Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer el derecho del Estado a decretar medidas de carácter extraordinario, urgente y de forma temporal que permitan establecer orden y recuperación del medio ambiente., de 28 de Abril de 2020
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del PT
La suscrita, Ana Laura Bernal Camarena, diputada de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y en los artículos 3, numeral 1, fracción IX; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de la soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el párrafo quinto del artículo 4o. constitucional, con base en los antecedentes, derecho y argumentos siguientes Antecedentes
El deterioro ambiental y las amenazas naturales que implica el cambio climático, ponen a México a merced de daños ambientales, donde intervienen actividades provocadas por el hombre y su búsqueda de recursos energéticos, minerales o la expansión de vivienda.
La deforestación que se observa y que avanza en varias regiones del país, nos obliga a proteger los hábitats y sus especies, para conservar la flora y fauna, actualizando las zonas con biodiversidad que son primordiales y que requieren un adecuado manejo y protección.
Son las acciones del pueblo, las comunitarias, las que deben hacer la diferencia, para que la transformación se vea reflejada en conjunción de esfuerzos del Estado y pueblo, a fin de limitar el impacto ambiental, conteniendo los daños ambientales y revirtiéndolos.
El Estado tiene definida su política energética y proyectos clave que potenciarán económica, turística y socialmente a México. Hoy todos debemos aportar para que las afectaciones por cambios de uso de suelo en bosques y selvas del país que se realizaron para fines agrícolas y ganaderos, se revierta.
Si se inspecciona, analizando física y operativamente cada cambio de uso de suelo, se podrá resolver que dichos cambios de uso de suelo, son en más del 90 por ciento ilegales, lo que debe tener una acción del Estado no con un fin eminentemente recaudatorio, pero si sancionador, para corregir al actuar social, otorgando respuestas diversas que sean amigables con el medio ambiente.
Es decir que debe observarse el potencial que tiene cada región con su medio ambiente, la que puede obtener diferentes fuentes de recursos económicos, sin llegar a lastimar el entorno.
En...
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