Iniciativa parlamentaria que reforma los artículos 132 y 170 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencias de paternidad y maternidad., de 28 de Abril de 2020

Que reforma los artículos 132 y 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto, del Grupo Parlamentario del PES

El que suscribe, Fernando Luis Manzanilla Prieto , diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social a la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el cual se reforman diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencias de paternidad y maternidad , al tenor de la siguiente: Exposición de Motivos

La constante construcción de un estado democrático moderno implica la modificación y, en su caso, eliminación de normas que fomentan la desigualdad y la reproducción de comportamientos, patrones y categorías arcaicas desde una dimensión jurídica.

Una categoría paradigmática de dicha situación es la igualdad y equidad de género en todos los ámbitos, la cual ha tenido un lugar importante en la agenda pública en los últimos años. Sin embargo, si bien los –en su mayoría- bienintencionados intentos de una transformación hegemónica de oportunidades, libertades, derechos y obligaciones han sido diversos, la realidad es que sólo pocos han tenido resultados visibles y tangibles, sin que ello descalifique los avances alcanzados.

La esfera laboral, particularmente, ha sido testigo de cambios positivos en favor del progreso, la igualdad, la pluralidad y el derecho a laborar en un espacio sano y libre de violencia. No obstante lo anterior, México está lejos de poder declarar igual acceso de oportunidades, remuneración y reconocimiento entre hombres y mujeres a ojos de la ley y de la sociedad. Lo anterior contraviene expresamente lo previsto en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), que establece lo siguiente: “Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. [...] Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

Es menester mencionar que a nueve años de la redacción de dicho numeral, persiste la discriminación con base en el género en todos los ámbitos de la vida y de manera particular, el ámbito laboral parece rehusarse a adoptar los principios democráticos y progresistas que rigen al este país. Bajo ese tenor, a través del presente instrumento jurídico se pretende reconocer y reducir el espectro discriminatorio del cual son sujetos mujeres y hombres en los permisos de maternidad y paternidad.

Por ende, el Poder Legislativo, en el uso de sus facultades, debe establecer los lineamientos para reducir la brecha de disparidad laboral para lograr el desarrollo profesional sin menoscabo en el desarrollo personal de hombres y mujeres.

Problemática histórica desde la perspectiva de género

La problemática planteada en el presente instrumento es una cuestión de género, pero sobre todo de discriminación laboral relacionado directamente con el género del trabajador o trabajadora.

La superación de múltiples paradigmas sociales vinculados con los estereotipos de género, en el cual regía una tajante...

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