Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 218 de la Ley General de Salud, en materia de disminución del consumo de bebidas alcohólicas por mujeres embarazadas., de 29 de Septiembre de 2004

Gaceta Parlamentaria, año VII, número 1594-I, miércoles 29 de septiembre de 2004 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1532-I, miércoles 29 de septiembre de 2004. Iniciativas De Ley Federal contra la Explotación Sexual Infantil, suscrita por los diputados María de Jesús Aguirre Maldonado y Manlio Fabio Beltrones Rivera, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, en materia de combate a la corrupción, a cargo del diputado Francisco Barrio Terrazas, del grupo parlamentario del PAN. Para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, el nombre de Gertrudis Bocanegra Mendoza, a cargo de la diputada Cristina Portillo Ayala, del grupo parlamentario del PRD. Que reforma y adiciona los artículos 139, 142, 144 y 419 de la Ley General de Salud, y adiciona un párrafo al artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para otorgar mayor seguridad a los trabajadores de la salud pública y privada, a cargo de la diputada María Cristina Díaz Salazar, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de regulación de los organismos constitucionales autónomos, a cargo del diputado José Antonio de la Vega Asmitia, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona el artículo 8 de la Ley Federal de Derechos, a cargo de la diputada Guadalupe Morales Rubio, del grupo parlamentario del PRD. Que reforma la fracción VII del artículo 10 de la Ley Federal de Competencia Económica, a cargo del diputado Cruz López Aguilar, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona el artículo 20, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para ampliar los derechos procesales a favor de los ofendidos, ofendidas y víctimas del delito, a cargo del diputado Pablo Alejo López Núñez, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona los artículos 51 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y crea la Ley Reglamentaria de los Artículos 51 y 56 Constitucionales en materia de representatividad, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, en materia de multas y sanciones, suscrita por los diputados Elizabeth Yáñez Robles y Manuel Ignacio López Villarreal, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona los artículos 33, fracción VIII, 56, 57, fracción IV, y 65, fracción V, de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Eduardo Alonso Bailey Elizondo, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma los artículos 21, párrafo primero, y 22, párrafo segundo de la Ley de Planeación, en materia de previsiones y proyecciones a largo plazo, a cargo del diputado Ramón Galindo Noriega, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo del diputado Eduardo Alonso Bailey Elizondo, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma el artículo 218 de la Ley General de Salud, en materia de disminución del consumo de bebidas alcohólicas por mujeres embarazadas, a cargo de la diputada Gisela Juliana Lara Saldaña, del grupo parlamentario del PAN.

Iniciativas

DE LEY FEDERAL CONTRA LA EXPLOTACION SEXUAL INFANTIL, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS MARÍA DE JESÚS AGUIRRE MALDONADO Y MANLIO FABIO BELTRONES RIVERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Los suscritos diputados federales Manlio Fabio Beltrones Rivera y María de Jesús Aguirre Maldonado, integrantes del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión; con fundamento en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos y 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos a la consideración de esta honorable soberanía la presente iniciativa con proyecto de Ley Federal contra la Explotación Sexual Infantil de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

La explotación sexual infantil, tanto comercial como no comercial, de acuerdo con los Instrumentos Jurídicos Internacionales ratificados por nuestro País se compone de dos delitos contra la niñez: la Pornografía y el Lenocinio Infantiles, teniendo este último al turismo sexual y la trata de menores con propósitos sexuales, como medios para cometerlo. Entre los citados delitos, así como entre los medios para su comisión existe una estrecha relación, llegando incluso a ser complementarios, creando así una amplia y compleja estructura delictiva.

En los últimos años hemos sido testigos de un desplazamiento en la demanda de sexo hacia las niñas y los niños, lo que ha significado un aumento de su valor en el mismo mercado. El crecimiento de esta demanda ha sido el detonante de la aparición de modalidades delictivas como la utilización de niños en la elaboración de material pornográfico, el turismo sexual y la venta de niños con propósitos sexuales, que se ven favorecidas por el surgimiento de nuevas formas de comunicación internacional, concretamente el Internet, y por los avances en los transportes, que hoy en día permiten a los pedófilos desplazarse hasta países donde las leyes en materia de protección a la niñez son más laxas y la oferta de niños es mayor.

Según datos del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, UNICEF, la explotación sexual infantil genera anualmente en el mundo siete mil millones de dólares (7,000; 000,000 de dólares) cantidad con la que se podría garantizar el acceso a la educación primaria de todos los niños del mundo. Con estas ganancias, la explotación sexual infantil se coloca como el tercer gran negocio mundial, después del tráfico de drogas y de armas. Pero más allá de esta escandalosa cifra monetaria, la explotación sexual infantil destruye moral, psicológica, física y socialmente a generaciones enteras cuyo correcto desarrollo se vio truncado al ser inducidos u obligados a realizar prácticas que alteran su proceso de desarrollo sexual, además de provocar en el caso más extremo, la muerte prematura de los niños víctimas, debido al sida y a otras enfermedades, asociadas también con el consumo de drogas.

Para enfrentar este flagelo que no distingue fronteras físicas o culturales, la comunidad internacional ha organizado sus esfuerzos en diversos ordenamientos de alcance global que, al ser adoptados por los países miembros, implican el compromiso de su incorporación a las legislaciones nacionales a fin de crear un marco jurídico eficaz de protección a la niñez.

En este sentido, el diputado Manlio Fabio Beltrones y una servidora presentamos el 16 de junio pasado una iniciativa de ley que modifica el Capítulo II, Título VIII del Código Penal Federal correspondiente a la Corrupción de Menores con la finalidad de crear como figuras delictivas autónomas la pornografía y el lenocinio infantiles, calificándolos además como delitos graves. En la misma iniciativa establecimos como modalidad del delito de pornografía infantil, la posesión o compra de material pornográfico que involucre niños, modalidades hasta ahora inexistentes en nuestra legislación. Esta iniciativa, de ser aprobada durante el presente periodo ordinario de sesiones, permitirá al Estado Mexicano proteger de una manera más eficaz a la niñez mexicana y, junto con el proyecto de Ley Federal que hoy estamos sometiendo a su consideración, colocará a nuestro país en la senda del cumplimiento de los compromisos internacionales que ha firmado en la materia, mismos que, bajo el internacionalmente aceptado principio jurídico Pacta Sunt Servanda establecido por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, vigente en México desde 1980, deben ser cumplidos de buena fe por las partes signatarias.

Sin embargo, esto no es suficiente. Los compromisos del Estado Mexicano tanto a nivel internacional como con nuestra niñez aún no se han cubierto y tenemos que reconocer que los niños mexicanos todavía no se encuentran protegidos contra prácticas tan terribles como ser prostituídos, utilizados para elaborar material pornográfico o comerciados con fines sexuales.

La pauta para legislar al respecto nos la da el hecho de que en nuestro país son explotados actualmente más de 16 mil menores de edad, de los cuales el 80% son niñas entre 10 y 14 años, cifras que provienen de un estudio realizado por la investigadora Elena Azola en el año 2000 bajo el auspicio del UNICEF, el DIF y la UNAM. Lo preocupante de los resultados de ese estudio es, por un lado que tiene una antigüedad de 4 años, sin que existan nuevos datos al respecto, y por el otro, que en él se abarca tan sólo a seis ciudades de la República Mexicana, por lo cual podemos afirmar que el número es seguramente mucho mayor. Esta cifra nos demuestra que en los últimos años México se ha convertido en un lugar ideal para la operación de bandas criminales que se dedican a explotar sexualmente a la niñez mexicana al amparo de una legislación débil al respecto. Las mafias enganchan en estas actividades a niños abandonados que viven en la calle, procedentes de los cinturones periféricos y áreas marginales de las grandes ciudades o zonas turísticas, situación que los convierte en presas fáciles debido a la miseria en que viven. En muchos de los casos están involucrados niños que huyen de sus hogares debido a la violencia o abusos de todo tipo de que son objeto y que encuentran en la prostitución o la pornografía la única posibilidad de sobrevivir en las calles. Las bandas criminales que a esto se dedican también recurren al rapto de niños, valiéndose además de los golpes para doblegarlos y forzarlos a consumir drogas para aumentar su...

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