda
y patrimonio-. Para De la Garzahacienda pública es: “toda la vida económica de los entes
públicos y en sentido estricto hace mención de los ingresos, pertenecientes y gastos de las
entidades públicas.
Como una primera aproximación a las limitaciones jurídicas de la hacienda municipal, es
pertinente reconocer que bajo ninguna circunstancia, el municipio puede crear diretamente
 En relación con las obl igaciones, Faya señala: los habitantes de un a nación, en ciertas circunsta ncias, están
obligados al pago de dete rminados impuest os, sin que los ciudada nos puedan exigir una contraprest ación
directa de parte del Estado.
* Maestría en Impues tos, Contador Público, Lic enciatura en Admi nistración de E mpresas, Universidad de
Guadalajara.
** Doctorado en Ciencias de la Ad ministración, Maestrí a en Impuestos, Licenciatura en Contadur ía Pública,
Universidad de Guadalajara.
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