Iniciativa parlamentaria que reforma la fracción I del artículo 26 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de acogimiento familiar., de 28 de Enero de 2020

Que reforma la fracción I del artículo 26 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por la diputada Janet Melanie Murillo Chávez, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Janet Melanie Murillo Chávez, diputada federal del Grupo Parlamentario de Acción Nacional e integrante de la LXIV Legislatura, en el ejercicio de la facultad que conferida por los artículos 71, fracción II, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, pone a consideración de esta Comisión Permanente la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 26 de la Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

El primer consenso internacional a favor de los derechos de las niñas y niños, se dio en 1959 donde la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración de los Derechos del Niño.

En esta Declaración se resalta un gran avance donde prevalece la idea que los niños necesitan protección y cuidados especiales. 1

Para el año de 1989, la Convención de los Derechos de la Infancia, aprobada por la Asamblea General de la ONU completa y matiza los principios establecidos en la Convención antes mencionada donde los Estados se comprometen a: • Satisfacer las necesidades básicas de la infancia, proporcionando a los niños atención sanitaria, educación y formación, seguridad social, oportunidades de juego, recreo • Proteger a los niños contra toda forma de crueldad y explotación, maltrato y abandono, tortura, pena de muerte, consumo y tráfico de drogas, explotación laboral y sexual. • Ayudar a las familias, respetando sus responsabilidades y sus derechos, y creando servicios de atención a la infancia para que atiendan convenientemente las necesidades de los hijos. • Dedicar una atención especial a los niños particularmente vulnerables, como los niños víctimas de malos tratos, abandonos y niños sin familia. • Permitir al niño expresar su opinión en los asuntos que le conciernen, profesar su religión y todo ello en función de su edad y madurez. 2

De tal forma que su bienestar y protección integral deberá fortalecerse dentro del núcleo familiar donde podrán desarrollarse en un ambiente apto para un crecimiento adecuado que permitirá formar en un futuro, adultos emocionalmente estables.

La realidad en México es que lo anterior resulta complicado debido a que, aunque se desconoce la cifra oficial, se tiene en consideración que son cerca de 30 mil niñas, niños y adolescentes los que no gozan de esta protección y permanecen institucionalizados en espera de encontrar una familia que los acoja.

Actualmente la figura de acogimiento familiar es una respuesta a lo anterior, y aunque en México aún falta mucho por hacer, se ha comenzado a trabajar en distintos estados permitiendo demostrar que el acogimiento familiar puede...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR