Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 146 de la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas., de 13 de Febrero de 2018

Que reforma el artículo 146 de la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, a cargo de la diputada Sofía González Torres, del Grupo Parlamentario del PVEM

La suscrita, diputada federal Sofía González Torres, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6o., numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

La entrada en vigor del nuevo Sistema de Justicia Penal constituye una respuesta a las exigencias que durante muchos años, la ciudadanía había venido demandando para procurar e impartir justicia. Esta nueva forma de investigar, perseguir y sancionar las conductas ilícitas, ha sido sin lugar a dudas, una de las reformas más importantes a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos desde su promulgación el 5 de Febrero de 1917, por lo tanto, el Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio ha transformado la forma de llevar a cabo la justicia a los mexicanos. A partir de la Reforma publicada el 18 de junio de 2008, se establecieron las bases de un nuevo sistema en materia de seguridad pública y justicia penal, lo cual implicó cambios normativos, estructurales e ideológicos de gran calado.

Esta nueva visión de Estado, a diferencia de la anterior, busca lo que más interesa tanto a la víctima como al inculpado, la búsqueda de la verdad y el cabal respeto a los derechos humanos, esto bajo el principio rector de la presunción de inocencia. Con este Sistema de Justicia, se lleva a la praxis la premisa básica del derecho penal donde “toda persona es inocente, hasta que se demuestre lo contrario”. Con este cambio de justicia, se crean nuevas formas de solucionar conflictos que sean más justos, efectivos y expeditos, entre ellos los mecanismos alternativos de solución de controversias que serán una vía de mediación y conciliación.

Entre otras finalidades que persigue este sistema de justicia penal, se encuentran el esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune, la reparación del daño a la víctima u ofendido y la más importante de todas las nuevas prácticas, que la prisión sea el último recurso en materia punitiva, es decir, que el inculpado pueda enfrentar el proceso penal en libertad.

A la par de este significativo avance en materia de justicia, se suma una emblemática medida legislativa que en fechas recientes, el H. Congreso de la Unión tuvo a bien aprobar en el seno de ambas Cámaras, esto derivado principalmente de la Iniciativa presentada por el Gobierno de la República. El 17 de Noviembre del 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, instrumento jurídico de alto valor para combatir este lascivo delito para la sociedad.

Esta innovadora legislación contiene disposiciones de...

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