Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo octavo transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1997., de 8 de Noviembre de 2007

Gaceta Parlamentaria, año X, número 2370-I, jueves 25 de octubre de 2007 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2370-I, jueves 25 de octubre de 2007. Iniciativas Q ue reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y Minera, a cargo del diputado Antonio Xavier López Adame, del Grupo Parlamentario del PVEM. Q ue reforma los artículos 31 y 32 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Silvia Emilia Degante Romero, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue reforma el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Alejandro Martínez Hernández, del Grupo Parlamentario del PRD. De Ley que Establece las Bases para Otorgar Pensiones y Prestaciones a los Ciudadanos que hayan Desempeñado el Cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Samuel Aguilar Solís, del Grupo Parlamentario del PRI. Q ue reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carlos Alberto Puente Salas, del Grupo Parlamentario del PVEM. Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo del diputado Rubén Aguilar Jiménez, del Grupo Parlamentario del PT. Q ue reforma diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. Q ue reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Amparo, a cargo del diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés, del Grupo Parlamentario de Alternativa. Q ue reforma el artículo 29 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Felipe González Ruiz, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue reforma los artículos 261 de la Ley Federal de Derechos y 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Silbestre Álvarez Ramón, del Grupo Parlamentario del PRD. Q ue reforma los artículos 42 y 54 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, suscrita por los diputados Javier Guerrero García y Raúl Cervantes Andrade, del Grupo Parlamentario del PRI. Q ue reforma el artículo 3 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, a cargo del diputado Pablo Leopoldo Arreola Ortega, del Grupo Parlamentario del PT. Q ue reforma el artículo 8 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada María Esperanza Morelos Borja, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Raymundo Cárdenas Hernández, del Grupo Parlamentario del PRD. Q ue reforma y deroga diversas disposiciones de los Códigos Federal de Procedimientos Civiles, y de Comercio, a cargo del diputado Enrique Cárdenas del Avellano, del Grupo Parlamentario del PRI. Q ue reforma el artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Pablo Leopoldo Arreola Ortega, del Grupo Parlamentario del PT. Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Jorge Quintero Bello, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Francisco Javier Calzada Vázquez, del Grupo Parlamentario del PRD. Q ue reforma diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Pedro Montalvo Gómez, del Grupo Parlamentario del PRI. Q ue reforma el artículo 177 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Jorge Quintero Bello, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue reforma los artículos 49, 109 y 135 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Eduardo Sergio de la Torre Jaramillo, María Eugenia Campos Galván y Alejandro Landero Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue reforma el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Marco Antonio Peyrot Solís, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo del diputado Alberto Vázquez Martínez, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue reforma el artículo octavo transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1997, a cargo de la diputada Rocío del Carmen Morgan Franco, del Grupo Parlamentario del PAN.

Iniciativas

QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE, Y MINERA, A CARGO DEL DIPUTADO ANTONIO XAVIER LÓPEZ ADAME, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM

Antonio Xavier López Adame, diputado a la LX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XXIX-G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables, me permito someter ante esta honorable Asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Actualmente nos encontramos inmersos en una grave situación de deterioro ambiental, tanto a nivel global como local, lo cual hace peligrar no solo el futuro de las generaciones venideras sino el presente inmediato. Lo que sucede en cualquier parte del mundo por muy lejano que parezca, afecta a su pequeño espacio y debido a las relaciones de interdependencia y simbiosis que existen entre todos los seres vivos del planeta y los recursos naturales, su preservación se ha vuelto un punto preponderante en la actualidad.

La protección del ambiente y sus recursos se ha vuelto un asunto de orden público e interés social, que ha obligado a las naciones del planeta a implementar dentro de sus marcos jurídicos, preceptos tendientes a la regulación de las conductas humanas en pro de la conservación de los ecosistemas y su diversidad biológica, dos de estos preceptos o instrumentos son la manifestación de impacto ambiental y las áreas naturales protegidas, ambos considerados ya en una gran cantidad de Convenciones y Tratados Internacionales sobre la materia.

En México, nuestro sistema jurídico ambiental contempla dentro de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, tanto a las áreas naturales protegidas como a la manifestación de impacto ambiental, mecanismos que sufrieron sus cambios mas importantes dentro de la reforma integral que hubo a este ordenamiento en el 2006, año en el cual nuestra Ley marco en la materia ambiental sufrió un cambio muy importante que derivo en un gran avance normativo e institucional, si bien es cierto para la época las modificaciones y reformas hechas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, obedecían a las necesidades imperantes, también es cierto que hoy en día muchas de estas se han visto rebasadas en sus ámbitos de aplicación, por lo cual y atendiendo a que nuestros ordenamientos jurídicos deben tener un comportamiento tan dinámico como las conductas sociales que regulan, es necesario llevar a cabo modificaciones en los rubros antes mencionados para adecuarlos a la realidad nacional.

En primera instancia nos avocaremos a la exposición, razonamiento y propuesta que el suscrito hace sobre la manifestación de impacto ambiental, acerca de la cual debo manifestar que se encuentra concebida como un estudio técnico, objetivo, de carácter multi e interdisciplinario, que se realiza para predecir los impactos ambientales que pueden derivarse de la ejecución de un proyecto, actividad o decisión política permitiendo la toma de decisiones sobre la viabilidad ambiental del mismo. Esta constituye el documento básico para el proceso de Evaluación del Impacto Ambiental, mismo que se encuentra definido y fundamentado jurídicamente dentro del artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Durante la realización de este proceso de evaluación la autoridad ambiental, en este caso la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por medio de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental realiza un estudio o análisis previo a la ejecución de ciertos proyectos o actividades en el cual evalúa las posibles consecuencias de un proyecto sobre la salud, la integridad de los ecosistemas y la calidad de los servicios ambientales que éstos están en condiciones de proporcionar.

Una de las principales características de la evaluación del impacto ambiental es su aplicación específica e incidencia directa en las actividades productivas, la cual permite plantear opciones de desarrollo compatibles con la preservación del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales, instrumento que resulta totalmente congruente con el principio Constitucional del "Desarrollo Sustentable" consagrado dentro del artículo 25 de nuestra carta magna.

Desafortunadamente, en México al pasar de los años la evaluación de impacto ambiental ha ido perdiendo el carácter preventivo con el cual fue concebida, ya que las autoridades encargadas de su aplicación han entendido erróneamente su objetivo, manipulando jurídicamente este instrumento y actuando en algunos casos en detrimento del ambiente. Asimismo debemos reconocer que nuestra legislación...

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