Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, con el objeto de incluir la "gerontología" en la lista de actividades profesionales en los servicios de salud, que requieren de títulos profesionales o certificados de especialización legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes., de 14 de Agosto de 2019

Que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, recibida de las diputadas Hilda Patricia Ortega Nájera y María de Lourdes Montes Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 14 de agosto de 2019

Las suscritas, Hilda Patricia Ortega Nájera y María de Lourdes Montes Hernández, diputadas federales de la LXIV Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como, 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; sometemos a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

Introducción

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, 1 el envejecimiento de la población puede considerarse un éxito de las políticas de salud pública y el desarrollo socioeconómico, sin embargo, también constituye un reto para la sociedad, pues debe adaptarse a ello para mejorar al máximo la salud y la capacidad funcional de las personas mayores, así como su participación social y su seguridad.

Cuando nos referimos al envejecimiento, según los expertos, 2 hablamos de un proceso natural, gradual, continuo e irreversible de cambios a través del tiempo. Estos cambios se dan a nivel biológico, psicológico y social, y están determinados por la historia, la cultura y las condiciones socioeconómicas de los grupos y las personas. Por ello, la forma de envejecer de cada persona es diferente.

Debido a la gran necesidad de comprender el fenómeno del envejecimiento humano, desde hace más de un par de décadas, en México se ha desarrollado la disciplina encargada del estudio y atención de las problemáticas multifactoriales de las personas adultas mayores: la “gerontología”.

La gerontología es la ciencia que se dedica al estudio científico del proceso del envejecimiento y abarca la esfera social, psicológica y biológica. El término fue acuñado en 1908 por el microbiólogo ruso Premio Nobel de Fisiología y Medicina, Michel Elie Metchnikoff, quien publicó en 1905, la obra intitulada: “The Nature of Man: Studies in Optimistic Philosophy”, en cuyo texto definía la gerontología como “el estudio científico de la vejez”. 3

Objeto de la iniciativa

La presente iniciativa propone reformar el artículo 79 de la Ley General de Salud, con el objeto de incluir la “gerontología” en la lista de actividades profesionales en los servicios de salud, que requieren de títulos profesionales o certificados de especialización legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes.

De esta manera, por una parte, se estará reconociendo a los licenciados en Gerontología y a los técnicos-profesionales en cuidados gerontológicos, como profesionales en los servicios de salud, así como en las instituciones de salud tanto públicas como privadas; y, por otra parte, se estará fomentando una profesionalización y los servicios de calidad en materia de gerontología, para coadyuvar de forma eficiente a la atención integral de las personas adultas mayores en el país.

Fundamento

El fundamento en el que se sustenta la facultad del Congreso para legislar en la materia de que se trata en la presente iniciativa es el artículo 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se establece la facultad del Congreso de la Unión para dictar leyes sobre salubridad general de la república.

El artículo 4o. constitucional establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud y que la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Planteamiento del problema

La problemática principal que motiva la presente iniciativa se enfoca precisamente en el hecho de que la “gerontología” no está reconocida en el artículo 79 de la Ley General de Salud, como una actividad profesional que requiera de títulos profesionales o certificados de especialización expedidos legalmente y registrados por las autoridades educativas competentes.

Al efecto, citamos el texto vigente del artículo 79 de la Ley General de Salud: “ Artículo 79. Para el ejercicio de actividades profesionales en el campo de la medicina, odontología, veterinaria, biología, bacteriología, enfermería, terapia física, trabajo social, química, psicología, optometría, ingeniería sanitaria, nutrición, dietología, patología y sus ramas, y las demás que establezcan otras disposiciones legales aplicables, se requiere que los títulos profesionales o certificados de especialización hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes. Para el ejercicio de actividades técnicas y auxiliares que requieran conocimientos específicos en el campo de la atención médica prehospitalaria, medicina, odontología, veterinaria, enfermería, laboratorio clínico, radiología, optometría, terapia física, terapia ocupacional, terapia del lenguaje, prótesis y órtesis, trabajo social, nutrición, citotecnología, patología, bioestadística, codificación clínica, bioterios, farmacia, saneamiento, histopatología y embalsamiento y sus ramas, se requiere que los diplomas correspondientes hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes.”

Como puede observarse, en ninguno de los párrafos vigentes está reconocida la “gerontología” como actividad profesional que requiera de títulos profesionales o certificados de especialización expedidos legalmente y registrados por las autoridades educativas competentes.

Lo anterior, por una parte, puede atribuirse al hecho de que se trata de una disciplina cuyo desarrollo es relativamente reciente. Sin embargo, por otra parte, se debe al hecho de que a la “gerontología” se le suele confundir con la “geriatría”, razón por la cual es menester distinguir el significado y alcance de ambos conceptos como ramas profesionales.

La “geriatría” es la subespecialidad de la medicina interna que se ocupa de las enfermedades o patologías asociadas a la vejez y su tratamiento, estando englobada, por ende, en el campo de las ciencias de la salud.

En cambio, la “gerontología”, está comprendida como una disciplina que requiere conocimientos tanto del área de la salud como de las ciencias sociales y se define como la profesión que se ocupa de la comprensión del proceso del envejecimiento humano y los problemas multifactoriales de la población adulta mayor, para procurar su bienestar integral, incluyendo los aspectos sociales y culturales.

La primera diferencia es el área del conocimiento en la que se engloba cada carrera profesional. Si bien la “gerontología” suele vincularse con el área de la salud, lo cierto es que se trata de una profesión multidisciplinaria o interdisciplinaria.

Como segunda diferencia, se puede apreciar el hecho de que la “geriatría” es una especialidad derivada de la medicina que se encarga del estudio de las enfermedades que aquejan al adulto mayor y su tratamiento; mientras que la “gerontología”, por cuanto hace a la ciencia médica, se encarga del aspecto de la promoción de la salud de las personas adultas mayores.

No obstante, la gerontología entraña un gran cúmulo de conocimientos, no sólo en materia de salud, sino de índole social y cultural que complementan la comprensión integral del fenómeno del envejecimiento , y de los cuales haremos mención más adelante en la parte argumentativa.

A continuación, se presentan datos estadísticos relativos al envejecimiento poblacional en nuestro país, con base en los cuales se justifica la necesidad de atender la problemática planteada.

Datos estadísticos relativos al envejecimiento demográfico en México

El envejecimiento demográfico o poblacional se refiere al aumento de personas de edad avanzada dentro de la estructura poblacional. Desde las...

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