Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 4 del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos., de 23 de Marzo de 2010

Gaceta Parlamentaria, número 2971-I, jueves 18 de marzo de 2010 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2971-I, jueves 18 de marzo de 2010.

Iniciativas Q ue reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José Alberto González Morales, del Grupo Parlamentario del PRI Q ue reforma el artículo 3o. de la Ley que crea la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Seguridad Privada, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Q ue reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes Federales de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Janet Graciela González Tostado, del Grupo Parlamentario del PRI Q ue reforma los artículos 40 de la Ley Orgánica y 81 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Araceli Vázquez Camacho, del Grupo Parlamentario del PRD Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Guillermo Cueva Sada, del Grupo Parlamentario del PVEM Q ue expide la Ley Reglamentaria del Artículo 192 Quáter de la Ley General de Salud, a cargo del diputado David Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del PRI Q ue reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Emiliano Velázquez Esquivel, del Grupo Parlamentario del PRD Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación; y de las Leyes de Vías Generales de Comunicación, de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Omar Fayad Meneses, del Grupo Parlamentario del PRI Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del PRD Q ue reforma el artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Ricardo López Pescador, del Grupo Parlamentario del PRI Q ue reforma el artículo 4 del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del PRD

Iniciativas

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 74 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ ALBERTO GONZÁLEZ MORALES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, con objeto de establecer que los días de descanso obligatorio se realicen en la fechas establecidas según calendario, a fin de que las celebraciones conmemorativas y ceremonias se lleven a cabo en dependencias oficiales y escuelas en la fecha correspondiente al evento histórico, sin importar el día de la semana, en virtud de la siguiente

Exposición de Motivos

El 17 de enero de 2006 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la reforma al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, en el cual se establecen tres "fines de semana largos", es decir que, en lugar de descansar sólo dos días (sábado y domingo), se incluirá también el día lunes, para lo cual se trasladan los días de descanso obligatorio correspondiente a la conmemoración de algún evento histórico importante al día lunes, con la finalidad de apoyar al sector turístico.

De acuerdo con dicha reforma emitida por el Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, los días de descanso obligatorio se implantaron de la siguiente forma en el art. 74 de la Ley Federal del Trabajo: el 1 de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del día 21 del mismo; el 1 de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del día 20; el 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; el 25 de diciembre y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada comicial.

Ahora bien, hay que destacar que los días de descanso obligatorio establecidos en la Ley Federal del Trabajo son por motivo de asueto nacional, o dicho de otra forma, para conmemorar fechas de importancia histórica y cívica para los mexicanos; no así para vacacionar y beneficiar a empresarios del sector turístico, tal como se planteó en la iniciativa presentada y aprobada en el año 2005.

En función de lo anterior, se bebe resaltar que la historia no sólo es un registro de nuestro pasado, sino una herramienta para el porvenir, un valor que enlaza y enriquece la conciencia de todos los mexicanos.

Sin embargo, en los últimos años se advierte un fenómeno, se están perdiendo el amor a México y el sentido patriótico, se ha generalizado la idea de confundir patria con política, la gente deja de querer a su patria, pierde la fe en ella y sus instituciones, y por ende deja de tener respeto a las fechas conmemorativas.

La promoción de los valores cívicos deben extenderse al nivel de educación media superior y superior, el respeto a las fechas conmemorativas refleja el respeto a nuestra identidad como nación, y nos obliga cada vez a ser mejores ciudadanos.

Es elemental resaltar la importancia del impacto que tienen estos cambios en el proceso de aprendizaje en los niños, hoy en día ellos ven un día festivo a nivel nacional como un día ordinario o de descanso, donde no pasa nada, no se estimula la capacidad que el menor perciba que hubo un acontecimiento nacional importante, que da lugar a conmemorar toda actividad.

El gran error que se comete es, que la actividad de la fecha cívica en si va perdiendo valor, lo que da como consecuencia que los menores no tengan claridad en las fechas en que ocurrieron eventos históricos relevantes para la vida de la nación.

El Estado mexicano debe fortalecer la cultura cívica y reivindicar los hechos históricos por los cuales preservamos nuestra independencia y soberanía como nación, la preservación de la memoria colectiva no se restringe a una fecha, sino a resaltar su importancia para la construcción de la identidad nacional actual y futura.

Aunado a lo anterior, es indispensable reforzar las costumbres y tradiciones a los ideales que han estado presentes a lo largo de nuestra historia, así como los valores que caracterizan a México como producto de la historia del País y de la participación que en ella tuvieron nuestros antepasados.

Por otra parte, como ya se ha mencionado anteriormente, la finalidad de los llamados "fines de semana largos" es apoyar al sector turístico, pero la realidad es que en los últimos años se ha presentado una época de decrecimiento económico o crisis en varios países, incluido México, lo que trae como consecuencia que la población no tenga los suficientes recursos para vacacionar como se demuestra con los datos publicados por la Secretaría de Turismo, en los cuales se menciona que la ocupación hotelera en el último puente vacacional, el pasado 1 de febrero, disminuyó aproximadamente en 15%.

El dato anterior se considera relevante, sólo para demostrar que, la modificación realizada al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo en el año 2006 no ha cubierto las expectativas u objetivos por los cuales fue fundamentada, sin embargo, los valores cívicos si han ido perdiendo importancia, la población no identifica el motivo por el que deja de realizar sus labores tanto académicas como laborales en el día de descanso correspondiente en los llamados "fines de semana largos" o puentes vacacionales.

En virtud de lo expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Decreto

Único. Se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo para quedar como sigue

Artículo 74. Son días de descanso obligatorio: I. El 1 de enero;

II. El 5 de febrero;

III. El 21 de marzo;

IV. El 1 de mayo;

V. El 16 de septiembre;

VI. El 20 de noviembre;

VII. El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transición del Poder del Poder Ejecutivo Federal;

VIII. El 25 de diciembre, y

IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral. Transitorios

Único. El presente decreto entrara en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de marzo del 2010.

Diputado José Alberto González Morales (rúbrica)

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 3o. DE LA LEY QUE CREA LA UNIVERSIDAD DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA, A CARGO DEL DIPUTADO JORGE ANTONIO KAHWAGI MACARI, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE NUEVA ALIANZA

Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza a la LXI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante el Pleno de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3o. de la Ley que crea la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Para abatir la...

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