Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 13 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, a fin de que en los Ceresos se brinden servicios ginecológicos integrales especializados., de 7 de Abril de 2010

Gaceta Parlamentaria, año , número 2983-II, miércoles 07 de abril de 2010 Gaceta Parlamentaria, año XIII, número 2983-II, miércoles 7 de abril de 2010 Iniciativas Que expide la Ley General de Almacenamiento Financiero y Agropecuario, y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y del Código de Comercio, suscrita por los diputados Francisco Alberto Jiménez Merino, Héctor Eduardo Velasco Monroy y Fermín Montes Cavazos, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo del diputado Ángel Aguirre Herrera, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Policía Federal, suscrita por los diputados José Luis Ovando Patrón y Jesús Ramírez Rangel, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma los artículos 53 y 54 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Sabino Bautista Concepción, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 13 de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, a cargo de la diputada Mirna Lucrecia Camacho Pedrero, del Grupo Parlamentario del PAN Que expide la Ley Federal para el Desarrollo y Protección a Madres Solas o Solteras, a cargo del diputado Fermín Gerardo Alvarado Arroyo, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma los artículos 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 76 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, a cargo del diputado Nazario Norberto Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma el artículo 40 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Diego Guerrero Rubio, del Grupo Parlamentario del PVEM Iniciativas Que expide la Ley General de Almacenamiento Financiero y Agropecuario, y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y del Código de Comercio, suscrita por los diputados Francisco Alberto Jiménez Merino, Héctor Eduardo Velasco Monroy y Fermín Montes Cavazos, del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, Alberto Jiménez Merino, Héctor Eduardo Velasco Monroy y Fermín Montes Cavazos, diputados federales por la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta soberanía iniciativa de Ley General de Almacenamiento Financiero y Agropecuario y la reforma a diversas leyes directamente relacionadas con la operación de los Almacenes Generales de Depósito con base en la siguiente Exposición de Motivos

Los principios de toda política del desarrollo del campo Mexicano deberían ser la soberanía y seguridad alimentarias, las cuales para caracterizarse como reales políticas de desarrollo, necesariamente han de sustentarse en el desenvolvimiento pleno de la sociedad rural.

Lo anterior no se ha podido lograr a causa de la descoordinación de las estrategias, los programas y las líneas de acción de los sectores social y privado, a lo cual debe agregarse la conducción poco consistente de los distintos niveles de gobierno de la política del Estado mexicano que por mandato constitucional debe promover, concertar e instrumentar políticas de fomento productivo, de desarrollo económico, así como una política social para el desarrollo rural sustentable.

Lo conveniente es que dichos principios de la política de desarrollo del campo mexicano, que al mismo tiempo constituyen todavía aspiraciones, es decir, la soberanía y seguridad alimentarias, así como la prosperidad de los habitantes del ámbito rural, cuenten con las condiciones para que se implementen de manera que todos los actores involucrados, particularmente los más vulnerables del sector rural, cuenten con el marco jurídico para desarrollar sus potencialidades.

Así, el progreso del campo mexicano precisa no sólo la aplicación de los actuales instrumentos con los que cuenta el Estado, sino de modificar el marco jurídico vigente para que se incentiven procesos en los que la convivencia y, en algunos casos, el acuerdo entre los distintos sectores productivos que conforman la economía de nuestra nación, generen el desarrollo económico de la sociedad rural.

En ese sentido, cabe recordar que entre las condiciones para la realización de una política de Estado que el Acuerdo Nacional para el Campo establece para alcanzar los principios antes mencionados, se ha de cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos: "Ser construida con la participación de la sociedad organizada y los tres órdenes de gobierno, mediante la vinculación práctica de capacidades y saberes expertos, de la experiencia real de los actores productivos y sociales, de los saberes institucionales, y sobre todo considerando la diversidad regional y poblacional existente en las diferentes entidades federativas del país; "Establecer con claridad los derechos y obligaciones, tanto del sector público, como de la sociedad; en un marco de corresponsabilidad, para alcanzar los objetivos que se pretenden como nación; "Fortalecer el marco institucional, legislativo, normativo, programático, presupuestario y de rendición de cuentas, para la realización de las responsabilidades públicas, la definición de las misiones de las instituciones; la organización en la conducción de los asuntos públicos y la rendición de cuentas transparente hacia la sociedad; "Fortalecer los mecanismos que permitan combinar los recursos públicos, privados y sociales requeridos para realizar las tareas."

Es precisamente en el contexto del Acuerdo Nacional para el Campo que se acaba de transcribir, que se adscribe la presentación de esta iniciativa de nueva Ley de Almacenamiento Financiero y Agropecuario, la cual parte del supuesto de que para un desarrollo económico y social del campo mexicano se requiere de la convivencia y complementariedad de los distintos sectores económicos señalados en el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, salvaguardando la función de rectoría que le corresponde al Estado mexicano con las facultades expresas que se otorgan, en este caso a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Es de considerar que de acuerdo a la legislación vigente, los Almacenes Generales de Depósito tienen el carácter de organizaciones auxiliares del crédito y están sujetos al régimen jurídico y administrativo de una autorización para su constitución y funcionamiento, misma que otorga la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, escuchando la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y del Banco de México.

Dicha legislación regula, a través de diversas disposiciones, la forma de constitución legal de los almacenes, su operación, régimen de capital, actividades permitidas y prohibidas, el establecimiento de capitales mínimos necesarios para la constitución de un nuevo almacén y para mantener en operación a los ya existentes, además de establecer junto con la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el régimen legal de emisión, funcionamiento y transmisión de los certificados de depósito y los bonos de prenda , títulos de crédito que se entregan al depositante de mercancías, para amparar la existencia y custodia de los bienes recibidos por un Almacén, previstos y regulados sustantivamente por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Para dar certidumbre a la emisión y circulación de dichos títulos de crédito, además de los términos exigidos por la citada ley cambiaria, la Ley General de Organizaciones Auxiliares del Crédito establece que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores tiene facultades de fiscalización y supervisión de sus operaciones y funcionamiento, pudiendo inclusive imponer sanciones por violaciones de carácter administrativo contempladas en la vigente legislación.

El propósito de esta propuesta legislativa es incorporar expresamente en el marco que se acaba de mencionar el almacenamiento agropecuario, exponiendo con esta denominación una actividad productiva, más que una expresión territorial como puede ser el nombre de rural. De hecho, las actividades de Almacenamiento Rural, como lo plantea el Acuerdo Nacional para el Campo, forma parte de las políticas de fomento productivo y desarrollo económico establecidos en dicho acuerdo, actividades que deben participar en un sistema coherente y coordinado de acciones que permitan cumplir con los requisitos antes mencionados.

Ha de señalarse que esta iniciativa, además de establecer los incentivos para que se desenvuelvan las actividades de almacenamiento por los sectores social y privado, tiene como objetivo adicional preservar a la figura de certificados de depósito y sus bonos de prenda como instrumentos de financiamiento adecuado para las actividades productivas del campo. Es de considerarse que hasta el año pasado los Títulos de Crédito en mención fueron el vehículo para que más de 150 mil millones de pesos se vertieran al campo en actividades de financiamiento, de apoyos y de subsidios.

Para preservar a los certificados de depósito y sus bonos de prenda, distintos agentes económicos que participan en las actividades financiamiento, apoyos y subsidios, es decir, aquellos que configuran los mercados en los que realizan su función estos Títulos de Crédito, observan como una de sus condiciones básicas mantener las actividades de autorización, supervisión y vigilancia en manos de instancias a cargo de la regulación de las organizaciones y actividades auxiliares de crédito.

Como se puede apreciar, esta iniciativa se encuentra distante de plantear que las actividades se desarrollen en el libre juego de las fuerzas del mercado, como lo ha mostrado una política económica que en los hechos, y en las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR