Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 343 bis, en su tercer párrafo y 343 ter, ambos del Código Penal Federal

Fecha de registro13 Marzo 2007
EstatusPendiente
Autor de la iniciativaEjecutivo Federal (-)
AutorEjecutivo Federal
Tipo de proyectoModificaciones a leyes existentes
Poder Ejecutivo Federal
Iniciativas

SUBSECRETARIA DE ENLACE LEGISLATIVO

Oficio No. SEL/300/1123/07

México, D.F., 9 de marzo de 2007.

CC. Secretarios de la Cámara de Senadores

del H. Congreso de la Unión

P r e s e n t e s

Para los efectos constitucionales y por instrucciones del C. Presidente de la República, con el presente envío a ustedes Iniciativa de DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 343 BIS, EN SU TERCER PÁRRAFO, Y 343 TER, AMBOS DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, documento que el propio Primer Magistrado de la Nación propone por el digno conducto de ustedes.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

A T E N T A M E N T E

ARMANDO SALINAS TORRE

Subsecretario

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

C. PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE SENADORES

DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN,

Presente.

La violencia en todas sus manifestaciones es un fenómeno que agravia a todos y cada uno de nosotros y, en general, a la sociedad en su conjunto. Por ello, un compromiso ineludible del Gobierno de la República es dar una prioridad efectiva a la promoción de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, pero fundamentalmente a reforzar la lucha para prevenir, sancionar y erradicar todo tipo de violencia que se ejerza en contra de la mujer.

En apego al mandato de la Constitución, a los tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano y a los diversos ordenamientos legales que tienden a garantizar la igualdad de género y a combatir este delito, el Ejecutivo Federal a mi cargo considera necesario apuntalar ciertos aspectos de nuestra legislación penal federal, a efecto de disuadir una de las formas de violencia que más lastiman a los hogares mexicanos: la violencia familiar.

Si bien todas las manifestaciones de violencia son condenables y deben ser sancionadas con firmeza, la violencia que se ejerce en el seno del hogar lastima de manera particular, al vulnerar uno de los pilares de cualquier civilización.

En la actualidad, la legislación penal en vigor ya contempla como conducta delictiva el uso de la fuerza física o moral, así como la omisión grave, que de manera reiterada se ejerce en contra de un miembro de la familia por otro integrante de la misma, contra su integridad física, psíquica, o ambas. Ello, independientemente de que lleguen a producirse lesiones.

También es de señalarse que el propio Código Penal ha recogido un concepto mucho más amplio de familia, para brindar una protección efectiva a todos aquéllos que comparten un mismo...

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