Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., de 22 de Marzo de 2012

Gaceta Parlamentaria, año XV, núMero 3472-VI, jueves 15 de marzo de 2012 Gaceta Parlamentaria, año XV, número 3472-VI, jueves 15 de marzo de 2012 Iniciativas Que reforma los artículos 52 a 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Maurilio Ochoa Millán, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Rafael Yerena Zambrano y José Trinidad Padilla López, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Federal contra la Delincuencia Organizada, y de Seguridad Nacional, a cargo de la diputada Caritina Sáenz Vargas, del Grupo Parlamentario del PVEM Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Romero Romero, del Grupo Parlamentario del PRI Que adiciona el artículo 62 Bis a la Ley General de Salud, a cargo de Paz Gutiérrez Cortina y suscrita por Miguel Antonio Osuna Millán y Diva Hadamira Gastélum Bajo, diputados de los Grupos Parlamentarios del PAN y del PRI Que adiciona el artículo 62 Bis a la Ley General de Salud, a cargo del diputado Ariel Gómez León, del Grupo Parlamentario del PRD Que adiciona el artículo 10 Bis y reforma el 42 de la Ley Federal de Cinematografía, a cargo del diputado Alejandro del Mazo Maza, del Grupo Parlamentario del PVEM Que reforma los artículos 3o. del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 2o. de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT Que reforma los artículos 3o. de la Ley de Aguas Nacionales y 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre, suscrita por los diputados Laura Arizmendi Campos, María Guadalupe García Almanza y Pedro Jiménez León, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano De decreto, a fin de que se coloquen en el patio central del Palacio Legislativo un busto con la efigie del general Ignacio Zaragoza y una placa conmemorativa del 150 aniversario de la Batalla de Puebla, a cargo de la diputada María Isabel Merlo Talavera y suscrita por integrantes de la Comisión Especial para conmemorar el 150 aniversario de la Batalla de Puebla, realizada el 5 de mayo de 1862 Que reforma el artículo 47 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Jorge Romero Romero, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma los artículos 65 y 67 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Jaime Oliva Ramírez, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos, a cargo por el diputado César Francisco Burelo Burelo, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, así como de las Leyes Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del Artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; General para prevenir y sancionar los Delitos en materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Educación, suscrita por los diputados Laura Arizmendi Campos, María Guadalupe García Almanza y Pedro Jiménez León, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano Que reforma los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 75 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Jorge Romero Romero, del Grupo Parlamentario del PRI De decreto, para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante, suscrita por los diputados Omar Fayad Meneses, José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, Antonio Benítez Lucho, Alberto Emiliano Cinta Martínez, Ifigenia Martha Martínez y Hernández, Jaime Aguilar Álvarez y Mazarrasa, Camilo Ramírez Puente, Víctor Humberto Benítez Treviño, María del Pilar Torre Canales y Jaime Fernando Cárdenas Gracia, integrantes de diversos Grupos Parlamentarios. Iniciativas Que reforma los artículos 52 a 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Maurilio Ochoa Millán, del Grupo Parlamentario del PRI

Maurilio Ochoa Millán, diputado de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 y 78 del reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

La actual formación de fuerzas políticas en el Congreso de la Unión es la principal manifestación de una necesidad del pueblo mexicano por alcanzar la optimización de sus fines en un sentido plural y democrático. El dinamismo de la sociedad mexicana hace necesario analizar el principio constitucional de separación de poderes, poniendo especial énfasis en el órgano legislativo, a fin de consolidar un Poder Legislativo profesional e independiente.

En este sentido adquieren preponderancia los temas de la integración de las Cámaras del Congreso de la Unión y en especial atención el sistema de representación proporcional.

Dicha figura se creó en un principio con el fin de abrir espacios legislativos a las minorías del país, pero además, como una posibilidad para que los partidos políticos proyecten al espacio parlamentario de las grandes discusiones a sus elementos más calificados. En este sistema, cada partido político propone a 200 favorecidos para acceder a las diputaciones según este principio. Si bien, la figura de representación proporcional fue novedad en su tiempo, actualmente está demostrado que el país requiere de una disminución de este tipo de figuras para seguir caminando a una democracia perfecta. Una reducción al máximo en el número de diputados federales permitiría lograr que el trabajo fuera mejor y más eficiente.

En la actualidad, con 500 diputados federales su labor se complica, con el consiguiente estancamiento del proceso legislativo. Una Cámara de Diputados del tamaño de la de ahora no es un órgano legislativo eficiente, no permite el debate responsable, impide el procesamiento ordenado del trabajo de comisiones, dificulta la asignación de responsabilidades adecuadas y, lo más grave, entorpece la formación de consensos necesarios a la definición de prioridades legislativas comunes a todas las fracciones ideológicas que la nación requiere con urgencia. Además, genera costos que, aun cuando no son lo más importante, también preocupan a la ciudadanía y desprestigian la tarea legislativa. Una vez garantizadas la pluralidad de ideas y la fortaleza del sistema de partidos, es necesario también hacerlo con la organización legislativa para que el gobierno pueda ser conducido sin el obstáculo paralizador que significa la atomización política, como ha estado sucediendo en legislaturas recientes.

Para lograr los fines anteriores, en esta iniciativa proponemos reducir a 200 el número de diputados de mayoría relativa y a 100 el de representación proporcional, Como consecuencia de este cambio y para mantener la misma proporción en relación con los topes y la sobrerrepresentación establecidos en el artículo 54 constitucional, también proponemos disminuir a 200 el número máximo de diputados que por ambos principios puede tener un partido político. Se hace indispensable pues, realizar una nueva reforma constitucional que permita modernizar la composición del Congreso, para que sea una institución más fuerte, eficaz y eficiente que, acorde con la nueva realidad política del país, sigua reflejando la pluralidad en que vivimos y constituya una expresión organizada de todos los sectores sociales y de todos los mexicanos, congruente con los nuevos tiempos de México. De conformidad con lo anteriormente expuesto, nos permitimos presentar ante la honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto que reforma los artículos 52, 53, párrafo segundo, y 54, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se reforman los artículos 52, 53, párrafo segundo, y 54, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 52. La Cámara de Diputados estará integrada por 200 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 100 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales.

Artículo 53. ...

Para la elección de los 100 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de listas regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país. La ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones.

Artículo 54. La elección de los 100 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de asignación por listas regionales se sujetará a las siguientes bases y a lo que disponga la ley: I. a III. ... IV. Ningún partido político podrá contar con más de 200 diputados por ambos principios. V.... Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor noventa días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión dispondrá lo necesario para...

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