Iniciativa del Poder Ejecutivo de Nayarit, 25-11-2019
Fecha | 25 Noviembre 2019 |
Etapa | Primero Ordinario |
Legislatura | XXXII Legislatura |
Autor de la iniciativa | Dip. Manuel Ramón Salcedo Osuna |
Etapa | Comisiones Unidas: Asuntos Indígenas;Participación Ciudadana. |
Presidente de la Comisión Esp ial
Parlamento Infantil y Juvenil
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PODER LEGISLATIVO
NAYARIT
XXXII LEGISLATURA
PRESIDENCIA DE LA MESA DIRECTIVA
DE LA H. ASAMBLEA LEGISLATIVA
RESENTE
CONGRESO Ott. ESTADO OE NAYARIT
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El que suscribe
Diputado Manuel Ramón Salcedo Osuna,
integrante del Grupo
Parlamentario del Partido Movimiento de Regeneración Nacional de esta Trigésima
Segunda Legislatura- del-
H.
Congreso del Estado de Nayarit, en uso de las
facultades que me confiere el artículo 49 fracción I de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Nayarit; me permito presentar ante esta Honorable
Asamblea Legislativa, Iniciativa con proyecto de Ley de Consulta Indígena para el
Estado y sus Municipios del Estado de Nayarit, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El contenido del Artículo 2 apartado B fracción II de la Constitución Federal, de
manera lacónica señala que para abatir las carencias y rezagos que afectan a los
pueblosy comunidades indígenas, se tienen la obligación de
Garantizar e incrementar
los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la
alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la
educación media superior y superior. Establecer un sistema de becas para los estudiantes
indígenas en todos los niveles. Definir y desarrollar programas educativos de contenido
regional que reconozcan la herencia cultural de sus pueblos, de ~lerdo con las leyes de la
materia
y
en consulta con las comunidades indígenas. Impulsar el respeto y conocimiento
de las diversas culturas existentes en la nación.
De igual manera, la fracción IX del mismo artículo constitucional, menciona
"Consultara los pueblos indígenas en la elaboración de/Plan Nacional de Desarrollo
y de los planes de las entidades federativas, de los Municipios y, cuando proceda,
Tel. 215-25-00 Ext. 136
Av. México No. 38 Nte. Tepic, Nayarit, México
E-Mail. dip.manuelsalcedo@congresonayarit.mx
www.congresonayarit.mx
PRESIDENCIA DE LA MESA DIRECTIVA
DE LA H. ASAMBLEA LEGISLATIVA
PRESENTE
El que suscribe
Diputado Manuel Ramón Salcedo Osuna,
integrante del Grupo
Parlamentario del Partido Movimiento de itegeneración Nacional de esta Trigésima
Segunda Legislatura del H. Congreso del Estado de Nayarit, en uso de las
facultades que me confiere el artículo 49 fracción
Estado Libre y Soberano de Nayarit; me permito presentar ante esta Honorable
Asamblea Legislativa, Iniciativa con proyecto de Ley de Consulta Indígena para el
Estado y sus Municipios del Estado de Nayarit, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El contenido del Artículo 2 apartado B fracción II de la Constitución Federal, de
manera lacónica señala que para abatir las carencias y rezagos que afectan a los
pu eblos y comunidades indígenas, se tienen la obligación de
Garantizare incrementar
los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la
alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la
-
educación media superior y superior. Establecer un sistema de becas para los estudiantes
indígenas en todos los niveles. Definir y desarrollar programas educativos de contenido
regional que reconozcan la herencia' cultural de sus pueblos, de acuerdo con las leyes de la
materia y en consulta con las comunidades indígenas. Impulsar el respeto y conocimiento
de las diversas culturas existentes en la nación.
De igual manera, la fracción IX del mismo artículo constitucional, menciona
"Consultara los pueblos indígenas en la elaboración de/Plan Nacional de Desarrollo
y de los planes de las entidades federativas, de los Municipios y, cuando proceda,
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