Instituto Federal de Telecomunicaciones

AutorInstituto Mexicano de Estrategia
Páginas625-630

(Artículos , y 28 constitucionales)

Concepto

De acuerdo con el artículo 28 constitucional el Instituto Federal de Telecomunicaciones es un órgano autónomo, con personalidad jurídica propia, que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en la propia Constitución y en los términos que fijen sus leyes reglamentarias.

Tendrá a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación de las siguientes actividades:

* El espectro radioeléctrico.

* Las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión.

* Las redes y los servicios de telecomunicaciones.

* El acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales de las telecomunicaciones.

Igualmente, este organismo deberá garantizar lo siguiente:

* Integrar a la población a la sociedad de la información y el conocimiento, mediante una política de inclusión digital universal.

* La prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, continuidad, acceso libre y sin injerencias arbitrarias.

* La prestación del servicio público de radiodifusión en condiciones de competencia y calidad, para que se eleve la cultura de toda la población; preservando la pluralidad y la veracidad de la información, así como el fomento de los valores de la identidad nacional, contribuyendo a los fines educativos establecidos en el texto constitucional.

* Preservar la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se podrá restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.

* Prohibir la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa. Se deberán establecer las condiciones que deben regir los contenidos y la contratación de los servicios para su transmisión al público, incluidas aquellas relativas a la responsabilidad de los concesionarios respecto de la información transmitida por cuenta de terceros, sin afectar la libertad de expresión y de difusión.

* Las concesiones del espectro radioeléctrico serán otorgadas mediante licitación pública, a fin de asegurar la máxima concurrencia...

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