Iniciativa parlamentaria que reforma diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; y Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, en materia de regulación de los ácidos relacionados con los ataques a mujeres., de 20 de Febrero de 2020

Que reforma diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; y Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, en materia de regulación de los ácidos relacionados con los ataques a mujeres, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, diputado coordinador Arturo Escobar y Vega, diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXIV Legislatura así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña y Érika Mariana Rosas Uribe, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracción 1, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Salud, y de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y o comprimidos al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

De acuerdo con ONU Mujeres, la violencia contra las mujeres y niñas es el uso deliberado del poder o la fuerza física, con la intención real o amenaza de usarlas, contra sí mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas posibilidades de causar la muerte, lesiones, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones. 1

Es, por consecuencia, una grave violación a sus derechos humanos con secuelas físicas, sexuales, psicológicas e incluso mortales para las víctimas que además de afectar el bienestar de las mujeres que la padecen, también impacta negativamente a sus familias, comunidades y países.

Desafortunadamente, México ha sufrido en los años recientes un incremento en la violencia hacia mujeres y niñas por razón género y se ha encontrado que los factores que vulneran la integridad y la seguridad de las mujeres son diversos, y los mismos se pueden presentar en diferentes ámbitos en los que se desarrollan como el escolar, familiar, laboral o en el entorno en donde viven.

Si bien ninguna mujer está exenta de sufrir violencia a manos de un desconocido o en zonas públicas, con mayor frecuencia este tipo de agresiones surgen en el hogar, los victimarios por lo general forman parte del círculo cercano de las víctimas, pudiendo ser amigos, hermanos, primos, padres y principalmente sus parejas sentimentales.

Cuando se habla de este tipo de violencia la expresión más grande se traduce en el feminicidio, no obstante, no todas las agresiones físicas cometidas en contra de las mujeres por motivo de su género, son con la intención de privarlas de la vida ni tampoco resultan en su muerte, algunas tienen como propósito producir un daño o alteración en el físico y la salud de la víctima causándole secuelas físicas y psicológicas permanentes.

Bajo ese contexto, reconociendo este dato fenomenológico, en diciembre de 2019 se aprobó por el pleno de la Cámara de Diputados el Dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se adicionan el capítulo I Bis, “Lesiones cometidas contra la mujer en razón de su género”, y los artículos 301 Bis y 301 Ter al título decimonoveno del Código Penal Federal.

Con estas adiciones se busca reconocer y castigar la existencia de las lesiones por razón de género, estableciendo una pena que va de entre diez y quince años de prisión a quien infiera alteración en la salud o daño, producido por causa externa, que deje huella material en el cuerpo de una mujer, incrementándose las penas si el autor del delito es su pareja sentimental y si de la agresión resulta una enfermedad incurable, la inutilización permanente o la pérdida de cualquier órgano, extremidad o función orgánica.

En los términos en que fue planteada y aprobada la reforma por la Cámara de Diputados, se dio un gran paso para poder encuadrar aquellos eventos que han generado deformidad física en varias víctimas a causa de ataques cometidos con diversos tipos de ácidos, álcalis o sustancias corrosivas que han generado daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano.

De acuerdo con la asociación Acid Surviviors Trust International cada año, se registran unos mil 500 ataques con ácido en el mundo y la mayoría ocurre en países en vías de desarrollo, sin que estén exentos los países de primer mundo.

Las cifras indican que es un fenómeno global y que lejos de disminuir ha ido en aumento, presentándose en países de distintos contextos políticos y económicos.

Como ejemplo, esta asociación internacional señala los siguientes datos: Colombia. Tiene aproximadamente 100 ataques reportados por año, con una población de alrededor de 48 millones de habitantes lo que lo convierte en uno de los países con uno de los índices más altos per cápita. Reino Unido. En 2016, tan solo en Londres, las sustancias corrosivas fueron usadas en al menos 454 crímenes. Italia. En años recientes Italia ha visto un incremento en este tipo de ataques, en 2016 se registraron 27 casos cuando en 2013 se tuvo conocimiento de 8. La mayoría de las víctimas eran mujeres. Uganda. Entre el año 1985 y 2011 se tiene registro de 382 casos por ataque de ácidos hacia mujeres 2 .

Estas cifras resultan relevantes para generar un estado de alerta, en razón de que en los últimos años se han presentado en México...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR