Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para incorporar el criterio de paridad en los géneros en la terna que propone el presidente de la República para la elección de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación., de 13 de Octubre de 2015

Que reforma el artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Angélica Reyes Ávila, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

La suscrita, Angélica Reyes Ávila, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXII Legislatura, en ejercicio de la facultad que confieren los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, 77, 78 y 82, numeral 2, fracción 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme al siguiente

Planteamiento del problema

Aun cuando la historia de nuestro país muestra que las mujeres han tenido una presencia fundamental en los movimientos políticos y sociales, su participación en las tareas de gobierno y toma de decisiones ha sido limitada incluyendo los tres poderes de la unión. En el Poder Legislativo federal, desde 1959, cuando las mujeres lograron el derecho al voto y a partir de reformas legislativas, es hasta esta LXIII Legislatura, cuando la representación política de las mujeres alcanza el 42.4 por ciento del total de curules en la Cámara de Diputados, el máximo en su historia.

Igual que los otros Poderes de la Unión, la participación de las mujeres en el Poder Judicial ha sido muy reducida; desde sus orígenes en 1814 es hasta 1959 cuando llega a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Cristina Salmorán de Tamayo como la primera ministra, en la historia de nuestra la Suprema Corte han fungido como ministras 8 mujeres 1 y sólo entre 1983 y 1988 las mujeres llegaron a ocupar 19 por ciento de ministros en la historia de nuestro máximo tribunal.

Las participación de las mujeres en el Poder Judicial se ha ido incrementados a cuenta gotas, actualmente, en el Poder Judicial de la Federación de los 11 ministros sólo 2 son mujeres y de los siete consejeros de la Judicatura Federal 2 son mujeres, Del total de los magistrados que componen los tribunales colegiados del país sólo 106 son mujeres, lo que representa el 18.4 por ciento, y de los 76 que componen los Tribunales Unitarios sólo 14 son mujeres. Asimismo, respecto al Tribunal Federal Electoral de los 7 magistrados de la Sala Superior sólo una es mujer.

El panorama actual respectó a la participación de las mujeres en el Poder Judicial de la Federación nos compromete a seguir marcando precedentes que impulsen la participación de la mujeres, atendiendo así a nuestra propia legislación y recomendaciones internacionales que determinan la labor del Estado a través de sus distintos poderes, para desempeñar un papel central en la generación de cambios en las relaciones de dominación y subordinación de género, impulsando relaciones de igualdad a partir de programas, planes, políticas, legislación y jurisprudencia que fomente una nueva forma de distribución del poder en las instituciones.

Por ello es necesario que con una...

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