Iniciativa parlamentaria que reforma los artículos 3o. de la Ley General de Protección Civil y 37 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria., de 10 de Noviembre de 2011

Gaceta Parlamentaria, año XIV, núMero 3366-V, martes 11 de octubre de 2011 Gaceta Parlamentaria, año XIV, número 3366-V, martes 11 de octubre de 2011 Iniciativas Que reforma el artículo 31 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Ramón Martel López, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Sergio Mancilla Zayas y Sandra Méndez Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI Que adiciona el artículo 254 Quintus a la Ley Federal de Derechos, a cargo de la diputada Georgina Trujillo Zentella, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 34 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, a cargo del diputado Carlos Samuel Moreno Terán, del Grupo Parlamentario del PVEM Que reforma los artículos 39 y 43 de la Ley Minera, a cargo del diputado Eduardo Ledesma Romo, del Grupo Parlamentario del PVEM Que reforma los artículos 96 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 173 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Roberto Pérez de Alva Blanco, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Que reforma el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Que reforma los artículos 5o., 37 y 70 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Omar Fayad Meneses, del Grupo Parlamentario del PRI Que adiciona el artículo 309 Ter a la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Velia Idalia Aguilar Armendáriz, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma los artículos 185 y 186 de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del Grupo Parlamentario del PT Que reforma los artículos 6o. y 93 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Laura Arizmendi Campos, del Grupo Parlamentario de Convergencia Que reforma los artículos 12 y 13 a la Ley General de Educación, a cargo del diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar Que reforma los artículos 100-A y 100-B de la Ley Aduanera, a cargo del diputado Sergio Tolento Hernández y suscrita por integrantes de la Comisión Especial para la industria manufacturera de exportación Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del Grupo Parlamentario del PRI Que expide la Ley sobre Controversias derivadas de la Atención Médica, a cargo del diputado Miguel Antonio Osuna Millán, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma el artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT De decreto, por el que se establece el segundo domingo de mayo como Día Nacional de la Madre, a cargo del diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar De decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro "Cruz Roja Mexicana", a cargo del diputado Jorge Rojo García de Alba, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Miguel Antonio Osuna Millán, del PAN, y suscrita por integrantes de diversos grupos parlamentarios Que reforma los artículos 4o., 6o. y 10 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, a cargo del diputado Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, del Grupo Parlamentario del PT Que reforma los artículos 111 y 112 y adiciona el 115 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Francisco Alejandro Moreno Merino, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Educación, Federal de Radio y Televisión, General de Salud, y General de Población, a cargo del diputado Efraín Ernesto Aguilar Góngora, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Marcela Vieyra Alamilla, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma los artículos 3o. de la Ley General de Protección Civil y 37 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Sergio Lorenzo Quiroz Cruz, del Grupo Parlamentario del PRI Que expide la Ley Reglamentaria del Artículo 102, Apartado B, Párrafo 11, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Arturo Zamora Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 1o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Ana Estela Durán Rico, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 150 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Maurilio Ochoa Millán, del Grupo Parlamentario del PRI Iniciativas Que reforma el artículo 31 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Ramón Martel López, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado José Ramón Martel López del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6o., numeral 1, inciso I, 77, 78 y 102, fracción VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 31, numeral 4, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con base en las siguientes Consideraciones

La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, contempla que al inicio del periodo constitucional deberá conformarse, como uno de los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados, la Junta de Coordinación Política, misma que será integrada por los coordinadores de los diversos grupos parlamentarios que se encuentren representados en la correspondiente legislatura.

De acuerdo con el espíritu de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, reside en la Junta de Coordinación Política la expresión de la pluralidad y constituye, por tal motivo, el órgano colegiado encargado de impulsar los acuerdos que coadyuven al entendimiento y convergencia de las diversas expresiones políticas en aras de dar cumplimiento a las facultades que le confiere a la Cámara de Diputados la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En este sentido, y con la intención de de asegurar la plena certeza jurídica que debe investir a los trabajos legislativos, la Junta de Coordinación Política se conforma cómo el órgano de gobierno donde convergen las diferentes fuerzas políticas que integran una legislatura, y por tanto, se encuentra establecido que para definir sus decisiones y concreción de sus acuerdos lo hará por el principio de mayoría absoluta mediante el sistema de voto ponderado, en el cual los respectivos coordinadores representarán tantos votos como integrantes tenga su Grupo Parlamentario.

La legislación actual contempla que en caso de que un grupo parlamentario por sí mismo cuente con la mayoría absoluta en la Cámara, la presidencia de la Junta de Coordinación Política residirá, para los tres años que dure la legislatura, en el coordinador del grupo parlamentario que cumpla con el citado supuesto.

En caso contrario, la presidencia de este órgano de gobierno deberá ser ejercida, en forma alternada y para cada año legislativo, por los coordinadores de los tres grupos parlamentarios que cuenten con mayor número de diputados.

En consecuencia, puede observarse que resulta incongruente su funcionamiento con su dirección, pues si bien este órgano de gobierno toma sus decisiones con base en el sistema de voto ponderado, resulta incompatible que un grupo parlamentario cuya representación en la Cámara no sea mayor al 7 u 8 por ciento tenga el mismo derecho a presidir la Junta de Coordinación Política que aquel grupo parlamentario que pueda contar con hasta el 50 por ciento de representación.

Durante el ejercicio de la XLI Legislatura, se ha observado la necesidad de concretar acuerdos parlamentarios en aras de definir las presidencias de los Órganos de Gobierno de la Cámara de Diputados, lo que ha derivado en una compleja transición de dichas instancias para cada año legislativo.

Por lo anterior, es importante llevar a cabo una serie de reformas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con base en los principios de pluralidad, representación y equilibrio, para resolver las contradicciones normativas que existen en los artículos relativos a la integración de los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados y de esta forma, asegurar los derechos de todos los grupos parlamentarios.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y lo correlativo del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 31, numeral 4 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue :

Artículo 31.

  1. La Junta de Coordinación Política se integra con los coordinadores de cada grupo parlamentario.

  2. La sesión de instalación de la Junta de Coordinación Política, será convocada por el Coordinador del Grupo Parlamentario que tenga el mayor número de diputados.

  3. Será presidente de la Junta por la duración de la legislatura, el coordinador de aquel grupo parlamentario que por sí mismo cuente con la...

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