Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., de 11 de Noviembre de 2010

Gaceta Parlamentaria, año XIII, número 3136-II, jueves 11 de noviembre de 2010 Gaceta Parlamentaria, año XIII, número 3136-II, jueves 11 de noviembre de 2010 Iniciativas Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Gabriela Cuevas Barron, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Adriana Sarur Torre, del Grupo Parlamentario del PVEM Que reforma los artículos 2o. y 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Gabriela Cuevas Barron, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma los artículos 24 y 25 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Adriana Sarur Torre, del Grupo Parlamentario del PVEM Que expide la Ley Federal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad; y reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánicas del Poder Judicial de la Federación, y de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma los artículos 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Adán Ignacio Rubí Salazar, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 116 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a cargo del diputado Carlos Luis Meillón Johnston, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Manuel Báez Ceja, del Grupo Parlamentario del PRD Que expide la Ley del Impuesto sobre Emisiones de Vehículos Particulares, a cargo del diputado Alberto Emiliano Cinta Martínez, del Grupo Parlamentario del PVEM Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Que reforma los artículos 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 34 Bis de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 110 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Ilich Augusto Lozano Herrera, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma el artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Alejandro del Mazo Maza, del Grupo Parlamentario del PVEM Que reforma los artículos 22, 38 y 65 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Cora Pinedo Alonso, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por integrantes de la Comisión Especial para el desarrollo de microrregiones Iniciativas Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Gabriela Cuevas Barron, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada federal Gabriela Cuevas Barron, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley de Coordinación Fiscal para determinar los conceptos de gastos autorizados en los distintos fondos federales que son transferidos a las entidades federativas y al Distrito Federal, a fin de evitar que se incluyan pagos de servicios personales y demás erogaciones de gasto corriente, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

En el Plan Nacional de Desarrollo se establece como un eje de política pública la rendición de cuentas y la transparencia, estableciéndolos como los dos componentes esenciales en los que se fundamenta la acción de un gobierno democrático, ya que es por medio de la rendición de cuentas que el gobierno explica a la sociedad sus acciones y acepta consecuentemente la responsabilidad de las mismas. Con la transparencia se abre la información al escrutinio público para que aquellos interesados puedan revisarla, analizarla y, en su caso, utilizarla como mecanismo para sancionar a sus gobiernos.

Es por esto que un gobierno que desea llamarse democrático debe rendir cuentas para reportar o explicar sus acciones y debe transparentarse para mostrar su funcionamiento y someterse a la evaluación de los ciudadanos. La obligación de transparentar y otorgar acceso público a la información abre canales de comunicación entre las instituciones del Estado y la sociedad, al permitir a la ciudadanía participar en los asuntos públicos y realizar una revisión del ejercicio gubernamental.

Los avances en estas materias, aunque en algunos casos limitados, se han dado en el ámbito estatal, ya que actualmente todas las entidades federativas cuentan con una ley de acceso. No obstante, es indispensable establecer criterios homogéneos para evitar las asimetrías en la obligación de todos los niveles de gobierno en la información del origen y destino de los recursos que son entregados a las entidades federativas y municipios que tienen su origen en la legislación federal.

Es por esto que dentro del Plan Nacional de Desarrollo se establece como objetivo número 5 el promover y garantizar la transparencia, la rendición de cuentas, el acceso a la información y la protección de los datos personales en todos los ámbitos de gobierno. Para lograr esto se tiene previsto implantar, entre otras, la siguiente estrategia: c oordinar y establecer mecanismos para la transparencia y rendición de cuentas de los gobiernos estatales y municipales en el ejercicio de los recursos federales.

Con esta estrategia se busca crear los mecanismos y propiciar las reformas legales necesarias para que tanto las administraciones estatales como las municipales estén obligadas a explicar puntualmente cómo invierten los recursos que reciben de la federación y cuál es su impacto en términos económicos y sociales.

Es importante considerar que en las últimas dos administraciones federales se ha fortalecido el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y se ha generado el incremento de las transferencias de recursos públicos federales a todas la entidades federativas y el Distrito Federal. Baste mencionar que de 2006 a 2009, de acuerdo con los reportes de la Cuenta Pública federal enviados a esta Cámara de Diputados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las transferencias a los estados, municipios y al Distrito Federal pasaron de 716 mil 89 millones de pesos a 929 mil 167 millones de pesos, lo que representó 29.7 por ciento de incremento, considerando aún que 2009 fue un año económicamente muy difícil y que ya en 2008 se había alcanzado un importe de 984 mil 59 millones de pesos.

De igual manera, el porcentaje de estas transferencias –que engloban las participaciones y las aportaciones federales– creció en referencia al total del Presupuesto de Egresos autorizado por esta Cámara de Diputados de 2006 a 2009 hasta representar más de 40 por ciento promedio del gasto federal.

Es importante recordar que las participaciones y aportaciones federales provienen de los impuestos y contribuciones que están determinados en la Ley de Ingresos de la Federación, mientras que en la Ley de Coordinación Fiscal se establecen los mecanismos y fórmulas para su distribución, por lo que su destino tiene que estar dirigido a la atención de las necesidades de la población de menores oportunidades y a las funciones de gobierno.

Así, para lograr una mayor transparencia en el uso de los recursos y evitar el desvío de los mismos para fines distintos al bienestar social, esta iniciativa pretende establecer un marco legislativo más claro y detallado del proceso del ejercicio del gasto de las transferencias que reciben las entidades federativas, en relación con el cumplimiento de metas y de los programas establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo a fin de obtener los siguientes beneficios:

  1. Disminuir la discrecionalidad en el uso de las transferencias relacionadas con los Fondos de Aportaciones a los Estados y al Distrito Federal, mediante la determinación de los conceptos de gastos con el fin de fortalecer el objetivo de su creación y funcionamiento.

  2. Facilitar la fiscalización que tienen el Poder Legislativo local u Órgano de Control Interno Estatal, y la vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

Debemos fomentar la cultura de rendición de cuentas, que los ciudadanos a través de los mecanismos legales existentes puedan tener la certeza que los recursos públicos son utilizados de manera oportuna, con apego a la ley, de manera transparente, con criterios de honradez, economía, calidad, eficiencia y eficacia, pero en todos los niveles de gobierno, en cuando a recursos públicos federales se refiere.

Por todo lo expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley de Coordinación Fiscal para determinar los conceptos de gastos autorizados en los distintos fondos federales que son transferidos a las entidades federativas y al Distrito Federal, a fin de evitar que se incluyan pagos de servicios personales y demás erogaciones de gasto corriente

Artículo Único. Se reforman los artículos 33, 37 y 47; y se adicionan un último párrafo al artículo 29, un segundo párrafo al inciso b) del artículo 33, un último párrafo al artículo 37, un último párrafo al artículo 40, un último párrafo al artículo 42, un último párrafo al...

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