Instituto tlaxcalteca para la educación de los adultos. Código de conducta

Fecha de publicación27 Enero 2021
Número de Gaceta4-5ª SECC
2 3 y 10 fracciones IV del Reglamento Interior del Instituto Tlaxcalteca para la Educación de los Adultos;18 fracción VI de los Lineamientos Generales de Control Interno y sus Normas de Aplicación para la Administración Pública Estatal y de acuerdo al Plan Estatal de Desarrollo 2017 – 2021, tengo a bien expedir el Código de Conducta de las y los Servidores Públicos del Instituto Tlaxcalteca para la Educación de los Adultos, al tenor de la siguiente I. Exposición de motivos

El Instituto Tlaxcalteca para la Educación de los Adultos tiene como labor principal combatir el rezago educativo que existe en nuestro Estado para lograr una mejor forma de vida para las personas jóvenes y adultas así como proporcionarles la oportunidad de empezar y/o concluir su primaria y secundaria, para poder generar nuevas oportunidades para ellos mismos, sus familias y la sociedad. Todas las personas que trabajan dentro del Instituto Tlaxcalteca para la Educación de los Adultos tienen un deber ético, es decir, las y los servidores públicos garantizarán un servicio de calidad. Por tal motivo, es necesario revisar la forma en la cual actuamos diariamente ya que debe estar apegada al cumplimiento de la normatividad vigente, tomando en consideración el acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, No. Extraordinario del día 3 de Mayo de 1999, que establece las bases generales del Código de Ética Administrativa, a las que deben sujetarse los servidores públicos del Gobierno del Estado de Tlaxcala en materia de austeridad, racionalidad, eficiencia, eficacia, honestidad, legalidad honradez, lealtad, e imparcialidad.

Así mismo, el Instituto, establece la elaboración del Código Conducta de las y los servidores públicos del Instituto Tlaxcalteca para la Educación de los Adultos, el cual determina de forma muy clara los principios y formas de actuación que rigen nuestro desempeño diario, sin embargo, no reemplaza las leyes o reglamentos existentes, sino que tiende a fortalecerlos y, por consiguiente, nos ayudará a tener presente en nuestros actos diarios la misión y la visión que el Instituto se ha propuesto.

Por último, exhortamos a las y los servidores públicos del Instituto Tlaxcalteca para la Educación de los Adultos a cumplir día a día el Código de Conducta, así como el de Ética de los servidores públicos del Gobierno Estatal, con el firme propósito de fortalecer las actitudes que debemos tener en todo momento, a fin de coadyuvar a lograr los objetivos institucionales.

II. Principios o valores éticos.

El presente código constituye un conjunto de valores éticos y conducta profesional, que deberán observar las y los servidores públicos del Instituto Tlaxcalteca para la Educación de los Adultos en el desempeño de sus cargos o comisiones los cuales se consideran base fundamental de su actuar siendo los siguientes:

1. Austeridad. Característica que denota que como servidores públicos deben utilizar adecuada y moderadamente los recursos humanos, materiales y financieros conforme a las disposiciones aplicables.

2. Racionalidad. Como servidores públicos se debe implementar el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina.

3. Eficiencia. El desempeño debe ser orientado en todo momento al logro de resultados, a la excelencia y calidad total en sus trabajos, en apego a los planes y programas previamente establecidos, a fin de alcanzar las metas institucionales, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación.

4. Eficacia. Todo servidor público debe tomar en cuenta este principio el cual debe regir a la actividad administrativa de manera uniforme y permanente. Por otra parte, el presente Código hace de aplicación obligada a las y los servidores públicos, el uso de los recursos a su alcance, a los fines de la mejor prestación del servicio público. De igual manera, debe estar abierto a ser capacitado para el logro de mejores resultados.

5. Honestidad. El personal debe conducirse en todo momento de manera recta y honesta, procurando satisfacer el interés general, desechando todo provecho o ventaja personal, por lo que no deberán buscar o aceptar compensaciones o prestaciones de cualquier persona u organización que puedan comprometer su desempeño, absteniéndose de conductas que puedan afectar la imagen del Instituto.

6. Legalidad. Las acciones en el desempeño de sus funciones las realizará con estricto apego al marco jurídico, y al estado de derecho, evitando que las interpretaciones afecten el ejercicio de las instituciones públicas o a los intereses de la sociedad. Cuando un acto se haya iniciado, o esté cometiéndose al margen de la ley, el personal tiene la obligación de denunciarlo según sea el caso.

7. Honradez. Es la actitud que como servidores públicos deben de cumplir con rectitud e integridad para las actividades encomendadas a nuestra función, sin buscar obtener provecho o ventaja personal o a favor de terceros, y sin perjudicar al Instituto Tlaxcalteca para la Educación de los Adultos.

8. Lealtad. El personal debe mostrar lealtad en todo momento al Instituto Tlaxcalteca para la Educación de los Adultos del cual forma parte, tener compromiso con sus principios, valores y objetivos, adoptándolos como propios dentro y fuera del mismo Instituto, tener un buen desempeño en su cargo con decisión, en cumplimiento de las labores que le han sido encomendadas.

9. Imparcialidad. Las y los servidores públicos deben realizar acciones sin otorgar privilegios indebidos a organizaciones o personas, sin prejuicios e influyentísmo de ningún tipo en la toma de decisiones, deben conocer y aplicar el presente Código de Conducta contribuyendo al fortalecimiento legal y transparente del actuar diario de sus integrantes a través de la ejecución, transparencia y responsabilidad del servidor.

III. Código de conducta.

El presente Código de Conducta ofrece un conjunto de normas tendientes a reforzar la actuación de las y los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones; el apego y respeto a las leyes y a los valores inscritos en el Código de Conducta del Instituto Tlaxcalteca para la...

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