Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación, para establecer como delito de defraudación fiscal la deducción de recursos provenientes de aportaciones filantrópicas de terceros., de 6 de Octubre de 2015

Que reforma el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación, a cargo de la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el inciso h) a la fracción III del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación para establecer como delito de defraudación fiscal la deducción de recursos provenientes de aportaciones filantrópicas de terceros.

Planteamiento del problema que la iniciativa pretende resolver

Se propone que cualquier cooperación ciudadana recaudada por empresas para efectos altruistas, filantrópicos, no se pueda acreditar por ninguna persona física o moral para deducir impuestos. Se plantea convertir dicha conducta en delito fiscal.

Argumentos que sustentan la presente iniciativa

  1. Antecedentes

    Desde hace 18 años se lleva a cabo en México el Teletón, evento a través del cual medios de comunicación convocan a la ciudadanía en general a donar dinero por diferentes vías para la construcción de Centros de Rehabilitación Infantil.

    A lo largo de estos años, distintos académicos han advertido elementos perniciosos de este tipo de recaudación de recursos del público. Dos destacadamente: 1) que se deducen impuestos con recursos provenientes de terceros a los que ni siquiera se informa de ello, y 2) su aplicación es oscura aun tratándose de recursos fiscales, pues una parte importante de los donativos proviene de gobiernos municipales, estatales e incluso federal, y la totalidad, al convertirse en deducción de impuestos se transforman en recursos fiscales de cualquier forma, de los cuales no existen reglas para rendir cuentas transparentemente. Andrés Valdez Zepeda y Delia A. Huerta Franco, académicos de la Universidad de Guadalajara, advertían, por ejemplo, desde 2006, de “la farsa del Teletón”: 1 El Teletón-México llega a su décima edición este mes, como parte de las actividades “altruistas” en la que participan, entre otras, distintas empresas de la comunicación, personajes del espectáculo y connotados políticos. Creado formalmente con el propósito central de recolectar fondos económicos para construir y financiar los Centros de Rehabilitación Infantil (CRIT) y asistir a los niños con “capacidades diferentes”, ayudándolos a su rehabilitación, 1 el Teletón ha sido utilizado para hacer negocio. Lucra con el dolor y las desdichas de los menores discapacitados y con la buena fe y los sentimientos de los mexicanos. Lo que se presenta en los medios como acto filantrópico altamente humanitario, esconde diferentes intereses perniciosos y despropósitos, en los que el lucro y el beneficio mercantil se imponen sobre otro tipo de consideraciones. Las empresas que aportan al “fondo Teletón” tienen la posibilidad de deducir de sus impuestos lo que están obligados a pagar por ley; finalmente es el fisco el que lo está subsidiando. En algunos casos, las empresas que aparecen como donadoras obligan a sus altos y mandos medios a aportar dinero para el Teletón. Sin embargo, al poderlo deducir, las empresas “altruistas” se apropian de un recurso económico que es de sus trabajadores, haciendo así un doble negocio. Esto es, quien aporta una parte importante de la donación son los gerentes y directores de las empresas, pero al ser deducido fiscalmente por parte de la empresa, éstas obtienen un beneficio económico a partir de la cuota que aportaron sus trabajadores. Al aparecer, de cara a la nación a través de los medios, como donantes para una causa humanitaria, las empresas obtienen, además, beneficios intangibles como lo es la mejora de su imagen, visibilidad social, un alto posicionamiento, credibilidad y, sobre todo, más rating , lo que se traduce en mayores ventas. Los medios, además, cobran la publicidad asociada al Teletón: nada es gratuito. Una vez terminada la fiesta mediática de diciembre, las empresas participantes que ya han materializado el beneficio económico y logrado su intencionalidad comercial, se desatienden y abandonan a su suerte a los CRIT, cuyos directivos tienen que acudir a los apoyos gubernamentales para poder subsistir y así ofrecer los servicios de rehabilitación para los miles de niños solicitantes. De hecho, una institución de origen privado como la Fundación Teletón, que está detrás de este proyecto altruista, y los propios directivos de los CRIT, realizan diferentes presiones, 2 perdón gestiones, para que los gobiernos en turno, sean federal, estatal o municipal, colaboren en el sostenimiento presupuestal de dichos centros. En algunos casos, la carga presupuestal para las finanzas públicas es considerable. Por ejemplo, en 2003 la aportación del gobierno del Estado de México fue de 30 millones de pesos, el de Coahuila de 20 millones, el de Guanajuato de 20 millones, el de Oaxaca ocho y el de Aguascalientes seis millones de pesos. 3 A decir del titular de Consejo Local Benefactor del CRIT Occidente, Ignacio González López, para 2006 los gobiernos estatales de Coahuila, Hidalgo y Chihuahua aportaron cada uno 28 millones y medio de pesos. 4 A esto hay que agregar donaciones de los gobiernos municipales y del gobierno federal. En el caso del CRIT de Occidente, en Jalisco, el gobierno del estado apoyó en 2006 con un monto de 3.12 millones de pesos, el ayuntamiento de Guadalajara con diez millones, el municipio de Zapopan con tres millones, el gobierno de Tlajomulco con 700 mil pesos y el ayuntamiento de Tlaquepaque con 500 mil pesos...

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