Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública., de 26 de Marzo de 2009

Gaceta Parlamentaria, año XII, número 2723-II, martes 24 de marzo de 2009 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2723-II, martes 24 de marzo de 2009.

Iniciativas Q ue reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del PAN Q ue expide la Ley Federal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales en Posesión de Órganos Públicos, suscrita por los diputados Obdulio Ávila Mayo y Luis Gustavo Parra Noriega, del Grupo Parlamentario del PAN Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal, del Grupo Parlamentario del PRD Q ue reforma el artículo 12 de la Ley de Asistencia Social, a cargo del diputado Gilberto Ojeda Camacho, del Grupo Parlamentario del PRI Q ue reforma el artículo 2o. y adiciona el 2o. Bis a la Ley de Expropiación, a cargo del diputado Manuel Salgado Amador, del Grupo Parlamentario del PVEM Q ue reforma y adiciona el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Rosaura Denegre-Vaugth Ramírez, del Grupo Parlamentario del PAN Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Miguel Ángel Macedo Escartín, del Grupo Parlamentario del PRD Q ue reforma los artículos 5o. de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Jericó Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por los diputados Leticia Díaz de León Torres y José Guadalupe Rivera Rivera, del Grupo Parlamentario del PAN Q ue reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Pablo Trejo Pérez, del Grupo Parlamentario del PRD

Iniciativas

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 79 DE LA LEY GENERAL DE SALUD, SUSCRITA POR DIPUTADOS DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

Ector Jaime Ramírez Barba, José Ignacio Alberto Rubio Chávez, José Antonio Muñoz Serrano y Francisco Antonio Fraile García, diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Antecedentes

La homeopatía es un sistema médico terapéutico basado en la experiencia, que aplica clínicamente la llamada Ley de Similitud y que utiliza las sustancias medicamentosas a dosis bajas o infinitesimales. El modelo médico clínico terapéutico establecido por Samuel Hahnemann, fundador de lo que hoy se conoce como homeopatía, fue desarrollado a través de un trabajo metódico en donde su objetivo principal fue la búsqueda de nuevos conocimientos en el campo de la medicina.

Dentro de este contexto, la homeopatía es definida como un sistema médico clínico terapéutico, lo que nos lleva a afirmar que quien practique la homeopatía debe tener amplios conocimientos médicos. Si partimos del origen de la homeopatía, encontraremos que lo que buscó Samuel Hahnemann al desarrollar este modelo clínico terapéutico, es modificar la práctica médica de su época ante las agresivas formas terapéuticas empleadas.

El libro El organón de la medicina , la principal obra de Hahnemann y libro fundamental de la homeopatía, muestra que dicho texto está destinado específicamente a los médicos y que su objetivo es desarrollar un modelo clínico terapéutico basado en el humanismo para mejorar la calidad del ejercicio médico. Desde los inicios de esta importante obra, encontramos a quiénes está destinada la misma, cuando dicen sus primeras palabras que "la elevada misión del médico, su única misión, es la de restituir al enfermo en su salud, lo que se denomina: curar". 1

La homeopatía en México se institucionalizó en el campo de la medicina y no fuera de ella, y que en muchos países la homeopatía como campo disciplinario es considerada como una especialidad médica. 2 Su empleo en el país 3 comenzó a difundirse en el siglo XIX, siendo el presidente Benito Juárez quien autorizó el ejercicio de la práctica médica homeopática en México, por lo que es fundado el primer Hospital Homeopático en la ciudad de San Miguel de Allende, Guanajuato.

En 1895 se creó la Escuela Nacional de Medicina Homeopática por decreto del presidente de la República, Gral. Porfirio Díaz, concediéndose el reconocimiento oficial. Dicho decreto mencionaba que desde ese año existiría en la capital una escuela de medicina homeopática fundada por particulares, la que estaría encargada de un hospital sostenido por los fondos de la beneficencia pública, en donde los alumnos de la misma escuela hicieran sus estudios. Además, indicaba que por convenir al servicio público, se regularizaba la existencia de este plantel y que los cursos que en él se hicieran deberían comprender todos los conocimientos científicos que por la ley se exigían para la carrera de medicina en general, además de que los médicos cirujanos homeópatas titulados, disfrutarían de los mismos derechos y tendrían las mismas obligaciones que los médicos cirujanos alópatas. Con dicho decreto se establece en el Distrito Federal la carrera de Médico Cirujano Homeópata y ese mismo año se funda el Hospital Nacional Homeopático. 4

Por otra parte, en 1912 se fundó en la Ciudad de México la Escuela Libre de Homeopatía, institución con un gran historial dentro de la formación de médicos homeópatas en nuestro país, estableciéndose con ello la enseñanza profesional homeopática libre, que incluía la enseñanza de la medicina.

Años más tarde, el 3 de febrero de 1928, el presidente Elías Calles refrendó el decreto de Porfirio Díaz, señalando que se restablecía en el Distrito Federal la carrera de médico cirujano homeópata; que los títulos de médico cirujano homeópata, serían expedidos por el secretario de Educación Pública, y que para obtener el título de médico cirujano homeópata, se necesitaba haber sido examinado y aprobado en los estudios preparatorios que la ley exigía para la carrera de médico cirujano.

En la década de los setenta acontecieron importantes sucesos para la profesión en comento, ya que en 1975 la Escuela Nacional de Medicina Homeopática cambió de nombre por el de Escuela Nacional de Medicina y Homeopatía y el título de médico homeópata cirujano y partero por el de médico cirujano y homeópata, esto último con la intención de que la denominación de la profesión fuera similar a la que otorgan la mayoría de las escuelas de medicina del país. Esto consta en la inscripción ante la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, acuerdo del 6 de julio de 1977 (expediente 09-00115; registro 71-II-306), y aceptada por la Asociación Mexicana de Facultades y Escuelas de Medicina, en noviembre de 1979. También se reestructura el plan de estudios, pasando de anual a semestral, pues su objetivo era formar médicos generales con conocimientos de las ciencias médicas al igual que en cualquier otra escuela de medicina, además de enseñarles otra terapéutica.

Al término del ciclo curricular, se realizaba un año de Internado Rotatorio de Pregrado en el Hospital Nacional Homeopático, en las áreas de ginecoobstetricia, medicina interna, cirugía y pediatría, y un año de servicio social.

A pesar de todo lo anterior, el desenvolvimiento de la profesión nunca se ha visto libre de obstáculos en nuestro país. Como consecuencia de estos problemas que cuestionaban la práctica de la medicina homeopática, en 1982 se formó un grupo multidisciplinario con representantes de la Presidencia, la Secretaría de Salubridad y Asistencia, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, el Instituto Mexicano para el Estudio de Plantas Medicinales, del Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, los Servicios Médicos del Departamento del Distrito Federal y la Escuela Nacional de Medicina y Homeopatía, entre otros, para analizar la problemática, llegándose a las siguientes conclusiones: 5 Existe una medicina común, pero varias terapéuticas utilizables y complementarias;

No debe catalogarse de falsa a la homeopatía;

Es importante fomentar el diálogo y la comunicación para difundir el conocimiento homeopático en el sector médico oficial;

Es necesario realizar una adecuada planeación, programación y realización de proyectos de investigación científica con el apoyo gubernamental e institucional necesario. En 1984 se expidió la Ley General de Salud, donde no se considera ningún aspecto relacionado con el ámbito homeopático, situación que llevó a la conformación del Consejo Consultivo Nacional Médico Homeopático, que agrupa a todas las escuelas, laboratorios, colegios y asociaciones homeopáticas del país; este Consejo Consultivo es el órgano responsable del diálogo con las autoridades educativas y de salud del país.

La formación de médicos homeópatas en México se lleva a cabo de dos formas: cursar la licenciatura o realizar la especialización posterior a la carrera. El nivel licenciatura se ha desarrollado tradicionalmente en la Escuela Nacional de Medicina y Homeopatía, ahora perteneciente al Instituto Politécnico Nacional, y en la Escuela Libre de Homeopatía, AC, desde 1912. En cuanto al nivel posgrado, hoy en día existen varias instituciones privadas en las que se desarrollan programas de especialidad en terapéutica homeopática, incluida la propia Escuela Nacional de Medicina y Homeopatía.

El...

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