Deducción inmediata de inversiones (con base en el Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal en materia de deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo)

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas82-90
Deducción inmediata de inversiones
(Con base en el Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal
en materia de deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo)
Concepto
Es la de duc ción op ta ti va que con base en el De cre to por el que se otor ga un es mu lo fis -
cal en ma te ria de de duc ción in me dia ta de bie nes nue vos de ac ti vo fijo (DOF 20/VI/2003),
los con tri bu yen tes del Tí tu lo II y del Ca tu lo II del Tí tu lo IV de la LISR pue den efec tuar, en
el ejer ci cio en el que se efec túe la in ver sión de los bie nes nue vos de ac ti vo fijo, en el que
se ini cie su uti li za ción o en el ejer ci cio si guien te; el mon to de la de duc ción se ob ten drá
apli can do al mon to ori gi nal de la in ver sión ac tua li za do, los por cien tos es ta ble ci dos en
di cho De cre to, en lu gar de los con te ni dos en el ar tícu lo 220 de la LISR.
Los con tri bu yen tes que rea li cen in ver sio nes en bie nes nue vos de ac ti vo fijo, po drán
efec tuar to tal men te la de duc ción in me dia ta en el ejer ci cio que co rres pon da en los tér -
mi nos del de cre to, siem pre que se cum plan los de más re qui si tos y li mi ta cio nes pre vis -
tos en los ar tícu los 220 y 221 de la LISR.
Determinación
1. Fór mu las para su ob ten ción
1o.
INPC del último mes de la primera mitad
del periodo comprendido desde que se
efectuó la inversión y hasta el cierre del
ejerciciode que se trate
INPC del mes en que se
adqu
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irió el bien
Factor
de
actualización
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82 Guía práctica fiscal...

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