Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 424 bis del Código Penal Federal, para tipificar como delitos perseguibles de oficio los cometidos contra los derechos de autor., de 12 de Diciembre de 2002

QUE REFORMA EL ARTICULO 424 BIS DEL CODIGO PENAL FEDERAL, PARA TIPIFICAR COMO DELITOS PERSEGUIBLES DE OFICIO LOS COMETIDOS CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR, PRESENTADA POR EL DIPUTADO OSCAR ROMEO MALDONADO DOMINGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2002

El que suscribe, diputado de la LVIII legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante esta soberanía una Iniciativa de Modificación al Código Penal Federal, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

En México la Legislación de la propiedad intelectual referente a Derechos de Autor y de Propiedad Industrial ha permanecido por años sin cambios significativos y con sanciones administrativas y penales menores. A raíz de la firma y entrada en vigor del Tratado del Libre Comercio de América del Norte, la materia de la propiedad intelectual se ve regulada por una nueva Legislación y posteriores Reformas Penales que prevén mayores sanciones y consideran algunas conductas de este tipo como delitos graves.

La protección de la propiedad intelectual a través de tipos penales con sanciones mayores ha repercutido en el considerable aumento del número de querellas, al grado que los órganos de procuración de justicia se han visto en la necesidad de crear una fiscalía especializada para la atención de delitos en la materia (FEDPII) y por ende, que cada vez mayor número de averiguaciones sean consignadas a la autoridad judicial.

El aumento de las conductas comúnmente denominadas como ??Piratería?? tan solo en la materia del derecho de autor, representan altos ingresos al crimen organizado, al grado que, de poderse cuantificar en su conjunto seguramente estarían a niveles muy cercanos de los ingresos generados por el narcotráfico y superarían a los del robo de automóvil lo cual pudiera sonar excesivo pero si tan solo consideramos como ejemplo, el que durante el año 2000 solo la Industria Cinematográfica representó para los Estados Unidos de Norteamérica ingresos cuatro veces mayores a los ingresos generados por la totalidad de la Industria Automotriz Norteamericana para el referido País dimensionamos el problema. En México se calcula que de cada 10 videos cinematográficos que se venden siete de ellos son comercializados por la Industria de la piratería, esto nos da un pequeño parámetro de la magnitud de los ingresos generados...

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