Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado., de 27 de Marzo de 2007

Gaceta Parlamentaria, año X, número 2216-I, martes 20 de marzo de 2007 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2216-I, martes 20 de marzo de 2007. Iniciativas Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Mediana y Pequeña Empresa, a cargo del diputado Antonio Berber Martínez, del Grupo Parlamentario del PAN. Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo del diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros, del Grupo Parlamentario del PRI. Que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, a cargo del diputado Faustino Javier Estrada González, del Grupo Parlamentario del PVEM. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo del diputado Humberto López Lena Cruz, del Grupo Parlamentario de Convergencia. Que reforma el artículo 106 de la Ley Aduanera, a cargo del diputado José Martín López Cisneros, del Grupo Parlamentario del PAN. Que reforma el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Víctor Samuel Palma César, José Ascención Orihuela Bárcena y Alfredo Ríos Camarena, del Grupo Parlamentario del PRI. Que reforma el artículo 229 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Jericó Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI. Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lourdes Quiñones Canales, del Grupo Parlamentario del PRI. Que reforma los artículos 2o. y 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Alberto Amador Leal, del Grupo Parlamentario del PRI. Que reforma el artículo 71 de la Ley General de Población, a cargo del diputado Alfonso Izquierdo Bustamante, del Grupo Parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Elizabeth Morales García, del Grupo Parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado César Horacio Duarte Jáquez, del Grupo Parlamentario del PRI. Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Arnulfo Elías Cordero Alfonzo, del Grupo Parlamentario del PRI.

Iniciativas

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, MEDIANA Y PEQUEÑA EMPRESA, A CARGO DEL DIPUTADO ANTONIO BERBER MARTÍNEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito diputado federal Antonio Berber Martínez del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional con fundamento en las facultades que me otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXIX-F, y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa que reforma la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

Es sumamente importante la Ley de Competitividad y el cumplimiento de su objeto a través de la colaboración con los sectores.

La relación entre la educación y el desarrollo de emprendedores es un tema que necesita de acciones concretas y efectivas, pues el empleo es una meta natural y un horizonte siempre presente en la educación, ya que la debida conjunción de ambos elementos contribuye a mejorar sustancialmente el nivel de vida de las personas.

La suma de los jóvenes desempleados que cuentan con niveles educativos de profesional medio y superior, llegan a representar casi la mitad de la población juvenil desocupada, lo cual indica que, se está desaprovechando la oportunidad de contar, simultáneamente, con la mayor proporción en la historia de jóvenes en edad de desempeñarse productivamente y con el perfil más alto de escolaridad en la historia.

En el segundo párrafo del artículo 2 de la citada Ley, se establece que la Secretaría de Economía podrá celebrar convenios de coordinación con las autoridades federales, estatales del DF, municipales y con particulares, para concertar acciones de apoyo para el sector de las Mipymes. Aquí se propone, de acuerdo a la especificación que se hace en el artículo 3 y en congruencia con la ley, el término "Sectores" que es más genérico e involucra al sector privado, social y del conocimiento.

Se propone también impulsar la creación de un entorno favorable para el fomento y desarrollo de las actividades de modernización, innovación y fortalecimiento tecnológico en las Mipymes, ya que en la medida que el sector de las Mipymes pueda acceder a una mejor infraestructura, equipamiento, transferencia de conocimiento, capacitación, consultoría, etcétera, podrá lograr una mayor competitividad en el mercado, influida por el mejoramiento en los modelos organizacionales, comerciales y de producción. Lo anterior se puede lograr con el fortalecimiento de los vínculos entre las Mipymes y los sectores involucrados en estas áreas, como son universidades, laboratorios, incubadoras de empresas, centros de investigación, Conacyt, etcétera.

Para ello se propone pasar de 31 miembros a 33 en el Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a través de la incorporación del titular de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior y del titular de la Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación Superior. Lo que representa, el involucramiento de las universidades en la toma de decisiones y en el desarrollo de políticas para el desarrollo de la competitividad de las Mipymes, ya que las universidades son parte fundamental en el impulso de una cultura emprendedora en nuestro país.

Es necesario incorporar el concepto de innovación, como uno de los mecanismos que el Consejo deberá impulsar para el desarrollo de las Mipymes. Lo que resulta interesante de analizar, ya que el concepto de innovación involucra aspectos de inventiva y de creatividad en áreas como el diseño, organización, marketing, tecnología, desarrollo organizacional, etcétera. Es importante mencionar que en los modelos actuales de desarrollo para la competitividad a nivel mundial se considera a la innovación como el principal motor para incrementar la competitividad de una economía. Por ejemplo, se cuenta con la experiencia de países como Finlandia, Nueva Zelanda, Irlanda, Corea del Sur, etcétera, que han logrado un incremento considerable en su competitividad, dados los mecanismos de innovación y desarrollo tecnológico que han empleado en sus Mipymes.

Es importante hacer énfasis en la contribución que puede tener el sector del conocimiento, pero particularmente las universidades en el impulso y desarrollo de las incubadoras de empresas y de los emprendedores. En este sentido el apoyo que puede brindar el sector del conocimiento es de suma importancia, ya que por la experiencia y vocación que este sector presenta, facilita y fortalece el desarrollo de las incubadoras y de los emprendedores. Por ejemplo, existen dos casos muy importantes de éxito, los cuales son: el del IPN y el del ITESM, que han logrado posicionar a nivel nacional e internacional los proyectos impulsados en el desarrollo de incubadoras y de emprendedores, logrando importantes resultados en el desarrollo de la competitividad en estas áreas.

Esta propuesta persigue cuatro objetivos principales: Armonización legal de los contenidos, toda vez que existen disposiciones que no se refieren a los diversos sectores y es necesaria su inclusión por la contribución que éstos realizan al fomento de la Competitividad de las Mipymes.

Claridad conceptual y operativa del apoyo, y de la coordinación que debe existir con la Secretaría de la Economía y los sectores involucrados, para la creación de un entorno favorable de las actividades que fortalezcan el desarrollo de la competitividad.

Incorporación formal de la representación de las universidades públicas como privadas en el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Competitividad de las Mipymes.

Cumplir con la constitución de incubadoras de empresas y con el desarrollo de emprendedores, con el apoyo del sector del conocimiento. En atención a lo anteriormente expuesto, el suscrito diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente

Iniciativa que reforma y adiciona la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en los siguientes términos:

Único. Se reforma el segundo párrafo del artículo 2; la fracción IX del artículo 14; se reforma el primer párrafo del artículo 18; la fracción II y III del artículo 22; y se adiciona la fracción XXIII al artículo 18, para quedar como sigue:

Artículo 2. ...

La Secretaría de Economía en el ámbito de su competencia, podrá convenir con los sectores para concertar las acciones necesarias para la coordinación en materia de apoyos a la micro, pequeña y mediana empresa.

Artículo 14. ... IX. La creación de un entorno favorable para el fomento y desarrollo de las actividades de modernización, innovación y fortalecimiento tecnológico de las Mipymes. Artículo 18. El Consejo estará conformado por 33 integrantes: I. a XX. ...

  1. Tres miembros de los sectores que incidan en el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, quienes serán designados por la Secretaría,

  2. Dos representantes del Congreso del Trabajo y un representante de la Unión Nacional de Trabajadores; y

  3. El titular de las Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior y el titular de la Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación Superior. Artículo 22. El Consejo tendrá por...

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