Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 29 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado en materia de congresos, convenciones, exposiciones, ferias y viajes grupales de incentivo., de 8 de Marzo de 2005

Gaceta Parlamentaria, año VIII, número 1707-I, martes 8 de marzo de 2005 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1707-I, martes 8 de marzo de 2005. Iniciativas Que reforma los artículos 30 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud , en materia de excención de cuotas a las gestantes, a cargo del diputado José Ángel Córdova Villalobos, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos , a cargo de la diputada Cristina Portillo Ayala, del grupo parlamentario del PRD. Que reforma el artículo 175 Bis de la Ley General del Equilibro Ecológico y la Protección al Ambiente , a cargo del diputado Gonzalo Guízar Valladares, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud , en materia de cuotas, a cargo del diputado Francisco Rojas Toledo, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma el primer párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Irma S. Figueroa Romero, del grupo parlamentario del PRD. Que reforma el artículo 30 de la Ley Federal de Telecomunicaciones , a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia. Que reforma el artículo 215 del Código Penal Federal , a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma, adiciona y deroga los artículos 122, 212 y 217 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales , a cargo del diputado Norberto Enrique Corella Torres, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma el artículo 1 de la Ley General de Sociedades Mercantiles , a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia. Que reforma los artículos 7, 96, 101 y 111 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales , a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del PRI. Que adiciona un cuarto párrafo a la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reconducción presupuestal, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma los artículos 289 y 290 de la Ley Federal de Derechos , a cargo del diputado Juan Carlos Pérez Góngora, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública , a cargo de la diputada Patricia Garduño Morales, del grupo parlamentario del PAN. Que adiciona una fracción X al artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social , en materia de subsidiariedad, a cargo del diputado Jesús Nader Nasrallah, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo , para garantizar el sano e integral desarrollo de las y los menores de edad que laboran, suscrita por los diputados Guillermo Tamborrel Suárez, María del Carmen Mendoza Flores y Sergio Álvarez Mata, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma el artículo 29 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado , en materia de congresos, convenciones, exposiciones, ferias y viajes grupales de incentivo, a cargo de la diputada Elizabeth Yáñez Robles, del grupo parlamentario del PAN.

Iniciativas

QUE REFORMA LOS ARTICULOS 30 Y 56 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO RENÉ MEZA CABRERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito, René Meza Cabrera, diputado federal en ejercicio, miembro del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, integrante de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, en relación con el 77, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta iniciativa para reformar los artículos 30 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

El rezago legislativo, es un tema reiterativo al que se han referido en infinidad de iniciativas, para abatirlo; sería redundante volver a citarlo, sino fuera a mencionarlo desde una perspectiva de la cual no se ha analizado.

Ya conocemos cual es la causa que está originando la acumulación de asuntos pendientes en las comisiones ordinarias y que es la abundancia de iniciativas y proposiciones, principalmente. Si revisamos el Orden del Día de cualquier sesión o la Gaceta Parlamentaria, encontraremos que todos los días se presentan iniciativas o proposiciones, las primeras en relación a reformas o adiciones particularmente a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las segundas en relación a asuntos ya planteados.

Esta abundancia de iniciativas, prolongan la duración de las sesiones y las hacen tediosas y cansadas y lo que es peor aún, la lectura de tanto documento, no permite o al menos retarda, la discusión y votación de dictámenes, muchos de importancia y hasta de urgente resolución.

No es que critique la prolífica producción legislativa de las y los diputados, me parece que la profusión de proposiciones, contribuirán al enriquecimiento y perfeccionamiento de nuestras leyes.

Sólo quiero referirme a lo caótico de los procedimientos vigentes para examinar, discutir y elaborar los dictámenes en el seno de las comisiones ordinarias. Para hacer más ilustrativa la explicación, recurro al siguiente ejemplo:

En muchos templos destinados al culto católico de ciudades coloniales, existen como objeto de veneración retablos, cuadros y esculturas, que por la perfección de sus tallas o la técnica empleada, son verdaderas obras de bellas artes, algunas además, valiosas por el material de que están elaboradas. Su estética y antigüedad, las conceptúan como "arte sacro", que ya es admirado, seleccionado, comercializado y codiciado, por aficionados y coleccionistas.

Este "arte sacro" ha venido siendo, cada vez más frecuentemente, objetivo de ladrones que casi siempre, con gran facilidad los sustraen de altares y nichos, en donde están colocados sin ninguna protección y los venden a comerciantes en obras de arte o anticuarios, quienes los adquieren por sumas irrisorias y los comercializan con grandes ganancias entre coleccionistas.

El estudio de este fenómeno antisocial, me llevó a descubrir que su incremento, tiene varias explicaciones, aunque para nuestro ejemplo, solo es necesario decir que este ilícito está considerado como robo simple, porque normalmente se comete sin violencia y como delito no grave, lo que permite que el ladrón, cuando es detenido, obtenga su libertad, con facilidad.

Para frenar esta actividad delictiva y muy perjudicial para las comunidades que sufren el robo de sus reliquias veneradas; presenté una iniciativa para sancionar y catalogar como grave la infracción. La iniciativa se publicó el 20 de abril de 2004 en la Gaceta Parlamentaria y está en estudio en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

La iniciativa propone la creación de la figura específica de "robo de arte sacro" y la define y penaliza a través de la adición de los artículos 381 Ter y 381 Quáter en el Título Vigésimo Segundo, Capítulo I del Código Penal Federal y su calificación como grave en el Capítulo IV, artículo 194 numerales 35 y 36 del Código Federal de Procedimientos Penales.

Por tratarse de un delito de nueva creación, se especificaron los elementos del tipo, necesarios para su comprobación al integrar el cuerpo del delito.

Ahora, describiré la segunda parte del ejemplo, que es una de las causas motivadoras del rezago legislativo, por lo repetitivo de iniciativas de ley y proposiciones con punto de acuerdo.

El 22 de febrero del presente año, se publica en la Gaceta Parlamentaria otra iniciativa en la cual se propone la creación de los artículos 381 Ter y 381 Quáter del Código Penal Federal, referentes al "robo de objetos religiosos", si la definición de la figura delictiva, no fuera tan imperfecta, por su deficiente técnica jurídica, pensaría que es un plagio de mi proyecto de "robo de arte sacro", quedando en sólo en una mala copia.

Con este ejemplo trato de demostrar lo siguiente:

Muchas iniciativas de ley y proposiciones con punto de acuerdo, si no son copias de otras ya presentadas, sí son muy similares, con partes coincidentes, que hacen dudar de su originalidad, y que se agendan en el Orden del Día y se les tramita de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos en vigor, prolongando las sesiones y retrasando el trabajo legislativo.

Para resolver esta situación, propongo que en las sesiones sólo se dé lectura a iniciativas que sean inéditas y las que se relacionen a las que ya están en estudio por alguna comisión, pasen directamente a ésta, para que se acumulen a las iniciales y de ser procedente, las enriquezcan y los dictámenes resulten más completos y perfectos.

El o los suscriptores de la iniciativa de ley, pasarían temporalmente a formar parte de la comisión competente, para coadyuvar como asesores en la formación del dictamen, así este se elaboraría más pronto y quizá más completo.

Para establecer este procedimiento, será necesario adicionar dos párrafos a la fracción III del artículo 30 del Reglamento para el Gobierno Interno del Congreso:

En el primer párrafo, se indicará que en las sesiones sólo se dará cuenta de las iniciativas de ley que sean inéditas. Y en el segundo párrafo, se...

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