Iniciativa parlamentaria que reforma los artículos 1o. de la Ley de Expropiación y 93 de la Ley Agraria, para otorgar certeza jurídica a los espacios terrestres que ocupan la red carretera nacional, conocido como derecho de vía., de 7 de Abril de 2010

QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 1o. DE LA LEY DE EXPROPIACIÓN Y 93 DE LA LEY AGRARIA, A CARGO DE LA DIPUTADA SOFÍA CASTRO RÍOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

De conformidad con los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política; y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona las fracciones II del artículo 1o. de la Ley de Expropiación y VII al artículo 93 de la Ley Agraria, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

La red carretera nacional por su importancia para el desarrollo del país es considerada proyecto prioritario en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) y, sin duda, pilar fundamental del desarrollo regional del país.

Para el caso de la región sur-sureste del país, integrada por Oaxaca, Guerrero, Chiapas, Tabasco, Campeche, Quintana Roo, Yucatán, Veracruz y Puebla, los proyectos carreteros considerados en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2010 (PEF) son prioridad en la búsqueda de un mejor desarrollo social y económico para los habitantes de esas nueve entidades federativas.

Lograr presupuestos suficientes para las necesidades de mantenimiento, ampliación y creación de carreteras de ésta y del resto de las regiones del país representa un reto importante en las negociaciones del PEF anual. Sumado a este reto, se presente una segunda etapa, que es la aplicación de dichos recursos ya aprobados para proyectos carreteros específicos, que enfrentan una problemática de vacíos legales en la tenencia de la tierra, y que ha sido también por muchos años la preocupación de los núcleos de población ejidal y comunal para preservar y garantizar sus derechos agrarios. De ahí que el Estado esté obligado a proveer lo necesario para otorgar seguridad jurídica a la tenencia de la tierra.

Un problema que se ha tornado recurrente en la región sur-sureste es la falta de aplicación de los presupuestos aprobados para la red carretera nacional, por inconformidades de ejidatarios y comuneros que aducen afectaciones de sus bienes y propiedades; reclamando falta de pago establecido en la Ley de Expropiación.

Precisamente en este sentido, buscando garantizar de manera plena los derechos agrarios de los núcleos de población ejidal y comunal, se deben considerar los derechos de vía como parte de las propiedades afectadas por la ampliación y el mantenimiento de...

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