Iniciativa parlamentaria que reforma el párrafo primero del artículo 7 de la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado., de 27 de Mayo de 2009

QUE REFORMA EL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 7 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y DE FOMENTO A LA COMPETENCIA EN EL CRÉDITO GARANTIZADO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO FIDEL ANTUÑA BATISTA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 27 DE MAYO DE 2009

Los suscritos, diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II; y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permiten presentar para su análisis y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo primero del artículo 7 de la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Primero. La presente iniciativa tiene por objeto coadyuvar al fortalecimiento de las estrategias que, en materia de política económica, ha establecido el Estado para alcanzar mayor crecimiento, competencia económica y condiciones favorables de productividad,, a fin de garantizar acciones tendientes a elevar los niveles de empleo y de oportunidades, con el aprovechamiento de las capacidades humanas altamente calificadas; asimismo, contribuir al bienestar y al desarrollo social, orientando acciones legislativas que permitan transparentar la actuación de los profesionales públicos y privados en la actividad económica, haciendo más eficiente y organizado el marco jurídico que acceda a un clima de legalidad, en la que la sociedad advierta inminentemente un estado de derecho eficaz y que brinde mayor certidumbre jurídica para el disfrute de una vida y patrimonio seguros.

Para ello se tiene en cuenta que:

  1. El progreso es el objetivo esencial de la actividad humana, que proseguido en sus diversas formas: material, intelectual y moral, de manera paralela permiten al ámbito social acceder al desarrollo y al equilibrio que hacen de él un todo armonioso. Para que esto sea posible, es necesario contar con un marco jurídico moderno, suficiente, claro y sencillo que norme de manera efectiva la administración del país en sus sentidos económico, social, cultural y urbano, a efecto de combatir la arbitrariedad, la corrupción y la impunidad, y que al mismo tiempo amplíe espacios de escrutinio social.

  2. La actividad económica y profesional son la base para promover y mantener la prosperidad, así como el bienestar económico y social de sus habitantes, por lo que dependen de la capacidad de generar mayor producción siendo más eficientes, con costos disminuidos y calidad creciente, para así hacer que los productos y servicios sean más atractivos; es decir, depende de la competitividad para aumentar la rentabilidad y generar ingresos crecientes en un ambiente institucional, transparente y macroeconómico estable, que transmita confianza, atraiga capitales humanos, materiales y tecnológicos que transformen el contexto nacional del desarrollo a una economía sostenible y atrayente.

  3. La competitividad genera condiciones que aseguran un clima de negocios favorable; por tanto, la regulación de las actividades y sus actores, tales como empresas, dependencias públicas y privadas, organismos no gubernamentales, profesionales independientes, etcétera; implica fortalecer el ámbito mercantil y crediticio, con instrumentos jurídicos que legitimen la acción de dichos actores, siendo más precisos, congruentes, expeditos y eficaces de tal forma que el estado de observancia a lo dispuesto en los párrafos segundo, tercero y octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dicen: Artículo 25. ...

    El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará a cabo la regulación y fomento de las actividades que demanden el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución.

    Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la nación.

    ...

    ...

    ...

    ... La ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y proveerá las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional, en los términos que establece esta Constitución."

    En este tenor, el Estado, al ser el garante de las mejores condiciones económicas para el país, debe mantener entre sus premisas adecuar el marco legal que regule las actividades económicas, toda vez que su diversificación ha adquirido nuevas tendencias para lograr un desarrollo económico integrado y acelerado de la nación; lo anterior para que le permita ejercer diversas funciones y acciones públicas encaminadas a la realización de sus intereses económicos y prestar los servicios públicos que satisfagan las necesidades generales del Estado y su población.

    Segundo. Dado que la actividad financiera es una de las actividades de mayor relevancia para el Estado en cuanto al sector económico, su objeto se encuentra orientado a procurarle los medios necesarios para los gastos públicos destinados a la satisfacción de las necesidades públicas y en general la realización de sus propios fines.

    Sin embargo, orientar acciones que satisfagan las necesidades de la sociedad, significa para el Estado dilucidar respecto a ¿cuáles son éstas necesidades, cómo satisfacerlas y la prioridad con que las atenderá?, ya que en una economía moderna se requieren agentes económicos que dispongan de mecanismos como los financieros (los créditos), que le permitan desarrollar actividades comerciales e industriales.

    No obstante, estos mecanismos deben garantizar estabilidad, solidez y rendimientos futuros que al ser aplicados de manera provechosa con políticas económicas que promuevan un crédito que aumente el capital disponible, reduzca el costo, fomente la inversión, incremente la producción, el empleo, el producto interno bruto y consecuentemente impulse nuevas y más variadas fuentes de financiamiento.

    Este escenario conlleva centrar nuestra atención en un sector que es prioridad para el Estado y que de conformidad con el párrafo quinto del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tiene por objeto cuidar, en virtud de que el crecimiento poblacional se ha visto superado al transcurso de las últimas cinco décadas en un 200 por ciento, al sector vivienda.

    Un mecanismo que responde a esta demanda y a su vez permite al Estado obtener ingresos, manejar y gestionar un conjunto variadísimo de erogaciones para el sostenimiento de las funciones públicas, prestar los servicios públicos y llevar a cabo otros de importancia general para el Estado, son los créditos que otorgan las entidades con garantía real (garantía basada en bienes tangibles que responderán a...

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