Iniciativa parlamentaria que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en materia de paridad de género., de 10 de Septiembre de 2019

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo de la diputada Raquel Bonilla Herrera, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe diputada Raquel Bonilla Herrera, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción I del numeral 1 del artículo 6 y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2, 12, 15, los párrafos primero y segundo del artículo 20, 23, 28, 33, 41 Bis, párrafo primero del artículo 56, 69, párrafo primero del artículo 73, 93, 105, párrafo primero del artículo 113, la fracción I del artículo 114, primer párrafo del artículo 187, párrafo primero del artículo 190, y se adiciona el artículo 182 Bis, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, al tenor de la siguiente: Exposición de Motivos

Es necesario imponer al Estado nuevos retos en materia de igualdad y no discriminación, reconociendo las necesidades diferenciadas para transformar las situaciones de injusticia de género. Los distintos grados de avance con respecto a la igualdad de género muestran que todavía hay un largo camino por recorrer, especialmente en hacer efectivas las políticas públicas orientadas a disminuir las brechas de género, a enfrentar injusticias y mejorar su situación dentro de las distintas áreas de desarrollo en contextos de plena igualdad.

Es oportuno recordar que México ha suscrito diversos instrumentos internacionales en materia de no discriminación contra las mujeres, en los cuales como sujeto obligado ha asumido múltiples compromisos para avanzar en materia de igualdad de género, entre los documentos se encuentran la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW); la Convención Americana sobre Derechos Humanos; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar todas las Formas de Violencia contra las Mujeres, (Convención de Belém do Pará); el Programa Interamericano sobre la Promoción de los Derechos Humanos de la Mujer y la Equidad e Igualdad de Género (2000) 1 .

En este sentido la Convención para la eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), 2 señala que los Estados partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar a la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre y sin discriminación alguna, la oportunidad de representar a su gobierno en el plano internacional y de participar en la labor de las organizaciones internacionales. En el ámbito público, las mujeres tienen derecho a participar en los procesos políticos que les afectan a ellas y a sus sociedades. Así mismo, dicho documento obliga a los Estados parte a adoptar medidas especiales encaminadas a acelerar la igualdad entre el hombre y la mujer.

El artículo 5 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, manifiesta que para alcanzar la igualdad de género, se logrará a través del conjunto de medidas de carácter temporal correctivo, compensatorio y/o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. 3

Los avances alcanzados en el ámbito político-electoral, son observables en nuestro sistema electoral, como resultado de ello, en la actual LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, existe 48.2 por ciento de mujeres diputadas, 4 en tanto en el Senado de la República 51 por ciento de sus integrantes son senadoras.

Fuente: Cámara de Diputados, Integración por género y grupo parlamentario http://sitl.diputados.gob.mx/LXIV_leg/cuadro_genero.php

Fuente: Cámara de Senadores, Integración de la Cámara de Senadores por Género, disponible en http://www.senado.gob.mx/64/senadores/integracion

A pesar de los avances alcanzados en el terreno del Poder Legislativo, la paridad de género continúa siendo un desafío. Las mujeres hoy en día aún continúan ausentes en la toma de decisiones, siendo excluidas, este sector de la población enfrenta discriminación, violencia, falta de apoyo e innumerables desafíos.

En la Encuesta Intercensal 2015, se plasma que del total de la población de 119.9 millones de personas, 61.4 millones son mujeres, representando 51.4 por ciento de la población. De ese universo sólo 38 por ciento de la población económicamente activa está conformado por mujeres. 5

Fuente: Inegi, Encuesta Intercensal 2015, disponible en https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/intercensal/2015/doc/eic_ 2015_presentacion.pdf

En el documento denominado “The Global Gender Gap Report”, elaborado por el Foro Económico Mundial en 2017, menciona que nuestro país ocupa el lugar 81 de 142 en cuanto a igualdad de género, en términos generales. 6

Fuente: World Economic Forum, The Global Gender Gap Report, 2017, disponible en http://www3.weforum.org/docs/WEF_GGGR_2017.pdf

Fuente: World Economic Forum, The Global Gender Gap Report, 2017, disponible en http://www3.weforum.org/docs/WEF_GGGR_2017.pdf

Dentro de las estructuras de poder aún subsisten distinciones de género profundamente arraigadas, ante los avances en los niveles de democracia se hace necesario superar esta noción, imponiendo garantizar el pleno reconocimiento de los derechos de las mujeres normativa e institucionalmente.

Un claro ejemplo es que, a pesar de que en la ley se estableció la obligación del Consejo de la Judicatura Federal de incorporar la perspectiva de género de manera transversal y equitativa en el desempeño de sus atribuciones, 7 las acciones implementadas no han disminuido la brecha de género. En lo que respecta al Poder Judicial de la Federación, este poder aún no alcanza en plenitud la paridad de género, es observable en los órganos colegiados que en su integración las mujeres son minoría. Actualmente en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, existen dos ministras de 11 que integran el pleno, así mismo el Consejo de la Judicatura Federal cuenta con dos consejeras de siete miembros que lo conforman.

La Sala Superior del Tribunal Electoral dos magistradas de siete que conforman el pleno, en lo que respecta a sus Salas Regionales, las cuales son 5 en total, estas se integran por tres magistrados cada una, siendo un total de 15 magistrados, de este universo sólo seis son mujeres, tres presiden las salas que tienen su sede en Guadalajara, Monterrey y Toluca, la Sala con sede en Xalapa no cuenta con ninguna mujer entre sus integrantes.

En el Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal 2018, en...

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