Iniciativa parlamentaria que reforma los artículos 5º y 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 10 de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de los Sentenciados., de 30 de Abril de 2003

QUE REFORMA LOS ARTICULOS Y 18 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y 10 DE LA LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MINIMAS SOBRE READAPTACION SOCIAL DE LOS SENTENCIADOS, ENTREGADA POR EL DIPUTADO GREGORIO ARTURO MEZA DE LA ROSA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL MIERCOLES 30 DE ABRIL DE 2003

Con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional somete a la consideración de esta soberanía iniciativa de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 5º y el segundo párrafo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el primer párrafo del artículo 10 de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de los Sentenciados.

Exposición de Motivos

El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional considera, de acuerdo con su congruencia histórica, que el sistema penitenciario en México es un problema que debemos corregir de fondo.

Es evidente que, pese a los loables esfuerzos realizados por estudiosos, autoridades y organismos no gubernamentales de protección de los derechos humanos de los internos, así como a la edificación de importantes centros penitenciarios, hoy nuestra legislación resulta anacrónica, los conceptos y principios inapropiados y la realidad de nuestro derecho penitenciario preocupante, por lo que debemos asumir con resolución el reto de dignificar la vida en reclusión, combatiendo la corrupción, la inseguridad jurídica y la falta de justicia imperantes en el sistema penitenciario mexicano.

El desarrollo constante de la cultura de los derechos humanos se ha venido presentando en nuestra sociedad y hay la necesidad de encuadrarlos de manera precisa en el marco constitucional para construir así el verdadero Estado de derecho a que todos aspiramos, armonizando las políticas de seguridad pública con los derechos de las víctimas y los derechos de los procesados y sentenciados penalmente; por lo mismo, en este contexto propugnamos un derecho penal mínimo. Por tanto, la iniciativa que se presenta atiende a la difícil situación en que se encuentra actualmente el sistema penitenciario mexicano.

Desde la perspectiva del Partido Acción Nacional, el ser humano posee inteligencia y voluntad libre, con responsabilidad sobre sus acciones y con derechos universales, inviolables e inalienables, a los que corresponden obligaciones inherentes a su naturaleza humana.

Por su dignidad, todos los hombres son iguales por naturaleza y, por lo mismo, no deben ser reducidos a la categoría de mero instrumento de personas, grupos o instituciones privados o públicos, con menoscabo de su destino.

La gran disyuntiva en este tema deriva del concepto pena que tenemos en el derecho patrio, ya superado en el plano internacional, tanto en legislación como en doctrina, y el problema es básicamente de interpretación del concepto readaptación, que se aprecia desde una concepción que tiende a su reeducación, término por demás evocador de corrientes como la de criminología clínica, inspirarla en proyectos de tipo pedagógico y resocializante.

Esas concepciones han repercutido, en el caso de México, en la aplicación de una pena desigual, atípica e incierta y en la consiguiente disolución de las garantías de la sanción penal.

En este contexto, se condiciona la privación de la libertad, que debería ser una sanción típica, predeterminada por la ley, con presupuestos de hecho y comprobados judicialmente, a designios discrecionales basados en la "observación...

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