Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., de 14 de Septiembre de 2004

QUE REFORMA EL ARTICULO 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO QUINTÍN VÁZQUEZ GARCÍA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito, diputado federal por el distrito numero nueve con cabecera en Guadalajara, Jalisco, Quintín Vázquez García, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo previsto en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pone a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente.

Exposición de Motivos

En el origen de nuestra Constitución no se preveía ningún precepto que se refiriera a los contratos de obra pública, ni a las adquisiciones o arrendamientos que llevaran a cabo el Gobierno Federal o sus paraestatales.

Fue en la 61ª sesión ordinaria, celebrada el 25 de enero de 1917, que la Comisión de Constitución presentó a la asamblea un dictamen, que cito:

Ciudadanos diputados:

Al título de la Constitución que contiene las prevenciones generales, la Comisión ha creído conveniente agregar un artículo que tiene por objeto asegurar los concursos de todos los trabajos públicos, para obtener así, para el servicio de la nación, las mejores utilidades posibles, evitando los fraudes y los favoritismos, bien conocidos del antiguo régimen.

El artículo que se agrega, por ser el último de las prevenciones generales, llevará el número 131; pero como puede haber modificaciones en la numeración, la Comisión de Estilo lo coloque en el lugar que le corresponde en la serie. La Comisión se permite proponerlo en los siguientes términos a la aprobación de esta honorable asamblea:

Artículo 131. Todos los contratos que el gobierno tuviere que celebrar para la ejecución de las obras públicas serán adjudicados en subasta pública, mediante convocatoria y para que se presenten proposiciones en sobre cerrado, que será abierto en junta pública.

Sala de Comisiones, Querétaro de Arteaga, 25 de enero de 1917. Paulino Machorro Narváez, Heriberto Jara, Arturo Méndez, Hilario Medina.

El proyecto presentado fue aprobado casi sin discusión, y sin mayor trascendencia fue aprobado con el número 134 y estuvo vigente hasta 1982.

El texto original del artículo 134 de la Constitución mexicana fue el siguiente:

Artículo 134. Todos los contratos que el gobierno tenga que celebrar para la ejecución de obras públicas serán...

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