Integración al SBC de prestaciones superiores a las de la ley, otorgadas a los trabajadores en la temporada decembrina. Marco teórico

Páginas10-16
Integración al SBC de prestaciones superiores a
las de la ley, otorgadas a los trabajadores en
la temporada decembrina
Marco teórico
Introducción
Durante la pasada temporada decembrina algunos patrones otorgaron a sus trabajadores prestaciones superiores
a las de la ley, tales como bonos de fin de año, vales de despensa, aguinaldo superior a lo establecido en la LFT o
gratificaciones por productividad. Estos pagos adicionales tienen el carácter de salario variable, debido a que por su
naturaleza no pueden ser previamente conocidos, pues es decisión del patrón entregarlos o no. Brindar este tipo de
prestaciones genera satisfacción entre los trabajadores y compromiso hacia la empresa; sin embargo, el patrón no
debe olvidar que estas percepciones forman parte del salario base de cotización (SBC), en el que se fundamenta el
cálculo, retención y entero de las cuotas obrero-patronales al IMSS y aportaciones al Infonavit.
Por ello, los patrones que durante la temporada decembrina hayan otorgado a los trabajadores pagos adicionales,
deberán presentar al instituto la modificación salarial correspondiente donde se reflejen estas percepciones durante
los primeros cinco días hábiles de enero, es decir, a más tardar el 8 de enero de 2020.
Dada la importancia de la integración de las prestaciones adicionales otorgadas durante la temporada decembrina
al salario que se reporta al IMSS, comentamos las disposiciones que establece la LSS en la integración del SBC a
fin de que los patrones determinen correctamente las cuotas obrero-patronales al IMSS y aportaciones al Infonavit.
Taller de prácticas
SEGURIDAD
SOCIAL
C10
1a. quincena
enero 2020
Taller SS_887.indd 10Taller SS_887.indd 10 16/12/19 17:4716/12/19 17:47

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR