Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo sexto transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003., de 6 de Noviembre de 2003

DE LA CAMARA DE SENADORES, CON EL QUE REMITE INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTICULO SEXTO TRANSITORIO DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2003, SUSCRITA POR LOS SENADORES OSCAR LUEBBERT GUTIERREZ Y FIDEL HERRERA BELTRAN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

México, DF, a 4 de noviembre de 2003.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados

Presentes

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Oscar Luebbert Gutiérrez, a nombre propio y del senador Fidel Herrera Beltrán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo sexto transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa se turnara a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

Atentamente

Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)

Vicepresidente

Honorable Asamblea

El que suscribe, Fidel Herrera Beltrán, senador de la República por el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, e integrante de esta LIX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del Pleno de esta Cámara la siguiente:

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo sexto transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003 de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

Los puertos mexicanos constituyen un área estratégica, fundamental en el sistema de transporte del país.

Antes de 1994, los puertos resultaban excesivamente caros, algunos presentaban problemas laborales importantes y, por ende, no eran competitivos ni eficientes.

Se modificaron entonces dos aspectos substanciales: en primer lugar el de constituir empresas portuarias independientes y autónomas, pero que no tuviesen las rigideces que tienen muchas actividades que se sitúan dentro de una secretaría.

Se buscó dar a los puertos independencia en la toma de sus decisiones, una autonomía presupuestal para que pudieran tomar las decisiones importantes para mejorar los puertos. Así, se crearon las Administraciones Portuarias Integrales.

El 2 de febrero del año 2003, en Palacio Nacional, los gobernadores de la Conago y el secretario de Hacienda y Crédito Público se reunieron, acordando básicamente los siguientes puntos: Buscar una solución negociada que permitiera al Gobierno Federal conservar la mayoría de las acciones de las Administraciones Portuarias Integrales, para así poder realizar las acciones de comercio exterior, obras portuarias y de estricto apego a las disposiciones de la Ley de Puertos y a la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003. Esto, independientemente de la acción de inconstitucionalidad 6/2003 y su acumulada 8/2003, que con fecha 29 de enero del presente año promovieron ciento setenta y cuatro diputados federales integrantes de la Quincuagésima Octava Legislatura del Congreso de la Unión y el C. procurador general de la República, respectivamente, en la que se impugnó el artículo sexto transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003.

Nombrar al procurador fiscal de la Federación, Lic. Juan Carlos Tamayo Pino, como representante del Gobierno Federal en las negociaciones en torno al proceso de transferencia de las acciones de las Administraciones Portuarias Integrales, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6º transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003.

Presentar a consideración de los gobiernos de los 12 estados interesados la propuesta de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para transferir un 40% de las acciones de las referidas Administraciones Portuarias Integrales a los estados y un 9% a los municipios. La Administración Portuaria de Dos Bocas, ubicada en el municipio de Paraíso, en el estado de Tabasco, seguiría las negociaciones de manera independiente al acuerdo pero sin afectar el fondo del mismo, toda vez que aquélla...

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