Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 24 de la Ley de Concursos Mercantiles., de 8 de Marzo de 2007

Gaceta Parlamentaria, año X, número 2209-I, jueves 8 de marzo de 2007 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2209-I, jueves 8 de marzo de 2007.

Iniciativas Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Beatriz Eugenia García Reyes, del Grupo Parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Roberto Mendoza Flores, del Grupo Parlamentario del PRD. Que reforma el artículo 10 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil, a cargo de la diputada Verónica Velasco Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PVEM. Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Alberto Esteva Salinas, del Grupo Parlamentario de Convergencia. Que reforma el artículo 16 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Joaquín Humberto Vela González, del Grupo Parlamentario del PT. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada María Victoria Gutiérrez Lagunes, del Grupo Parlamentario del PAN. Que reforma los artículos 24 y 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, a cargo del diputado Víctor Gabriel Varela López, del Grupo Parlamentario del PRD. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a cargo del diputado Jorge Mario Lescieur Talavera, del Grupo Parlamentario del PRI. Que reforma el artículo 5o. de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil, a cargo de la diputada Verónica Velasco Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PVEM. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Beatriz Collado Lara, del Grupo Parlamentario del PAN. Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Joaquín C. de los Santos Molina, del Grupo Parlamentario del PRD. Que reforma el artículo 80 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Fernando Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del PRI. Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Población, a cargo del diputado José Jacques Medina, del Grupo Parlamentario del PRD. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Población, a cargo del diputado Edmundo Ramírez Martínez, del Grupo Parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona los artículos 19 y 21 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Moisés Alcalde Virgen, del Grupo Parlamentario del PAN. Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por las diputadas Lourdes Quiñones Canales y Aracely Jasso Escalante, del Grupo Parlamentario del PRI. Que deroga el segundo párrafo de la fracción I del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez, del Grupo Parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados José Rosas Aispuro Torres y Emilio Gamboa Patrón, del Grupo Parlamentario del PRI. Que reforma el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer una nueva entidad federativa, denominada "Estado Libre y Soberano de la Laguna", a cargo del diputado Carlos Augusto Bracho González, del Grupo Parlamentario del PAN. Que reforma el artículo 24 de la Ley de Concursos Mercantiles, a cargo del diputado Jesús de León Tello, del Grupo Parlamentario del PAN.

Iniciativas

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, A CARGO DE LA DIPUTADA BEATRIZ EUGENIA GARCÍA REYES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a través de la suscrita, diputada Beatriz Eugenia García Reyes, perteneciente a la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 59, 81, la fracción V del artículo 110, el título V, Capítulo I y Capítulo II, los artículos 165, 166 y 995; y se adicionan las fracciones III a X del artículo 170, así como los artículos 170-A y 170-B de la Ley Federal del Trabajo, con objeto de fomentar la equidad y protección de las responsabilidades familiares de las madres y padres trabajadores, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

De la población trabajadora en México cerca del 40 por ciento son mujeres, quienes tradicionalmente han padecido de discriminación, acoso, menores salarios en comparación con los hombres, menor proporción de acceso a los esquemas de seguridad social, entre otros. Todo ello ha repercutido en una gran dificultad de acceso, movilidad y permanencia de las mujeres en el mercado laboral.

Una de las principales problemáticas para la participación de la mujer en la economía está ligada a las responsabilidades familiares. El incremento del número de mujeres en el mercado laboral no ha cambiado sus obligaciones en el ámbito doméstico y familiar, las mujeres tienen que enfrentarse con jornadas dobles o triples de trabajo al tratar de empatar todos sus roles, el de esposa, madre, ama de casa y mujer trabajadora.

De ahí que la presente iniciativa se plantee el objetivo de reconocer derechos laborales de madres y padres trabajadores que incidan en la equidad y protección de sus responsabilidades familiares; más aún, pretende incitar el reconocimiento de los cambios en las dinámicas familiares, en los que el hombre también se hace cargo de tareas domésticas. Así pues, se pretende facilitar el empate del trabajo y las responsabilidades familiares, para además garantizar el cuidado y atención de los hijos.

Los cambios en la dinámica familiar provocados por la inserción de la mujer en el ámbito laboral son un fenómeno mundial, creándose diversas directrices internacionales en la esfera del trabajo para lograr la equidad en las responsabilidades familiares.

Tal es el caso de la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que en su artículo 11 exhorta a los Estados parte a adoptar medidas tendentes a implantar la licencia de maternidad con sueldo pagado o con prestaciones sociales comparables; alentar el suministro de los servicios sociales de apoyo necesarios para permitir que los padres combinen las obligaciones para con la familia con las responsabilidades del trabajo, y prestar protección especial a la mujer durante el embarazo.

La Organización Internacional del Trabajo también ha retomado entre sus disposiciones estas garantías, a través del Convenio número 156 sobre igualdad de trato y de oportunidades entre trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares; en el que establece que "la responsabilidad familiar no debe constituir de por sí una causa justificada para poner fin a la relación de trabajo". Dicho convenio coloca como directrices internacionales el que los Estados deberán: a) incluir entre los objetivos de su política nacional permitir que las personas con responsabilidades familiares que desempeñen o deseen desempeñar un empleo ejerzan su derecho a hacerlo sin ser objeto de discriminación y, en la medida de lo posible, sin conflicto entre sus responsabilidades familiares y profesionales; y b) tomar todas las medidas compatibles con las condiciones y posibilidades nacionales, para que los trabajadores con responsabilidades familiares puedan integrarse y permanecer en la fuerza de trabajo, así como reintegrarse a ella tras una ausencia debida a dichas responsabilidades.

La legislación mexicana, por su parte, fue una de las más avanzadas en el reconocimiento de derechos sociales en su época, incluso elevando los mismos a rango constitucional. En la carta Magna, la igualdad entre hombres y mujeres y la protección a la familia está reconocida en el artículo 4; y en el artículo 123 se establecen los derechos de los trabajadores. Dichos derechos no hubiesen sido tan innovadores sin una ley secundaria que los hiciera exigibles y justiciables.

De esta forma, la Ley Federal del Trabajo establece en el artículo 163 que las mujeres y hombres disfrutan de los mismos derechos; dedica el artículo 170 a la regulación de las labores femeninas en época de maternidad; e inclusive impone multas a quienes incumplan las disposiciones relativas a la protección de mujeres y niños.

Por otro lado, la Ley del Seguro Social dedica varios artículos a la protección de las mujeres, ya sean aseguradas o beneficiarias, centrando en sus artículos 94, 101, 102 y 103 los derechos de maternidad, de entre los que destaca que la mujer tiene derecho a una licencia de maternidad con goce del cien por ciento de su sueldo por 42 días previos y posteriores al parto.

A pesar de lo progresista que llegó a ser la legislación mexicana, no se ha renovado conforme a la situación actual del país, quedando rezagada en materia de género, trabajo y responsabilidades familiares. Dicho rezago ha intentado ser subsanado desde la LVI Legislatura por todos los partidos políticos, pero no se ha logrado avanzar en la materia en espera de una reforma laboral integral que contemple dichos aspectos.

Sin embargo, la reforma integral no ha...

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