Iniciativa parlamentaria que reforma la fracción III del artículo 61 de la Ley General de Salud, para hacer obligatoria la prueba de tamiz auditivo neonatal, antes de que el menor cumpla tres meses de edad., de 31 de Julio de 2019

Que reforma la fracción III del artículo 61 de la Ley General de Salud, recibida de la diputada Ana Priscila González García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 31 de julio de 2019

La que suscribe, Ana Priscila González García, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, y con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la Comisión Permanente, la presente iniciativa con proyecto de decreto, al tenor de la siguiente: Exposición de Motivos

Se llama defecto de audición a la incapacidad de oír tan bien como una persona cuyo sentido del oído es normal. Las personas aquejadas por este problema pueden ser duras de oído o sordas. Si la persona no oye nada en absoluto, lo que padece es sordera. 1

Cuando hablamos de este tipo de discapacidad, podemos encontrar que existen diferentes niveles de perdida en el sentido auditivo, el de tipo severo se denomina hipoacusia y que de acuerdo con “la Organización Mundial de la Salud define como hipoacusia a la perdida de la audición en uno o ambos oídos”, 2 pasando desde la hipoacusia leve hasta la hipoacusia profunda, estas representan perdidas auditivas que van desde los 20 hasta los 95 decibeles, medida utilizada para determinar la intensidad de los sonidos que podemos percibir los seres humanos. “De acuerdo a los datos del Instituto Nacional de Geografía e Informática publicados en el año de 2010 en México existen 498 mil 640 personas con alguna discapacidad auditiva, de estos el 12.1 por ciento presenta algún tipo de limitación.” 3 Y de acuerdo con la Secretaría de Salud se “reportó una prevalencia de hipoacusia pediátrica de 1.4 por cada mil nacimientos.”

Existen una serie de factores de riesgo que pueden provocar que al nacer presentemos hipoacusia entre las que destacan: -Antecedentes familiares de hipoacusia -Infecciones de la madre durante el embarazo -Anomalías congénitas -Prematuros -Bajo peso -Medicación ototóxica a la madre -Meningitis bacteriana 4

Datos de la fundación Salud Carlos Slim señalan que “la hipoacusia ha demostrado ser el defecto congénito más frecuente entre la población infantil, superando al síndrome de Down y la parálisis cerebral, con una prevalencia confirmada de 1 a 3 por cada mil nacimientos en el ámbito internacional”.

El tamiz o examen auditivo neonatal es un estudio seguro y rápido que se realiza en todo el mundo, el cual permite detectar o descartar algún problema de sordera, ya que permite valorar la calidad de la audición.

Debemos considerar la importancia de diagnosticar a los...

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