Iniciativa parlamentaria que reforma los artículos 32 y 33 de la Ley General de Protección Civil, para dotar de recursos inmediatos a zonas afectadas por desastres naturales., de 28 de Abril de 2005

Gaceta Parlamentaria, año VIII, número 1737-II, jueves 21 de abril de 2005 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1737-II, jueves 21 de abril de 2005.

Iniciativas Que reforma el artículo 32 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de beneficiar a todo mexicano por nacimiento en cualquier licitación, adquisición, concesión, arrendamiento, oferta o contrato de cualquier especie o materia, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz , del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, con el propósito de fomentar el turismo nacional mediante los denominados fines de semana largos, suscrita por los diputados Francisco Xavier López Mena y el Sergio Álvarez Mata , del grupo parlamentario del PAN Que reforma la fracción V del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Mario Moreno Arcos del grupo parlamentario del PRI. Que reforma los artículos 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de aportaciones federales, a cargo del diputado Ramón Galindo Noriega , del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Telecomunicaciones, en materia de la remisión masiva de mensajes no solicitados (spam), a cargo del diputado Julio César Córdova Martínez , del grupo parlamentario del PRI. Que adiciona las fracciones IX y X al artículo 7 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a cargo del diputado Omar Bazán Flores , del grupo parlamentario del PRI. Que reforma el artículo 25 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Esteban Valenzuela García , del grupo parlamentario del PRI. Que reforma diversas disposiciones de la Ley Aduanera, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley Federal del Derecho de Autor, a cargo del diputado Óscar Pimentel González , del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria, a cargo del diputado Manuel García Corpus , del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona los artículos 40 y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa , del grupo parlamentario del PRI. Que adiciona la fracción XI al artículo 12 de la Ley de la Policía Federal Preventiva, a cargo del diputado Sergio Armando Chávez Dávalos , del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión y de la Ley General de Educación, para la difusión y tratamiento de las efemérides nacionales, a cargo del diputado Raúl Pompa Victoria , del grupo parlamentario del PRI. Que reforma los artículos 32 y 33 de la Ley General de Protección Civil, para dotar de recursos inmediatos a zonas afectadas por desastres naturales, a cargo del diputado Raúl Pompa Victoria , del grupo parlamentario del PRI.

Iniciativas

QUE REFORMA EL ARTICULO 32 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A FIN DE BENEFICIAR A TODO MEXICANO POR NACIMIENTO EN CUALQUIER LICITACIÓN, ADQUISICIÓN, CONCESIÓN, ARRENDAMIENTO, OFERTA O CONTRATO DE CUALQUIER ESPECIE O MATERIA, A CARGO DEL DIPUTADO HUGO RODRÍGUEZ DÍAZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Exposición de Motivos

Primero. En las décadas posteriores al movimiento armado revolucionario de 1910, México entró en un modelo de desarrollo económico basado en la necesidad de evitar que las empresas nacionales estuvieran sujetas a presiones de mercado por parte de competidores extranjeros. La política mexicana basó su estrategia en proteger y fortalecer a los productores nacionales y, con esto, se empeño en alcanzar tenaz mente la substitución de importaciones, es decir, fortalecer el mercado interno a partir del cuidado y la protección de los sectores industriales y mercantiles del país. Todo ello provocó una fuerte intervención del Estado Mexicano en la economía, reflejándose aún más en la proliferación de empresas denominadas "paraestatales" que se desempeñaban en los más diversos sectores de la economía nacional.

Ahora bien, la crisis económica de 1976, la cual se agravó con lo sucedido en 1982, vio debilitada esta estrategia proteccionista debido a que los resultados macroeconómicos tuvo efectos adversos a los esperados, en parte, por petrolizar la economía habida cuenta el alto precio que registró el petróleo, para luego sufrir la caída abrupta de los precios del crudo. Esto repercutió severamente en la maniobra que debería seguir la política económica ahora que el país enfrentaba nuevo desafíos.

Segundo. Esta nueva estrategia del estado mexicano tuvo como objetivos restaurar el papel del mercado como elemento casi único de asignación de recursos; propulsor de la producción y del empleo; encargado de estabilizar los eventuales desajustes económicos provocados por los ciclos económicos; así como ser el responsable directo de la inversión y el desarrollo económico, transfiriendo a los representantes del mercado, gradualmente, las funciones económicas que desempeñaba con anterioridad el Estado.

Cabe señalar que todos estos cambios graduales en la economía han provocado una competencia entre productores o empresarios por demás desigual al querer hacerse de un mercado -como es esperable en este modelo económico- en donde los más afectados son por consecuencia los micro y pequeños productores y, aún más, los pertenecientes al sector mexicano.

Tercero. En este sentido, el estado mexicano debe afianzar a los productores nacionales a fin de fortalecer a la economía mexicana y fomentando su desarrollo; pero no como un capricho meramente político, sino acatando lo que dispone nuestra Carta Magna, pues todavía sobresalen algunos legisladores que insisten en privilegiar al sector privado externo y toman en cuenta lo que constitucionalmente debe de cumplirse, que es apuntalar en la mejor manera posible y con los mecanismos pertinentes al sector empresarial mexicano.

Como acabo de mencionar, la propia Constitución Federal contempla esta posibilidad de asistir al sector económico nacional; prueba de ello es el artículo 25 que reza de la siguiente forma:

"Artículo 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que este sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento de crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución."

Entonces, siendo así, es nuestro deber y compromiso adoptar las condiciones necesarias para cumplir con este mandato constitucional por lo antes descrito y, para ello, propongo ante esta Soberanía la adición de un sexto párrafo al artículo 32 de la Constitución Federal a fin que se le dé preferencia única y exclusivamente a los productores y empresarios mexicanos por nacimiento que en igualdad de circunstancias participe, junto con el gobierno mexicano, en cualquier licitación, adquisición, concesión, arrendamiento, oferta o contrato de cualquier especie o materia; es decir, los mexicanos por nacimiento de los que señala el artículo 30 inciso a) de nuestra Constitución, deben ser preferidos tanto sobre los extranjeros como aún sobre los mexicanos que adquirieron este carácter por naturalización ya que se puede dar el caso y se está en riesgo en el cual productores empresarios extranjeros se naturalicen mexicanos para alcanzar los beneficios que actualmente otorga el vigente artículo 32 de nuestra Carta Magna y, posteriormente a haber logrado los beneficios de un evento como cualquiera de los antes señalados, se ausenten del territorio nacional aprovechándose de su condición migratoria, pues estos sujetos que lograron naturalizarse pueden perder la nacionalidad mexicana sencillamente al obtener por voluntar propia cualquier otra, o bien, por residir durante cinco años continuos en el extranjero o por alguna otra causa de las que dispone el artículo 37 constitucional en el inciso b).

Cabe señalar que el suscrito no se opone a que sectores distintos al mexicano logren los beneficios de los que también pueden ser partícipes, sino que el fono de esta propuesta es dar prioridad, por mayoría de razón, al sector productivo nacional, y aún más, a los mexicanos por nacimiento de los que ha se ha hecho mención.

Cuarto. Ahora bien, estoy consciente que esta propuesta que hago encontrará como en cualquier debate impedimentos al momento de analizarse en la comisión o comisiones a las que se le encause. Uno de ellos probablemente sea la responsabilidad que ha adquirido México respecto de otros países en los Tratados Internacionales que ha firmado, esto es, en ocasiones se considera que el Estado Mexicano le debe brindar prioridad a los países que han firmado algún tipo de acuerdo económico, para que sea a ellos a los que se les propongan los actos económicos gubernamentales; en la lógica de que se ha adquirido un compromiso con estos países -al firmar un acuerdo-, olvidándose del sector productor mexicano. Esto ha propiciado en que se les dé mayor importancia a los acuerdos internacionales aún sobre lo que está plasmado en nuestro Código Mayor; sin embargo, sobre recordar que sobre la Constitución Federal no existe algún otro ordenamiento que iguale ni mucho menos que sobrepase los preceptos que la constituyen. Al respecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido una jurisprudencia de aplicación obligatoria y dos tesis jurisprudenciales que aclaran la posición que ocupa la Constitución sobre los Tratados Internacionales.

Leyes federales y tratados internacionales. Tienen la misma jerarquía normativa. De conformidad con el artículo 133 de la Constitución, tanto las leyes que emanen de ella, como...

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