Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal., de 3 de Octubre de 2019

Que reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal con base en la siguientes Consideraciones

Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala en su artículo 134, que: “los recursos económicos de que dispongan la federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.”

Bajo esta premisa, el artículo 1o. de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria estipula las disposiciones para observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en los criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género.

El Sistema de Coordinación Fiscal establece aquellas disposiciones que regulan la contribución presupuestal entre la federación y las entidades federativas, así como la distribución de las participaciones que corresponden a las haciendas públicas en lo que corresponde a ingresos federales, así como al sistema de transferencias.

En este sentido la Ley de Coordinación Fiscal en su capítulo V establece Los Fondos de Aportaciones Federales, en la cual expresa las aportaciones que la federación transfiere a las haciendas públicas de las entidades federativas y sus municipios, de conformidad con lo establecido en el contenido de la propia Ley para el logro de sus objetivos.

Las aportaciones que se transfieren, se hacen a través de los siguientes fondos: I. Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo II. Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud III. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social IV. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal V. Fondo de Aportaciones Múltiples...

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