Iniciativa parlamentaria que reforma la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para reducir gravámenes en los gastos del tratamiento de enfermedades crónicas no transmisibles., de 7 de Agosto de 2019

Con proyecto de decreto, por el que se reforma la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para reducir gravámenes en los gastos del tratamiento de enfermedades crónicas no transmisibles, recibida del Congreso de Hidalgo en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 7 de agosto de 2019 Pachuca de Soto, Hidalgo, 4 de julio de 2019. Diputado Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

En cumplimiento al artículo primero transitorio del acuerdo suscrito por las diputadas y diputados integrantes de la Sexagésima Cuarta Legislatura, anexo al presente copias certificadas del acuerdo mediante el cual se formula iniciativa de decreto ante la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a fin de reformar la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, emitido el 25 de junio del presente año, aprobado en sesión ordinaria celebrada el día de hoy y de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para reducir impuestos en los gastos del tratamiento de enfermedades crónicas no transmisibles, realizados por personas físicas, presentada por la diputada María Luisa Pérez Perusquía, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, para los efectos que procedan, conforme a la ley aplicable.

Sin otro particular por el momento, le reitero las seguridades de mi consideración distinguida. Atentamente Maestro Abel Luis Roque López (rúbrica) Secretario de Servicios Legislativos del Congreso del Estado

Decreto que reforma la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta I. Los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes, gastos hospitalarios, así como medicamentos, análisis clínicos y tratamientos médicos para el control de enfermedades crónicas no trasmisibles efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR